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Agricultura,
Sociedad y
Desarrollo
Citation: Salinas-García E,
Alcaraz-Vera JV, Durán-Tovar ES,
Chávez-Rivera R. 2024. Alcances y
limitaciones de la denominación de
origen del mezcal en México.
Agricultura, Sociedad y
Desarrollo
hps://doi.org/10.22231/asyd.
v21i1.1583
ASyD 21(1): 51-63
Editor in Chief:
Dr. Benito Ramírez Valverde
Received: March 29, 2023.
Approved: June 1, 2023.
Estimated publication date:
December 14, 2023.
This work is licensed
under a Creative Commons
Aribution-Non- Commercial
4.0 International license.
ALCANCES Y LIMITACIONES DE LA DENOMINACIÓN DE
ORIGEN DEL MEZCAL EN MÉXICO
Esteban Salinas-García*, Jorge Víctor Alcaraz-Vera, Edith Sarai Durán-Tovar, Ruben Chávez-Rivera
Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. Morelia, Michoacán, México. 58030.
*Autor de correspondencia: 0732565b@umich.mx
RESUMEN
En la medida en que se mercantiliza el mezcal, las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) pro-
ductoras de este producto artesanal, vinculadas con prácticas diversas y heterogéneas que resultan más susten-
tables, son sistemática y legítimamente excluidas del manejo en las plantaciones, así como de los agaves y del
conocimiento para la elaboración del producto bajo la Denominación de Origen del Mezcal (DOM). Esto,
con miras a favorecer a la producción industrial enfocada en la acumulación de capital y que responde a la
demanda sobre todo del mercado internacional. En dicha denominación de origen, se reejan los esquemas
políticos y legales que el Estado mexicano utiliza para legitimar la exclusión y la transición de una producción
artesanal a un proceso industrializado de producción. El objetivo de este ensayo, es aportar a la discusión acer-
ca de los alcances y limitaciones del distintivo Denominación de Origen (DO), si realmente es un benecio
o perjuicio, ya que a pesar de que existen estados y regiones que pertenecen a dicha denominación, estos no
cuentan con un crecimiento, mucho menos un desarrollo local. En todo caso, los benecios los obtienen los
intermediarios e impulsores de dicha denominación, con la, cual adquieren el producto a un bajo precio y lo
comercializan en el mercado internacional a un precio mayor, y trasladan los benecios económicos a otras
regiones del país.
Palabras clave: distintivo, productor, sector primario.
INTRODUCCIÓN
La DO es un distintivo utilizado en México para el reconocimiento de un producto origi-
nario de una región especíca, cuya calidad y características se deben únicamente al medio
en el que se desarrollan. Al ser un tipo de indicación geográca con un vínculo estrecho
con el lugar de origen, las DO han generado un interés creciente, debido a que favorecen
al desarrollo y al crecimiento económico, sobre todo en las localidades marginadas que
desarrollan una actividad en especíco. Pero ¿realmente las DO benecian a todos los
productores? En este ensayo se hace una revisión de los alcances y limitaciones que tiene la
DO de la industria del sector mezcalero en México (Vega y Pérez, 2017).
Las DO se identican por los factores naturales y humanos del entorno (Foro Jurídico,
2022). Este término, también se utiliza para describir un mecanismo regulatorio de pro-
tección intelectual que vincula un producto con una tradición histórica y cultural en un
espacio geográco delimitado. En esencia, la DO es una forma de protección económica,
política, social y ambiental para los grupos sociales asociados con la producción del pro-
ducto en la región protegida y sus alrededores (Sekine, 2019). Otro de los nes de la DO,
es impulsar la economía de las regiones, los actores, las industrias, los comercializadores
y los consumidores, aunque esta dinamización puede ser desigual y, a veces, conictiva
(Domínguez, 2020).
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Según Castellanos (2023), México tiene 18 productos distintos que cuentan con DO que
son las siguientes y están ordenados en función del año en que obtuvieron dicha denomi-
nación: Tequila 1974, Mezcal 1994, Bacanora 2000, Charanda 2003, Sotol 2001, Raicilla
2019, Chile habanero de la península de Yucatán 2010, Ámbar de Chiapas 2003, Olinalá
1991, Café de Veracruz 1994, Café de Chiapas 2003, Mango Ataulfo del soconusco Chia-
pas 2003, Arroz del estado de Morelos 2011, Talavera 1997, Vainilla de Papantla 2009,
Cacao Grijalva 2016, Yahualica 2016 y Café pluma 2020.
El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) arma que los productos con
DO están certicados en cuanto a su calidad y se pueden comercializar mejor que otros
productos similares. Además, la DO fomenta la conservación de los recursos locales,
impulsa el desarrollo de tecnologías viables para la producción sostenible y genera ca-
pacitación en la elaboración de productos calicados, que a su vez, transmitirá estas
técnicas a las nuevas generaciones. No obstante, en este ensayo se enfoca únicamente en
el mezcal que posee esta distinción internacional, la cual, solo se concede a productos
cuyas cualidades y particularidades se derivan de un proceso tradicional y ancestral de
elaboración de esta bebida en México en una región geográca especíca (Secretaria de
Economía-SE, 2018).
En noviembre de 1994, se llevó a cabo la formalización de los aspectos relacionados con
la protección de la DOM, y se publicó una declaración en el Diario Ocial de la Fede-
ración (DOF) que incluía los estados de Oaxaca, Durango, Guerrero, Zacatecas y San
Luis Potosí. Posteriormente, esta protección se amplió al municipio de San Felipe en el
estado de México, y para marzo de 2003 se otorgó a 11 ayuntamientos del estado de Ta-
maulipas. En noviembre de 2012, se extendió a 29 municipios del estado de Michoacán,
así como al municipio de San Luis de la Paz en Guanajuato. En octubre de 2015, se
otorgó a Guanajuato y al estado de Puebla (Plascencia y Peralta, 2018).
En comparación con la mayoría de las categorías de licores, los licores pequeños tienen
mejor desempeño en términos de ventas. A pesar de que disminuyó 7.2% en volumen
en 2020 debido a la pandemia, los datos del International Wines and Spirits Record
(IWSR) Drinks Market Analysis mostraron un aumento de 2.2% en valor (Malczewski,
2021). Este mismo organismo predice un crecimiento anual compuesto (CAGR) de
8.8% en volumen y de 12% en valor para el período 2021-2025. Los Estados Unidos
(EE. UU), es el principal mercado de exportación de mezcal, el mejor año ha sido el
2020 con un aumento de 14.5% en volumen y de 19.1% en valor. De acuerdo con Jon
Darby, fundador de Sin Gusano, quien menciona que, si considera que el aumento en
las ventas es algo positivo, entonces la categoría de mezcal está funcionando muy bien
(IWSR, 2022).
De ahí que en este ensayo planteamos como objetivo los alcances y limitaciones de la
DO y que, si por el hecho de gestionar y pertenecer a un área con DO se tienen mejoras
y benecios para los productores y desarrollo para la región, considerando que contar
con este distintivo implica tener conocimientos técnicos, administrativos y legales en
caso de no tenerlos, la DO lejos de ser una ventaja podría ser lo contrario (Hernández,
2018).
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Generalidades del producto mezcal
Esta bebida alcohólica originaria de México, está experimentando un rápido crecimiento y
se vuelve cada vez más exclusiva a medida que avanza (Pérez et al., 2016). Se ha despertado
un mayor interés y se mejora la educación en torno a esta categoría. Sin embargo, junto
con este éxito han surgido una serie de desafíos. En primer lugar, existen consideracio-
nes prácticas que deben abordarse debido a la creciente demanda, lo que puede generar
problemas de sostenibilidad. Los principales actores mundiales de la industria de bebidas
alcohólicas se están involucrando cada vez más; entre sus ventajas se pueden destacar el
aumento en la producción, mayor eciencia en el proceso productivo, mayor control de
la calidad, acceso a nuevos mercados y generación de mayores empleos. También tiene
desventajas como la pérdida de calidad y autenticidad del producto, menor variedad de
sabores, impacto negativo de la economía en las comunidades locales, mayor impacto
ambiental y pérdida de la conexión cultural, lo que implica a su vez, la desaparición de
conocimientos ancestrales (Camacho et al., 2021). Además, hay una gran cantidad de
políticas que deben ser consideradas, junto con cambios en los procesos de certicación de
las bebidas (Álvarez y Mercado, 2022). Por último, pero no menos importante, se tiene el
impacto de una pandemia global en la industria.
La principal fortaleza del mezcal que impulsa este crecimiento, es el líquido en sí mismo,
según expertos. Tanya Clarke, directora ejecutiva de e Lost Explorer Mezcal Company,
arma que la profundidad y variedad de sabores dentro del mezcal contribuyen signica-
tivamente a su creciente popularidad. La gente, está comenzando a comprender la com-
plejidad de la categoría y a darse cuenta de que el mezcal, es mucho más que simplemente
el primo ahumado del tequila (Kiely, 2021). Estas cualidades innatas implican que, en
comparación con otras categorías, no existe el mismo impulso para crear nuevos estilos y
expresiones.
Los pequeños productores, han perfeccionado gradualmente su habilidad durante genera-
ciones, al utilizar solo ingredientes y tecnologías disponibles en la localidad. Según David
Shepherd, fundador de Corte Vetusto, ha habido un aumento en el interés por los agaves
silvestres, así como por las mezclas o combinaciones. Para él, estas son las opciones más in-
teresantes y sostenibles para el mezcal, ya que permiten honrar las prácticas de producción
tradicionales en las que se utilizaba cualquier agave maduro disponible en ese momento y
también, incorporar los sabores del agave silvestre, de manera reexiva (Inka, 2021).
El interés en los agaves silvestres está generando un enfoque creciente en la sustentabilidad.
Para Carlos Moreno, fundador de Koch El Mezcal, es crucial considerar aspectos ecoló-
gicos y ha implementado diversas prácticas en su empresa para detener la deforestación,
preservar la biodiversidad, reciclar subproductos y utilizar cultivos orgánicos. No obstan-
te, también es importante tener en cuenta la tradición y cultura del mezcal. Koch, está
comprometido con la preservación de la cultura del mezcal y continúa aprendiendo de los
maestros del mezcal y productores (Koch El Mezcal, 2023).
Es relevante destacar esto, en el contexto de la presencia creciente de empresas multinacio-
nales de bebidas espirituosas en la categoría, que representan más de 75% de la producción
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y comercialización, Vera (2023), presidente del Clúster del Mezcal Oaxaca, un grupo de
marcas que trabajan para promover y proteger la categoría; señala además que, hay muchas
implicaciones, una de las cuales, es que los jugadores más pequeños no pueden competir
con las grandes empresas en la industria. Agrega que se está produciendo una tendencia
hacia la concentración en unas pocas marcas, similar a lo que ha ocurrido en la industria
del tequila. Observa que hay posibles benecios en la inversión en la categoría, pero tam-
bién hace algunas advertencias. Cree que es importante que la comunidad que produce
mezcal también se benecie de esta inversión y crecimiento, visión que compartimos en
su totalidad.
El año 2022, fue un período complicado para la DOM debido a los cambios internos y
políticos. De acuerdo con Vera, el monopolio que tenía el Consejo Regulador del Mezcal
(CRM), la entidad encargada de certicar el mezcal, ya no existe, lo que ha provocado un
proceso que muchos han considerado caótico. No obstante, parece que las cosas se están
asentando y ahora, hay cinco organizaciones que tienen la capacidad de emitir hologramas
y certicados de exportación. Dos de ellas tienen su sede en Oaxaca, dos en Michoacán y
una en la Ciudad de México (CDM).
Durante mucho tiempo, los productores de mezcal han expresado su descontento con
la certicación del mezcal por un solo organismo, debido a sus procesos y, sobre todo, a
los precios. El monopolio no era saludable y perjudicaba a ciertas regiones, a marcas más
pequeñas y a la categoría en su conjunto. La apertura a otros organismos debería fomen-
tar una mayor competencia, reducir los costos y acelerar los procedimientos de rma y
aprobación (Álvarez y Mercado, 2021; Foro Jurídico, 2022). Aunque algunos, todavía
tienen incertidumbre acerca de las restricciones que implica la designación de origen en
general. Existe una complejidad debido al tamaño y la diversidad de México, que hace
imposible abarcar todos los tipos de aguardientes de agave que se producen en el país bajo
la estructura actual de DO, aunque el mezcal que puede ser certicado para exportación
no representa toda la variedad disponible (Neri, 2018).
El distintivo de DO del mezcal y ventajas relativas a su denominación de origen
La creación de una DO, implica la formación de un consejo regulador encargado de
supervisar la calidad de un producto, en este caso el mezcal. Este consejo se encarga de
asegurar que se cumplan ciertos aspectos como la zona geográca, los elementos que ve-
rican el origen y las propiedades del producto, así como la descripción del proceso de
elaboración, entre otros aspectos, que justican la creación de la norma que protege el pro-
ducto. Al igual que en Europa, se podrían crear varias DO para el vino, siempre y cuando
se cumplan los requisitos necesarios. Sin embargo, en México, todos los tipos de mezcal se
han agrupado en una sola NOM, aunque la nueva versión de la norma reconoce que hay
tres categorías diferentes: artesanal, ancestral y producido con maquinaria o técnicas más
sosticadas (Palma et al., 2016).
La DO diferencian y dan valor agregado a los productos, además ayudan a los consumi-
dores al dar garantías respecto de la calidad de productos a los clientes potenciales y fre-
cuentes, tanto en el mercado local, nacional e internacional, tienen ventajas comparativas
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al promover alianzas y asociaciones de empresas pequeñas y medianas y la exportación de
distintas especialidades, todo lo cual genera un efecto multiplicador en las zonas o regio-
nes de producción (Viscarra, 2021; Hernández, 2018). Rodríguez (2007) señala a la DO
como una forma de regulación, certicación y protección comercial, jurídica y simbólica,
así como el marco regulatorio que se requiere para mantener su especicidad, calidad y
prestigio legitimados, con el objetivo de incrementar su posicionamiento en el mercado.
También, la DO ha adquirido mucha importancia en el comercio internacional, debido a
su uso creciente como instrumento de promoción de exportaciones de productos originarios
de determinados países o regiones. Por ello, se puede armar que todas las DO son indica-
ciones de procedencia, pero no todas las indicaciones de procedencia son DO, tal y como
sucede en las regiones productoras de mezcal en México (Viscarra, 2021). A nivel nacional e
internacional, constituye un medio de defensa para el consumidor en el ámbito comercial y
se convierten en valor agregado. Al obtener la DO, se obtiene la exclusividad para explotar y
comercializar un producto con altos estándares de calidad. Esto ayuda al producto para ser
competitivo en el mercado internacional y en efecto, genera mayor consumo que se traduce
en un mayor ingreso para los productores (Camacho et al., 2021; Ceballos y García, 2013).
Producto de la globalización y a los procesos de integración de los países a través del
comercio internacional, la DO, agrega valor al producto y lo hace más atractivo para
los diferentes mercados; además, permite que el país obtenga una mayor productividad
y competitividad. A continuación, se presentan dos razones para proteger el producto a
través de la DO (Mitelman, 2000):
a) Amparar al público contra las prácticas engañosas: Si una denominación se utiliza para
productos que no son originarios de la zona geográca pertinente, los consumidores
serán engañados al creer que el producto en cuestión se elabora en dicha zona.
b) Tutelar a los empresarios que sufren el riesgo de que la denominación se convierta en el
nombre genérico del producto. El conjunto de fabricantes ubicados en la localidad de
origen del producto, tiene derecho a impedir que el signo sea utilizado para designar a
un producto que no provenga de la región geográca designada, y que por lo tanto no
haya sido resultado de los factores naturales y humanos propios de la región.
La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), tiene como objetivo, lide-
rar la creación de un sistema global de propiedad intelectual justo y ecaz, que fomente
la innovación y la creatividad en benecio de la sociedad en su conjunto. El Convenio de
la OMPI, que estableció la Organización en 1967, dene su mandato, órganos directivos
y procedimientos operativos (OMPI, 2020). Existen diversas regulaciones internacionales
que resguardan las denominaciones, entre ellas se encuentran el Arreglo de Lisboa (1958),
que se originó a partir del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial
(1883), el Arreglo de Madrid (1891), el Acuerdo GATT/ADPIC (1995) y también los
acuerdos comerciales particulares que cada nación posee (Ceballos y García, 2013).
En México, el IMPI es la entidad administrativa principal encargada de la propiedad in-
dustrial. Como tal, tiene la autoridad para emitir declaraciones de protección de derechos
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de autor y autorizar su uso, así como procesar y conceder registros de marca. Estas facul-
tades se derivan del Título V, Capítulos I y II de la Ley de la Propiedad Industrial (LPI),
según lo explicado por Viscarra (2021). En algunas zonas del país, el mezcal es un artículo
que tiene una DO protegida y el CRM es responsable de protegerla. El CRM asegura que
se cumplan las reglas relacionadas con la producción o destilación, embotellado, etiqueta-
do y venta del mezcal y está aprobado por el gobierno federal mexicano, como organismo
encargado de evaluar la conformidad. Dentro de los muchos servicios que ofrece el CRM
destacan los siguientes (CRM, 2023):
La certicación del agave requiere una adecuada trazabilidad, lo que implica examinar
minuciosamente la procedencia de las materias primas, los procesos aplicados al pro-
ducto, la distribución y ubicación posterior a la entrega, así como la procedencia de
todos los agaves. Es en este punto donde la unidad de vericación (persona o grupo de
personas que realizan actos de vericación de las Normas Ociales Mexicanas NOMs)
comienza sus actividades. Para que una producción de mezcal sea certicada, debe con-
tar con un certicado expedido por la unidad de certicación (es un organismo que se
asegura el correcto cumplimiento de las normas para nalmente otorgar una constancia
o dictamen), la cual es responsable de actividades que van desde certicar el granel (mez-
cal líquido) hasta los certicados de exportación. También es necesario que cada botella
tenga un holograma entregado por la unidad de certicación. La revisión de las bitácoras
es una actividad fundamental, ya que se debe vericar la trazabilidad de todo el proceso
desde el cultivo hasta la venta, y se deben revisar las bitácoras de hologramas, producto
terminado, graneles, entre otras. Los vericadores del CRM suelen realizar visitas a las
instalaciones de los socios para garantizar la trazabilidad de cada actividad realizada en
las diferentes empresas. Además, el CRM ofrece capacitaciones con frecuencia tanto a los
socios como a personas externas interesadas en aprender a certicar su mezcal (Consejo
Mexicano Regulador de la Calidad del Mezcal A.C. [COMERCAM], 2022).
Necesidades de organización en torno a las DO
Con el propósito de garantizar la permanencia del distintivo, se estableció el Consejo
Mexicano Regulador de la Calidad del Mezcal (COMERCAM) como una asociación civil
el 12 de diciembre de 1997. El objetivo principal de COMERCAM, es ser el organismo
encargado de certicar el mezcal en México, basándose en las especicaciones estableci-
das por la NOM-70-SCFI-1994, Bebidas Alcohólicas-Mezcal Especicaciones. Este do-
cumento es el fundamento rector de la asociación y establece, en términos generales, que
la bebida puede ser elaborada a partir de cualquier especie del género Agavaceae. Aunque
es importante destacar que existen lugares en los que se elaboran destilados de agave fuera
de los estados mencionados (Colunga et al., 2006).Años más tarde, el COMERCAM
consiguió su acreditación como organismo de certicación por medio de la Entidad Mexi-
cana de Acreditación, A.C. y la aprobación de la Dirección General de Reglas (DGN), y
también empieza formalmente sus actividades para la certicación del mezcal en el mes
de octubre de 2013 (García, 2020). Después, en 2017, la NOM-070-SCFI-2016 sobre
Especicaciones de Bebidas Alcohólicas-Mezcal fue publicada en el DOF (2017). Esta
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norma, que se enfoca en el mezcal, establece su denición y clasicación en distintas ca-
tegorías. La norma es una versión actualizada de la publicada en 1994, cuando el Estado
mexicano declaró la DOM y tomó su control. La propuesta de esta norma pone énfasis en
los siguientes aspectos relacionados, desde la producción del insumo hasta la etapa nal
del producto (Vera, 2023):
A la DO: limitando la producción o cosecha de agaves en algunos municipios de varios
estados del país.
A la producción del mezcal: en la que prácticamente cualquier tipo de agave, cultivado o
silvestre, puede ser utilizado en ella, sin perder de vista el lugar de procedencia.
Al respeto del proceso tradicional o artesanal con la participación del maestro mezcalero:
en dicho proceso destacan, utilizado la cocción del maguey o agave, molienda, fermenta-
ción y destilado.
El embotellado y el etiquetado: donde se da el mayor énfasis al control gubernamental.
Desde la publicación en el DOF en 1994, cuando se establecieron medidas de protec-
ción para la DOM, se han realizado diversas modicaciones al territorio que abarca esta
indicación geográca. Asimismo, se ha considerado la distinción entre mezcales 100% y
mezcales mixtos, y se ha reconocido la existencia de tres categorías de mezcal: Artesanal,
Ancestral y Mezcal industrializado. Estos cambios han ocurrido desde entonces y hasta la
actualidad.
En la Figura 1, se muestra el mapa de la República Mexicana en el que se observan los
estados que cuentan con la DOM.
Fuente: elaboración propia en base a INEGI (2023) y Castellanos (2023).
Figura 1. Estados en México con DOM.
Estados Unidos Mexicanos
División estatal
EE. UU.
Golfo de California
(Mar de Cortés)
Océano Pacíco
Simbología
Oaxaca
Guerrero
San Luis Potosí
Zacatecas
Durango
Guanajuato
Tamaulipas
Michoacán
Puebla
Aguascalientes
Edo. de México
Morelos
Sinaloa
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
Límite internacional
Límite estatal
Río limitrofe
Golfo de México
Golfo de
Tehuantepec
Guatemala
Belice
Mar Caribe
Escala
0125 250 375
kilómetros
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En cuanto a las fases de elaboración del mezcal, como la cocción, maceración, fermen-
tación y destilación, también existen diferencias regionales que inuyen en el resultado
nal. Aunque la DOM incluye actualmente, municipios de 13 estados de la República, se
pueden identicar más de 13 regiones con características únicas en la forma de producir el
mezcal (Hernández, 2018). De los 13 estados con la DO, Oaxaca es el principal produc-
tor, seguido por Michoacán, juntos representan más de 90% de la producción certicada.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que solo se contabiliza el mezcal certicado
que cumple con la normatividad de la DO, y los mezcales que no están adscritos al CRM
no aparecen en estas cifras. Esto signica que no obstante tener años en producción, hay
mezcales que podrían ser clasicados de otra manera.
Desventajas asociadas con el proceso de la Norma Ocial para las DO
En 2015, la propuesta de la NOM 199 sugería que los mezcales y tequilas sin certicación
fueran legalmente clasicados como “komiles” y se les prohibiera usar el término “agave”
debido a que, al no estar regularizados, podrían representar una amenaza para la salud al
ser productos informales y clandestinos. Esto es paradójico, ya que el hecho de que los
productores decidan no suscribirse a la DO o no participar en el CRM no signica que
su producto sea de menor calidad, ni mucho menos que su producción sea clandestina
(Núñez, 2018).
En agosto de 2017, el IMPI tomó la decisión de incluir a ciertos municipios de Aguasca-
lientes en la Declaratoria; decisión que aumentó el número de estados a 13. Esto ha lle-
vado a que las Indicaciones Geográcas se conviertan en protecciones genéricas, donde la
historia, cultura y geografía (lo biocultural) ya no son tan importantes para distinguir los
productos, lo cual va en contra de la esencia de una Indicación Geográca. Si, por ejem-
plo, se considera un tequila producido con agaves de la zona costera de Puerto Vallarta,
Jalisco y uno de una zona serrana, y se les considera iguales, la indicación geográca no es
representativa (Hernández, 2018).
Esto ha llevado a situaciones donde las DO, cticiamente distinguen los productos y la
saturación en el mercado, impide la apreciación de los verdaderos atributos y bondades.
Muchos productos que se promocionan bajo esta estrategia comercial son bastante comu-
nes, mientras que otros con características notables, pasan desapercibidos porque no se
ajustan a los estándares normativos, administrativos y burocráticos diseñados para la gran
industria y los grandes productores, lo que deja a los pequeños productores en desventa-
ja, ya que no tienen los recursos económicos ni los mecanismos necesarios para cumplir
con todos los requisitos exigidos y cuando deciden adquirir ciertas maquinarias y equipo
para mejorar su productividad, éstas lo hacen vía préstamo a instituciones nancieras que
nalmente, se llega a convertir en un gasto para los pequeños productores y no necesaria-
mente en un benecio económico a mediano y largo plazo. Cabe señalar que los pequeños
productores son la base de la industria (González et al., 2020).
El problema del anonimato presenta una dicultad en dos aspectos. Por un lado, los pro-
ductores que deciden no registrarse en el padrón de productores con DOM son conside-
rados como clandestinos o informales por aquellos que sí se registran, y en algunos casos,
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se les etiqueta como ilegales. Parece que solo se trata de cumplir con los trámites adminis-
trativos para satisfacer las necesidades del mercado, pero en realidad esta práctica, excluye
del mercado a muchos productores creativos que se esfuerzan por mantener la tradición y
realizar una producción sostenible.
Se puede decir que, la DOM se parece más en teoría a un Indicador Geográco de Pro-
ducción (IGP) que, a una DO en el sentido estricto, ya que, al analizarla a nivel local y
regional, una DO, tan amplia no representa adecuadamente las particularidades y valores
de identidad de las bebidas certicadas, ni de las que aún no han aceptado que el Estado
determine la calidad de sus productos o las convierta en productos de calidad simplemente
por tener una DO. Por lo tanto, sería mejor considerar la expansión de una Indicación
Geográca Genérica (IGG) para el mezcal a los estados de la República con antecedentes
históricos de cultivo de agave o producción de esta bebida. Una vez que se haya logrado
esto, se debería trabajar en la creación de DOM regionales, donde se puedan destacar las
particularidades que denen la diversidad mezcalera mexicana (Neri, 2018).
Neri menciona que establecer categorías de mezcales según los materiales, instrumentos o
tecnologías utilizados puede poner en desventaja el conocimiento y las prácticas ecológicas
locales, favoreciendo a los grandes consorcios industriales de bebidas alcohólicas. Mientras
que una unidad productiva rural integrada por miembros de la familia, difícilmente po-
dría adquirir tecnología avanzada para producir mezcales de alta categoría; un empresario
industrial puede fácilmente comprar los materiales y establecer su propia producción en
zonas rurales de Oaxaca, Guerrero o cualquier otro lugar.
Si bien esto podría parecer una oportunidad desde la perspectiva empresarial, si conside-
ramos el desarrollo local y las políticas públicas para fomentar el cuidado del ambiente
y fortalecer la identidad y cultura local; esta medida podría provocar un desarraigo de la
población local y alejarse cada vez más de los elementos que busca generar la DOM. En
lugar de fortalecer las prácticas culturales y la relación sociedad-naturaleza, se favorecería
una lógica netamente de mercado sin preocuparse por los creadores y el valor autóctono
de la región de producción.
IMPLICACIONES Y EXPERIENCIAS CON LAS DOM –DENOMINACIONES
DE ORIGEN– DEL MEZCAL
Por lo anteriormente expuesto, se sugiere considerar una alternativa menos excluyente a
una DOM extensa que se centra en un núcleo rector. En su lugar, se podría optar por una
DOM más genérica que no discrimine a ningún productor y que permita la participación
de todos los productores del país. Además, se propone la creación de propuestas locales
para colaborar con los productores en la preservación de su cultura biológica y para me-
jorar su competitividad en el mercado. Ésta, sería una transición hacia pequeñas DOM
regionales en manos de los productores, en lugar del Estado, aunque se mantendría una
relación necesaria con él para poder acceder al comercio internacional (Vanhaute, 2021).
En este sentido, las regiones DOM necesitan tener sus propias regulaciones y certicacio-
nes participativas basadas en la conanza y el apoyo mutuo de todo el sector, para garanti-
zar que todos se benecien y que los productores de diferentes tamaños (micro, pequeños,
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medianos y grandes) tengan las mismas oportunidades de participar. Un ejemplo de ésto,
es la ruta que los pequeños productores de Guerrero están siguiendo con certicaciones
agroecológicas participativas. Aunque esta alternativa podría convertirse en una práctica
generalizada, es importante aprovechar la oportunidad que ofrece la nueva normativa para
ampliar la denición de las bebidas artesanales y ancestrales, y evitar que sean consideradas
bebidas de segunda categoría (Arellano et al., 2022).
La razón por la cual pocos productores deciden certicar su producción, es que los precios
que reciben son similares a los del producto certicado. Sin embargo, el mecanismo de
protección puede ser explotado por grandes empresas nacionales y transnacionales, como
se vio en el caso del tequila, y también sucede con el mezcal, lo que resulta en la exclusión
de productores tradicionales de regiones con una larga historia mezcalera. Además, los
productores con una larga tradición y una rica cultura pueden ser segregados, excluidos
e incluso perseguidos legalmente, debido a la normatividad existente, lo que reproduce
desigualdades sociales de poder.
En el mercado de bebidas nacionales, las empresas envasadoras nacionales, son las prin-
cipales dominantes, con algunas conexiones con empresas y circuitos internacionales. En
la mayoría de las áreas que tienen la DOM, las envasadoras tienen el control sobre el
volumen y las características de la producción, tanto de los productores certicados por el
CRM como de los productores que no están regulados. Desde el inicio del auge del mez-
cal, las envasadoras han consolidado su inuencia sobre los sistemas productivos, debido a
su conexión directa con los mercados de mayor poder adquisitivo.
La normatividad controlada por el CRM, favorece en gran medida a los intermediarios,
dejando de lado las necesidades de las pequeñas y medianas empresas productoras de mez-
cal, según lo expresado por Camacho-Vera y otros, en 2021. Por lo tanto, la DOM, puede
ser vista como una herramienta que obstaculiza en lugar de ayudar al mercado, ya que
para poder solicitar y pertenecer a una zona de DOM, las autoridades exigen cumplir con
ciertos requisitos, trámites y directrices que los productores no entienden del todo. Ejem-
plo de ello, se puede observar en el manual básico para inscripción y certicación ante el
COMERCAM, en el que en principio, se establecen una serie de requisitos para inscri-
birse ante el COMERCAM, requisitos adicionales, para el proceso de certicación como
viverista, requisitos especícos, para ser reconocido como productor de maguey, exigencias
especícas para ser reconocido como productor de mezcal, requisitos a cubrir para poder
envasar los productos, documentos a cubrir para ser comercializador, se especica además,
los laboratorios subcontratados por el COMERCAM para realizar pruebas de laboratorios
y evaluaciones para cumplimiento de las NOM y, nalmente, requisitos necesarios que
se deben cubrir para la comercialización del mezcal, éstas se deben de realizar ante la Co-
misión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), formato 32-D
opinión de obligaciones scales Sistema de Administración Tributaria (SAT), Padron de
bebidas alcohólicas SAT y solicitud de marbetes y padrón sectorial de exportadores (CO-
MERCAM, 2022).
Esto crea desconanza y los productores preeren seguir trabajando como lo han venido
haciendo. Como ejemplo de lo anterior, se tiene el caso de los productores de mezcal de
ASyD 2024. DOI: hps://doi.org/10.22231/asyd.v21i1.1583
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Oaxaca y Michoacán, quienes argumentan que la DOM no benecia a los pequeños pro-
ductores como ellos, sino que solo favorece a las grandes empresas que tienen la facilidad
de cumplir con los requisitos y tienen mayor poder de decisión sobre el producto. Además,
los intermediarios que compran el producto y tienen la capacidad económica para etique-
tarlo aumentan el precio y se benecian en gran medida (Salinas, 2021).
Abundando en lo anterior, estos productores argumentan que la DOM, ha sido presen-
tada como una herramienta para mejorar las condiciones de los pequeños productores,
pero en realidad estos son los últimos en enterarse de la certicación. Consideran esto
injusto e ilógico, y es una de las razones por las cuales no quieren participar en el proceso
de integración. Sienten que han sido marginados desde el principio y que la DOM no les
ha brindado ningún benecio. Por lo tanto, no hay un interés en unirse a una región con
DOM, ya que no hay un desarrollo en sus comunidades ni benecios directos para los
productores. En consecuencia, los productores creen que la DOM es un instrumento que
solo benecia a los grandes productores (Salinas, 2021).
CONCLUSIONES
La estrategia comercial de la DOM tiene como objetivo aumentar los ingresos de los pro-
ductores de mezcal al vender sus productos en mercados nacionales e internacionales. Sin
embargo, coincidiendo con Palma et al., (2016) y Salinas (2021), muchos productores de
mezcal de pequeñas comunidades de entidades productoras importantes a nivel nacional,
como Oaxaca y Michoacán, no tienen su propia fábrica, sino la piden en préstamo, lo
cual limita su capacidad para realizar trámites administrativos u operativos. Otros produc-
tores en estas mismas entidades o en otras que intentan el comercio nacional, enfrentan
una gran cantidad de requisitos por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
(SHCP), lo que implica, una gran cantidad de trámites para obtener una etiqueta o cum-
plir con los requisitos para poner su producto en el mercado (íbid).
Aunque la DOM en teoría estandariza el proceso, los productores tienen que incurrir en
gastos signicativos para cumplir con las regulaciones, lo cual es difícil para aquellos que
carecen de conocimientos y recursos económicos. Los efectos de esta estrategia y la com-
petencia por parte del Estado, han afectado la industria del mezcal, ya que la producción
a largo plazo se ha centralizado en particular en Oaxaca, donde son controladas por un
pequeño grupo de grandes productores que trabajan en conjunto.
Hasta el momento, la implementación de la DOM como estrategia comercial, no ha bene-
ciado a la mayoría de los productores de mezcal en el país, especialmente los microempresa-
rios (Salinas, 2021; Hernández 2018). Por el contrario, estamos de acuerdo con Camacho-
Vera et al., (2021) en que ha generado más problemas al momento de vender su produc-
to, ya que adherirse a la NOM-070-SCFI-1994, implica seguir procesos productivos más
complicados y costosos, además de lidiar con los altos costos de la gestión administrativa, la
compleja tramitología y la falta de conocimiento en temas contables y administrativos.
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