December 2023
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En Paraguay, el marco normativo de OT parte de la Constitución Nacional (1992) y se desplega en forma de “Planes de Desarrollo” (Art. 177). Bajo ese epígrafe, su elaboración es competencia del gobierno nacional, departamental y municipal. Estas administraciones deberán elaborar los Planes de Desarrollo Departamentales y Municipales en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo. El Ordenamiento Territorial en Paraguay presenta, pues, un contexto que requiere de la coordinación entre ministerios y secretarias (gobierno nacional), gobernaciones y municipalidades (gobierno local). El objetivo de este trabajo es analizar el marco normativo de Ordenamiento Territorial (OT) de Paraguay y determinar los principales desafíos en su aplicación. Para ello se realizó un exhaustivo análisis del marco normativo en materia de OT, incluyendo estudio de las competencias de los gobiernos locales, departamentales y nacionales; como así también, los análisis de los instrumentos que sustentan la elaboración de los Planes de Desarrollo (PD). El análisis realizado evidencia la necesidad de establecer una Ley Marco de Ordenamiento Territorial, que la misma sea referencia en política de gestión territorial y cuya aplicación sea acompañada por un aumento de descentralización en términos de competencias económicas y fomente la participación ciudadana, como así también, establecer instancia de apoyo técnico y coordinación entre los gobiernos locales para la elaboración, implementación y evaluación de los Planes de Desarrollo.