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TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 1
pol
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 2
TRATA DE PERSONAS
EN EL ESTADO DE MÉXICO.
DIAGNÓSTICO DESDE UN ENFOQUE VICTIMOLÓGICO.
Autor:
Jesús Florentino García Vázquez.
Edición del texto:
Ryzbel Estefania Barona Rivero
Nota del autor.
El presente documento constituye el resultado de una investigación personal y de ninguna
manera representa una postura institucional; así mismo, las opiniones y resultados expresados
en esta publicación son del autor y no necesariamente pueden empatar con las percepciones
generales y personales sobre el delito de trata de personas de los lectores.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 3
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO.
DIAGNÓSTICO DESDE UN ENFOQUE VICTIMOLÓGICO.
RESUMEN: La Trata de Personas es considerada como la esclavitud de la actualidad, conducta
que se ha desarrollado a través de los siglos, llevando a la sociedad a tomar cartas en el asunto,
para poder combatir y erradicar este delito a nivel internacional, nacional y local; llevado a
diversos países a consolidar fiscalías y cuerpos técnicos especializados en la investigación de
este delito; tal es el caso del Estado de México, que ha investigado y perseguido de este delito a
través de su Fiscalía Especializa, con apoyo de áreas técnicas, operativas y científicas,
permitiéndole identificar la existencia de la victimización de Trata de Personas. Dentro de la
investigación ha sido necesario el análisis y estudio de las víctimas directas, no solo aportando
información del hecho y su victimización, sino también de su o sus agresores, los sitios, horarios,
entre otros datos relacionados con el delito; pero también información de su entorno social,
familiar, económico, educativo, biológico, entre otros, permitiendo determinar los factores que
influenciaron para la victimización en la Trata de Persona.
Palabras claves: Trata de personas, Victimología, Perfil Victimológico, Estado de México.
HUMAN TRAFFICKING IN THE STATE OF MEXICO.
DIAGNOSIS FROM A VICTIMOLOGICAL APPROACH.
Abstract: Human trafficking is considered as the slavery of today, a behavior that has developed
over the centuries, leading society to take action on the matter, in order to combat and eradicate
this crime at the international, national and local levels, led to various countries to consolidate
prosecutors' offices and technical bodies specialized in the investigation of this crime; such is the
case of the Estado de Mexico, which has investigated and prosecuted this crime through its
specialized prosecutor's office, with the support of technical, operational and scientific areas,
allowing it to identify the existence of the victimization of human trafficking. Within its investigation
it has been necessary to analyze and study the direct victims, since they not only provide
information on the fact and its victimization, but also on their aggressors, the sites, schedules,
among other data related to the crime; but also information about their social, family, economic,
educational, biological environment, among others, allowing to determine the factors that
influenced the victimization of Human Trafficking.
Keywords: Human trafficking, Victimology, Victimological Profile, Estado de Mexico.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 4
CONTENIDO
1.INTRODUCCIÓN .................................................................................................................................... 6
Objetivo General................................................................................................................................... 6
Objetivo Especifico ............................................................................................................................. 7
Metodología de la Investigación ...................................................................................................... 7
Muestra ................................................................................................................................................... 8
Limitantes............................................................................................................................................... 8
2. MARCO CONCEPTUAL ...................................................................................................................... 9
Víctima .................................................................................................................................................... 9
Victimización ....................................................................................................................................... 10
Victimología ......................................................................................................................................... 11
Perfil Victimológico ........................................................................................................................... 12
Objetivo del Perfil Victimológico ............................................................................................... 12
Tipologías Victimológicas ............................................................................................................... 13
Trata de Personas .............................................................................................................................. 15
Definición de Trata de Personas. ............................................................................................... 16
Diferencia de trata y tráfico de personas ................................................................................ 17
Modalidades de Trata de Personas. .............................................................................................. 19
Explotación sexual. ....................................................................................................................... 19
Trabajos Forzados. ........................................................................................................................ 21
Explotación laboral. ....................................................................................................................... 21
Mendicidad forzada. ...................................................................................................................... 22
Esclavitud......................................................................................................................................... 22
Servidumbre .................................................................................................................................... 23
Matrimonio servil. .......................................................................................................................... 23
Adopción Ilegal. .............................................................................................................................. 23
Venta y tráfico de órganos. ......................................................................................................... 24
Uso de menores para fines delictivos. ..................................................................................... 24
Experimentación biomédica en seres humanos. .................................................................. 25
Indicadores de Trata de Personas................................................................................................. 25
Indicadores generales .................................................................................................................. 25
Indicadores en niños ..................................................................................................................... 27
Indicadores de explotación en el servicio doméstico .......................................................... 28
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 5
Indicadores de la explotación sexual ....................................................................................... 28
Indicadores de mendicidad y/o delitos menores ................................................................... 30
Indicadores de la explotación laboral. ..................................................................................... 31
Vulnerabilidad y situaciones de vulnerabilidad ......................................................................... 32
Vulnerabilidad ................................................................................................................................. 32
Ante-escenarios de la Trata de Personas................................................................................ 34
Abuso sexual infantil. ................................................................................................................... 34
Violencia contra la mujer y violencia de género. ................................................................... 35
Indicadores de violencia y/o violencia de género. ................................................................ 37
Marco Jurídico en Materia de Trata de Personas ...................................................................... 42
Legislación Internacional ............................................................................................................. 42
Legislación Nacional ..................................................................................................................... 43
RESULTADOS ......................................................................................................................................... 44
3. PERFIL VICTIMOLÓGICO. ............................................................................................................ 44
Características Victimológicas Generales. ................................................................................. 44
Nivel de educación y ocupación. ............................................................................................... 46
Nivel socioeconómico. ................................................................................................................. 47
Características físicas. ................................................................................................................. 48
Antecedentes biopsicosociales. ................................................................................................ 49
4. CRIMINODINÁMICA EN LA TRATA DE PERSONAS. ................................................................ 51
Reclutadores y/o explotadores ...................................................................................................... 51
Puntos de explotación. ..................................................................................................................... 52
Explotación. ......................................................................................................................................... 57
Sitios de explotación. ....................................................................................................................... 60
Métodos de sometimiento y control. ............................................................................................ 61
Perfil de los tratantes. ....................................................................................................................... 63
Perfil de los clientes. ......................................................................................................................... 64
Identificación y asistencia a víctimas de trata de personas. ................................................. 66
Reintegración de víctimas de trata. .............................................................................................. 67
CONCLUSIONES .................................................................................................................................... 68
REFERENCIAS ........................................................................................................................................ 71
ANEXO ...................................................................................................................................................... 76
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 6
1. INTRODUCCIÓN
El desarrollo del presente estudio ha implicado la compilación de información de carácter
cuantitativo como cualitativo, relacionada con los perfiles victimológicos emitidos en la
investigación del Delito de Trata en el Estado de México, de acuerdo a lo establecido dentro de
la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas
y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos (2012).
De acuerdo con el análisis, atención y observación en los últimos años, de colaboración
con la Fiscalía Especializada de Trata de Personas, perteneciente a la Fiscalía General de
Justicia del Estado de México; se ha apreciado la inexistencia de estudios de carácter empírico-
victimológico en relación al delito explotación en el Estado; sin embargo esto no significa que la
bibliografía y documentación existente sobre la fenomenología en cuestión, no demuestren un
análisis práctico respecto a dichos aspectos, a la fecha se cuenta con información de índole
cuantitativa, relacionada a un panorama general. Dichos antecedentes nos permiten delimitar la
presente investigación de carácter exploratorio, cuyo objetivo consiste en examinar el fenómeno
desde el enfoque victimológico, permitiendo conocer aspectos que aún no han sido apreciados
o reconocidos. Esta investigación se presenta como la introducción a la problemática de Trata
de Personas desde un enfoque victimológico-social para futuras investigaciones, a nivel nacional,
estatal e incluso regional.
Objetivo General
Los alcances de esta investigación se dirigen a generar nueva información que sirva como
punto de referencia para la atención a víctimas e incluso para el desarrollo de Políticas Públicas
Criminológicas que permitan la prevención y persecución del delito.
Para el logro de dicho objetivo fue necesario identificar los perfiles de las víctimas, que
han sido atendidas en colaboración de la Fiscalía Especializada de Trata de Personas del Estado
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 7
de México; con el fin de conocer las condiciones y características que pueden contribuir en la
victimización, para el mejoramiento y/o desarrollo de nuevas políticas y programas.
Este estudio pretende realizar un énfasis en la victimología general, permitiendo ir más
allá de la procuración y administración de justicia, cómo es, conocer las necesidades a atender
y las vulnerabilidades que generan el delito.
Objetivo Especifico
El objetivo se encamina a llegar a nuestro objetivo general, el cual consiste en aportar
datos estadísticos sobre las víctimas de trata de personas, desde aspectos generales y
específicos, un posible perfil general que pueda permitir la identificación de las tendencias y
pautas sobre la victimización.
Metodología de la Investigación
El presente estudio, es un trabajo de investigación desarrollado en un periodo de 03
meses, comprendido del mes de enero a marzo del 2022, tiempo en el que se llevó a cabo la
recolección, análisis e interpretación de la información relacionada con el objeto de estudio. La
información obtenida de los perfiles victimológicos desarrollados para la Fiscalía Especializada
de Trata de Personas del Estado de México del año 2015 al 2022, fue resumida dentro de una
base de datos, permitiendo una mejor percepción y apreciación de la misma.
Es necesario señalar que fue preciso la revisión y análisis de instrumentos de tipo jurídico
nacionales e internacionales relacionados con la trata de personas al momento de las respectivas
valoraciones.
El primer paso de la investigación, se realizó en la recolección de la información general
y específica, vertida dentro de los perfiles a través de las investigaciones documentales (revisión
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 8
de expedientes), entrevistas e investigación de campo y la información obtenida de primera mano
(víctimas).
Posterior a la recolección de información, se llevó a cabo el análisis minucioso y detallado
de los diversos perfiles victimológicos, así como de los hechos y sus subsecuentes registradas
dentro de las indagatorias; viéndose implicado un razonamiento y métodos aplicables, utilizado
con fundamentos técnicos y científicos conformes a la metodología Inductiva, Deductiva,
Cualitativa y Cuantitativa.
Muestra
Para el presente estudio, se consideró la población del Estado de México; con una base
muestra aleatoria de 100 perfiles victimológicos aleatorios, del año 2015 al 2022, dentro del
ámbito demográfico de la entidad. Así mismo el periodo del estudio refleja las fechas de
victimización, más no el tiempo en que fueron víctimas.
Limitantes
La elaboración de esta investigación presento algunas limitaciones, respecto al tiempo de
desarrollo, de 03 meses, esto de enero a marzo de 2022, dando pie a otras limitantes, como fue
ajustarse a la información vertida dentro de los perfiles emitidos. Algunos de los perfiles
presentaron segmentaciones en cuanto algún dato, como fueron las características físicas (sin
datos), debido al estilo y capacitación profesional al momento de su emisión. Aunado a lo anterior,
la falta de disposición de algunas víctimas para las valoraciones correspondientes, dificultaron la
obtención de ciertos datos, sin embargo, algunos de ellos pudieron ser rescatados de manera
documental dentro de los expedientes.
Cabe mencionar que al momento del desarrollo de la presente investigación solo se contó
con la información de los perfiles victimológicos desarrollados en la investigación del delito de
Trata de Personas en el Estado de México del año 2015 al 2022, sin contar con información de
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otras dependencias o entidades en materia de Victimología y Trata de Personas. No obstante, la
estadística presentada dentro de este estudio, no pretende representar la totalidad del fenómeno
de Trata de Personas en el Estado, sino de dimensionar la problemática que se desarrolla dentro
de la entidad mexiquense.
Confidencialidad
La información obtenida dentro de la investigación se encuentra reservada y protegida de
acuerdo a lo establecido dentro del Artículo 20, fracción C, de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en
Materia de Trata De Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos
la Ley General de Víctimas y Articulo 109, fracción XXVI del Código Nacional de Procedimientos
Penales; por lo que no se muestran datos personales de las víctimas de Trata de Personas
identificadas y atendidas en la Estado de México.
2. MARCO CONCEPTUAL
El presente marco conceptual, aborda temas sobre Victimología y Trata de Personas,
haciendo referencia a definiciones y conceptos legales; entre las que se encuentra lo que es una
víctima, la Victimología, un perfil victimológico, el objetivo del perfil, sus aplicaciones, trata de
personas, indicadores, modalidades y situación de vulnerabilidad, entre otros.
Víctima
La palabra víctima deriva del latín “victima”, persona o animal sacrificado o destinado al
sacrificio; a pesar de que la etimología es ambigua, se aprecia que se centra al daño hacia
alguien. Este aspecto ha generado controversias y prejuicios sobre el significado de la víctima,
lo que ha llevado a una conceptualización más heterogénea.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 10
La Oficina de las Nación Unida de Derechos Humanos define a la víctima como: Persona
que individual o colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales,
sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de los derechos
fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislación penal
vigente en los estados miembros, incluida la que proscribe el abuso de poder.
La Ley General de Víctimas de México (2013) denomina a la víctima como: Aquella
persona física que hayan sufrido algún daño o menoscabo económico, físico, mental, emocional,
o en general cualquiera puesta en peligro o lesión a sus bienes jurídicos o derechos como
consecuencia de la comisión de un delito o violaciones de sus derechos humanos. (Pág. 2).
La víctima será considerada toda aquella persona afectada o lesionada por parte de otro
individuo, de acuerdo a Rodríguez (2017); es aquella persona física que sufre un daño o
producido por una conducta antisocial (y por lo tanto injusta) propia o ajena (esté tipificada o no),
aunque no sea el detentador del derecho vulnerado.
Con las diversas definiciones y conceptualizaciones sobre víctima, podemos comprender
que se trata de aquella persona que ha sufrido algún daño, ya sea del tipo psicológico, físico,
moral, social, económico, entre otros, que arremetan contra su persona e integridad.
Victimización
Se considera la acción y efecto de victimizar o victimar, o el simple hecho de ser
victimizado o victimado en cualquier sentido; para los efectos del estudio de víctimas, se
considerará como el fenómeno por el cual una persona o grupo se vuelve víctima. (Rodríguez,
2017)
La Dra. Lima (2019) señala que la victimización contara con mecanismos por los cuales
una persona se convierte en el sujeto pasivo (víctima) de un hecho punible (delito) o el resultado
de la conducta antisocial, llevando a considerar una experiencia individualizada, subjetiva y
culturalmente relativa, la cual no siempre empatara con las definiciones legales de victimización.
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Victimología
La Criminología es la ciencia encargada del estudio de la conducta criminal, la
criminalidad, el crimen y la víctima, sin embargo, esta ciencia por muchos años centro su atención
únicamente en el ser antisocial, las razones o factores que lo llevaban a la comisión del delito,
dejando en un segundo plano a la víctima, sin tomar en cuenta las condiciones o su influencia
para la comisión del delito.
Benjamín Mendelsohn y Von Henting, centran por primera vez sus estudios en la “Pareja
Criminal”, demostrando una interacción recíproca entre el autor de un crimen y la víctima,
permitiendo tener una nueva percepción de la victimización, como sujeto activo y no un objeto,
capaz de influir en la comisión del crimen. (Terán, 1996)
Mendelsohn continuo los estudios en relación a la víctima, atrayendo la atención hacia
ella, cuestionando el desinterés hacia la misma, pues sin ella no se puede hacer justicia; lo que
lo llevo a ser considerado el padre de esta ciencia, realizando las primeras aportaciones de la
victimología con su primera obra, “The origen of Victimology” en el año de 1937, comenzando
con la creación de conceptos y definiciones victimológicas, (Rodríguez, 2017), principalmente
como ciencia, lo que la lleva a contar con diversas definiciones:
Ellenberger considera a la Victimológica como la rama de la Criminología, que se ocupa
de la víctima directa del crimen y comprende el conjunto de conocimientos biológicos,
sociológicos y criminológicos concernientes a la víctima; por otra parte, Abrahmsen, señala que
la Victimología comprenderá el estudio científico de la personalidad y atención especial a los
factores pertinentes al desarrollo emocional y social de la persona (o del grupo) que resulta
víctima de un crimen. (Rodríguez, 2017)
Como se puede apreciar la Victimología, es una ciencia prácticamente nueva, que no ha
alcanzado el siglo de edad, por lo que aún existen aspectos y cuestionamientos sobre su utilidad;
por ello es necesario conocer su elemento de estudio principal la víctima y aquellos factores que
la pueden a llevar a su victimización, como en el caso del delito de Trata de Personas.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 12
Perfil Victimológico
Ronald M. Holmes, y Stephen T. Holmes (1998) establecen como Perfil Victimológico el
estudio encargado de tener un mejor conocimiento de la situación de la víctima antes de la
comisión del delito o conductas antisociales en su contra, a fin de comprender los factores que
la orillaron o predispusieron a ser victimizada, haciéndose necesario el estudio de determinados
elementos.
El perfil victimológico al formar parte de una ciencia considerada como nueva, que ha
definido, establecido sus usos y alcances; resulta necesario señalar, que, dentro de la impartición
de justicia, dichos estudios se vinieron desarrollado por especialistas de la salud mental, los
cuales perfilan a las víctimas desde el aspecto psicológico. Hoy en día, los criminólogos y
victimólogos han tomado injerencia en la atención de las víctimas, al formar parte del objeto de
estudio de Criminología y la Victimología, estableciendo el objetivo de este, a partir de la
interpretación conductual y personal, anterior y durante los hechos.
Objetivo del Perfil Victimológico
Como parte de cualquier estudio del carácter clínico, es necesario conocer determinados
aspectos a fin de identificar los factores que influenciaron en la victimización, entre los que se
encontraran los factores predisponentes y de riesgo (Rodríguez, 2017), para conocer los
aspectos sociales, biológicos, personales, entre otros, e identificar que genero la victimización.
Dado a los alcances y resultados obtenidos a través de los Perfiles Victimológicos, en
colaboración de la investigación del delito de explotación, hoy gracias a la Fiscalía Especializada
de Trata de Personas del Estado de México, se ha demostrado la necesidad intrínseca de
Criminólogos y Victimólogos dentro de la investigación de este y otros delitos, dado que han
permitido demostrar circunstancias explicativas de la victimización ante los tribunales de
enjuiciamiento (Garrido, 2015), generando una percepción diferente sobre la victimización.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 13
Tipologías Victimológicas
A partir de las primeras aportaciones en materia de Victimología por parte de Mendelsohn,
y con base en el análisis de diversos casos y circunstancias, establece la primera tipología de
víctimas, a través de los tres grandes grupos:
Primer grupo: se encuentran las víctimas inocentes, siendo aquellas que no han
provocado o participado en el delito de manera directa.
Segundo grupo; serán todas aquellas victimas que han colaborado, existiendo un
grado de culpabilidad menor.
Tercer grupo: son aquellas victimas que comenten acciones nocivas por sí mismas,
lo que las lleva a la victimización.
Gerardo Landrove (como se citó en Alegría, 2011), realiza una clasificación de al menos
cuatro tipos de víctimas, algunas de ellas con sub-clasificaciones, entre las que se encuentran:
Víctima no participante o fungible: este tipo de víctimas también serán denominas
como víctimas ideales o enteramente inocentes, mismas que no aportan elementos
que lleven al desencadenamiento de la conducta criminal, sin importar la relación que
puede existir entre ellos.
Víctima participante o infungible: son aquellas personas que tiene un cierto papel
dentro de la génesis del delito, a través de actos involuntarios o no, lo que pueden
facilitar o generar su victimización; lo que puede llevar a una segunda
subclasificación, la primera de ellas las víctimas alternativas, siendo las que por azar
condicionan la situación de victimización, y las víctimas voluntarias, cuyos casos, su
victimización es resultado de su propia voluntad de víctima.
Víctima Familiar: este término hace referencia a las víctimas vulnerables
domésticamente o por convivencia, en la que su agresor pertenece a su mismo grupo
familiar, entre las que se encuentran mujeres, niños y personas de la tercera edad.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 14
Víctima Colectiva: en comparación de la víctima individual, esta se producirá de una
forma amplia, victimizando a más personas por un mismo hecho.
Él Dr. Elías Neumann (como se citó en Sotelo, 2019), a través de la recolección de
experiencias de aquellas personas que fueron victimizadas, realiza una clasificación moderna y
dinámica, en las que divide a las víctimas de la siguiente manera:
Individuales: dentro de esta clasificación se encuentran al menos dos tipos; las
primeras de ellas son aquellas que no presentan actitud victimal, por lo que se
consideran víctimas inocentes o resistentes. Las segundas serán aquellas que
presenta una actitud culposa, las que serán llamadas víctimas provocadoras (legítima
defensa), energéticas, cooperadoras, coadyuvantes, solicitantes o rogantes
(eutanasia).
Familiares: dentro de esta tipología se encuentran los integrantes del núcleo familiar,
entre los que destacan menores de edad y mujeres, los primero de ellos pueden sufrir
golpes y/o ser explotados económicamente a través del trabajo o incitados a robar, y
las segundas sufren de maltratos (violencia de género) y delitos del ámbito conyugal
(incesto, abuso sexual e incluso la trata de personas).
Colectivas: esta clasificación se dividirá en al menos tres tipologías.
Comunidad como nación; se presenta al estado de manera colectiva la cual puede
sufrir traiciones, rebeliones, levantamientos, entre otros, con el objetivo de
desestabilizar o derrocar a un gobierno legítimo.
Comunidad social: serán aquellas victimas derivadas de actos que afecte
directamente a la sociedad, como el terrorismo subversivo, el genocidio, tráfico y
venta de drogas y armas, censura, entre otros.
Determinados grupos comunitarios por medio del sistema penal, los cuales, por las
leyes establecidas, se puedan generar otros comportamientos, por la falta de una
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 15
debida de asistencia social, detenciones preventivas de manera excesiva,
inoperancia de la readaptación social, así como la reparación del daño en víctimas.
Víctimas de la sociedad o del sistema social: en esta clasificación se encontrarán
aquellas personas que han sido abandonadas moral o materialmente, por su
condición, física, psicológica, social e incluso sexual, entre los que se encuentran
niños, enfermos, minusválidos, enfermos mentales, personas de la tercera edad,
grupos vulnerables, religiosos o de la comunidad LGBTTTIQ y/o Género Diverso
(GD); y en algunos casos personas que sufrieron riesgos laborales.
Trata de Personas
El problema de la trata de personas, es uno de los problemas sociales más antiguos de
la humanidad, considerando su origen a partir de la Esclavitud, sin embargo, de acuerdo con el
historiador Jonh Keegan (Welton, 2008), se desconoce cuándo y cómo comenzó el comercio y
esclavitud de personas. La esclavitud se vio presente en la historia de la humanidad en diversas
civilizaciones, estableciendo costumbres y leyes que permitieron regularizar y así como legitimar,
consintiendo que un esclavo se constituía de manera legal como propiedad de una persona. La
legalidad de la esclavitud, generaba poder sobre las víctimas, permitiendo su castigo,
explotación, venta, privarlos de la vida e incluso lo menos viable, su liberación.
Dentro de la esclavitud, se aprecia un delito que tenía como fin la explotación de las
personas en diversas actividades, como son las actividades domésticas, mano de obra,
entretenimiento e incluso sexuales. A partir de las guerras mundiales se comienza con la
captación de personas del sexo mujer, principalmente de origen europeo y de tez blanca, con el
objetivo de ser vendidas como esclavas para el concubinato y servicios sexuales (Proyecto
Esperanza Adoratrices, 2022), con dicho problema, se comienza con el uso del término de Trata
de Blancas.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 16
Como se puede apreciar, estas dos conductas trascendieron a través de la humanidad,
trasgrediendo los derechos humanos desde las diversas esferas que lo conforman, social,
económico, laboral, psicológico y sexual, todas ellas a partir de la explotación, llevando a la
unificación de dichos problemas en un solo termino, Trata de Personas.
Definición de Trata de Personas.
Con base en el primer Protocolo Internacional para la Atención al Delito de Trata de
Personas, (Protocolo de Palermo, 2003, p.1), define la trata de personas como:
La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo
a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al
engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o
recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que
tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación.
De acuerdo con la Oficina de las Naciones Unidad contra el Delito y la Droga (UNODC),
define la Trata de Personas, como la acción de captar, transportar, trasladar, acoger o recibir
personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto,
fraude, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de
pagos y/o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre
otra, con fines de explotación.
La Organización No Gubernamental, Save the Children Suecia (2005, pág. 1), la
define como:
Es la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas,
recurriendo a la amenaza, o al uso de la fuerza, al rapto, a la superchería, al engaño, a la
incitación, a la coacción o al abuso de poder, recurriendo a la concesión o recepción de
pagos o beneficios para lograr el consentimiento de una persona que tenga autoridad
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 17
sobre otra, con fines de explotación, independientemente del consentimiento de la
persona.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos de México (2012), la define como el acto
que promueve, solicita, ofrece, facilita, consigue, traslada, entrega o recibe, para sí o un tercero,
a una o más personas a través del engaño, la violencia física, moral y abuso de poder, para ser
sometida a la explotación del tipo sexual, trabajos forzados, esclavitud, servidumbre, retiro de
órganos o sus componentes, entre otros.
Este comportamiento ha afectado tanto a la humanidad, que ha llevado a la legislación
que permita la persecución y castigo de este crimen, en México se ha desarrollado la Ley General
para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la
Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos (2012), la cual define el delito de trata
como toda aquella acción u omisión dolosa de una o varias personas para captar, enganchar,
transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de
explotación.
Dentro de los diversos conceptos de Trata de Personas, se aprecia el uso de la fuerza,
ya sea física y/o psicológica, obligando a otros, a cometer o desarrollar actos en contra de su
voluntad, obteniendo un beneficio por parte del agresor; hoy, se puede comprender este
problema, como el acto de coacción con fines de explotación de una persona, sin importar la
dinámica o génesis del crimen.
Diferencia de trata y tráfico de personas
De acuerdo al Protocolo Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire
(Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, 2004), se entiende por Tráfico de
Personas al que facilite la entrada de manera ilegal a una o más personas a un Estado al cual
no pertenecen o residen, con el objetivo de obtener de manera directa o indirecta un benéfico del
tipo económico y/o material.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 18
En el Manual sobre la Investigación del Delito de Trata de Personas (Oficina de Naciones
Unidas contra la Droga y el Delito, 2009), se establece las diferencias entre el Tráfico y la Trata
de Personas.
Cuadro 01.- Diferencia de tráfico y trata de personas.
TRÁFICO DE PERSONAS
TRATA DE PERSONAS
El migrante establece el contacto
directo y voluntario con el traficante
(pollero o coyote), es decir no hay vicio
en el consentimiento.
Implica el cruce de fronteras.
Dinero como factor intrínseco para el
traslado
Relación entre migrante y traficante,
terminado al momento de llegar al
destino.
Riesgo de salud y vida en el proceso
de traslado.
Implica mayoritariamente personas del
sexo hombre.
Delito cometido en contra del Estado.
Contacto bajo engaño, abuso y/o
coacción, es decir el consentimiento
está viciado.
Puede desarrollarse dentro o fuera del
país, sin la necesidad del cruce de
fronteras.
Dinero usado como forma de
sometimiento al ser utilizada como
deuda, forzado la explotación.
Relación victimal (victimario y victima)
son prolongadas, las cuales continúan
una vez llegada al lugar de destino.
Si minimizan los riesgos de salud y
vida, el cual se puede ver la afectación
a largo plazo.
Implica principalmente mujeres, niñas,
niños y/o adolescentes.
Atenta contra la integridad de las
personas.
Fuente: Manual sobre la investigación del delito de trata de personas: Guía de Autoaprendizaje,
2009, UNODC.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 19
Modalidades de Trata de Personas.
La explotación es considerara como toda aquella actividad o comportamiento en el que
una persona se aprovecha injustamente de otra persona para su beneficio propio, considerando
criminológicamente dichos actos como conductas antisociales, las cuales se han establecido
como delito, al trasgredir los derechos humanos y garantías individuales, llevado a clasificar estos
comportamientos como las modalidades de la Trata de Personas, no solo jurídicamente, sino
también desde los enfoques sociales, criminológicos y victimológicos.
Explotación sexual.
De acuerdo al manual internacional sobre la Investigación del Delito de Trata de Personas
(ONUDC, 2010), se encuentra:
Prostitución ajena: la cual consiste en la comercialización, organizada o no, de una
persona como mercancía sexual a cambio de una remuneración en efectivo o en
especie; generalmente y aunque no siempre, con la intervención de un intermediario
(victimarios).
Material de contenido sexual infantil y/o adolescente
1
: esta modalidad se representa
de manera visual o auditiva, real o compuesta, en la que una persona menor de edad
(niña, niño o adolescente), es utilizada para satisfacción o placer sexual del usuario,
con fines retributivos o lucrativos, para el proveedor o intermediario, en los que se
incluye la producción (abuso sexual infantil), distribución y/o uso del material. Por otra
parte, el protocolo de la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones
Unidas, conceptualiza esta acción, como el uso de niños para actividades sexuales,
reales, explicitas o simuladas, con fines fundamentalmente sexuales.
1
Pornografía infantil.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 20
Turismo sexual: esta modalidad se relaciona con la prostitución ajena, ya que
representa la explotación sexual, sin embargo, se enfoca a la comercialización de
víctimas específicas y/o consumidores determinados (extranjeros).
Por otra parte, de acuerdo con la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los
Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos
Delitos (México, 2012), comprende la modalidad de explotación a través de la pornografía,
prostitución, exhibicionismo de orden sexual, turismo sexual o cualquier actividad del tipo sexual
remunerada a través del engaño, coacción, vulnerabilidad, entre otros.
Prostitución: será el sometimiento de una persona, para el desarrollo de servicios
sexuales, a través del engaño, la violencia, abuso de poder, aprovechamiento de
condiciones, amenazas, situación legal o migratoria.
Pornografía: consiste en la comercialización y distribución de libros, revistas, escritos,
grabaciones, filmes, fotografías, anuncios impresos, imágenes u objetos, de carácter
lascivo o sexual, real o simulado; realizado a través del sometimiento de una persona.
Material de contenido sexual infantil y/o adolescente: consiste en el desarrollo de
actos sexuales, exhibicionismo corporal, con fines sexuales reales o simulados, a
través de videos, audios, fotografías, filmes, descritos u otro medio, para su
producción, distribución, comercialización, arrendamiento, publicidad, difusión o
intercambio; de una persona menor de dieciocho años de edad, que no tenga la
capacidad de comprender el hecho o resistirse a estos.
En el caso de delitos cometidos en contra de menores de edad, en una modalidad de
pornografía, en el Código Penal Federal Mexicano, en el título de Delitos contra el Libre
Desarrollo de la Personalidad, en su Capítulo II, Pornografía de Personas Menores de Dieciocho
Años de Edad o de Personas que no Tienen Capacidad para Comprender el Significado del
Hecho o de Personas que no Tienen Capacidad para Resistirlo, artículo 202, establece:
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 21
Comete el delito de pornografía en personas menores de dieciocho años de edad o que
no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, no pueda resistirlo, o a
quien obligue, facilite, induzca o procure por cualquier medio, realizar actos sexuales o
de exhibicionismo corporal con fines, lascivos, simulados o reales, con objeto de
fotografiarlos, video grabarlos, filmarlos o describirnos, a través de medios impresos,
trasmisión pública o privada a través de medios de telecomunicación y/o medios
tecnológicos; así mismo al que reproduzca, almacene, distribuya, venda, compre,
arriende, exponga, publicite, transmita, importe o exporte el material anteriormente
referido. (p. 63)
Trabajos Forzados.
Se comprende como trabajos forzados, el sometimiento de una persona para el desarrollo
de actividades o trabajos en contra de su voluntad, a través del uso de la fuerza, amenaza y/o
coerción, relacionados con aspectos personales de las víctimas, como las condiciones de
vulnerabilidad, situación legal, procesal o migratoria. (Ley General para Prevenir, Sancionar y
Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las
Víctimas de estos Delitos, 2012).
Explotación laboral.
La ONUDC (2010), comprende la explotación laboral, como el ofrecimiento de
oportunidades laborales a través de contratos o el reclutamiento ficticio, donde las personas son
sometidas a condiciones laborales inhumanas, por medio de amenazas y coacción, en las que
pueden influir diversas condiciones, entre las que se encuentra la condición migratoria.
Por la ley general en materia de Trata de Personas (2012), es señalada como la
explotación de una persona, bajo condiciones insalubres o peligrosas, desapegadas a las normas
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 22
y legislaciones laborales existentes, desproporcionalidad entre la actividad realizada y el pago, o
la inexistencia de pago de actividades específicas.
Mendicidad forzada.
Con base en el artículo 24 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los
Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos
Delitos (2012), se comprenderá como el beneficio de una persona, tras obligar a pedir limosna o
caridad en contra de su voluntad, a través de amenazas, uso de la fuerza, coacción o el engaño.
Dentro del Diagnóstico Nacional sobre la Situación de Trata de Personas en México
(2013), se comprende en el que las víctimas son obligadas a pedir limosna o efectuar actividades
relacionada con el lucro del tratante, siendo quien organiza y ejerce el control sobre los
explotados.
Esclavitud
Por parte del Convención contra la Esclavitud (Naciones Unidas Derechos Humanos,
1926) se comprende como el estado o condición de una persona, sobre la cual se practican
atributos de derechos de propiedad sobre ella.
Por otra parte, con lo establecido dentro del Manual sobre la Investigación del Delito de
Trata De Personas (UNODC, 2012), la esclavitud será la privación de derechos humanos,
sociales, individuales y fundamentales, convirtiéndose en objeto de comercio, o sometidas a la
voluntad de los victimarios (amos).
En el caso de México, la Ley de combate de trata, la concibe como el dominio de una
persona, sin la capacidad de disponer de su persona y bienes, sobre la que se disponen derechos
de propiedad.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 23
Servidumbre
Se comprende como la condición de una persona a prestar servicios, sin remuneración
por estos, impidiéndosele el cambio de condiciones de vida o labores, por la existencia de deudas
o compromisos, las cuales no se aplica al pago de la misma, sin límite de duración o definición
de los servicios. (Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de
Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, 2012).
Matrimonio servil.
Dentro del Manual sobre la investigación del delito de trata de personas: Guía de
Autoaprendizaje (UNODC, 2009), establece como aquella practica donde una persona
(principalmente mujeres) es prometida o dada en matrimonio, a cambio de dinero o especie, por
los padres, tutores, familiares, grupo de personas o cualquier persona.
Dentro de la Ley General de Trata de Personas México (2012), se estipula como obligar
a contraer matrimonio de manera gratuita, en especie o dinero, que se entregado a padres,
tutores, familiares o cualquier persona, sobre la que se ejerza autoridad, la cual podrá ser
prostituida o sometida a esclavitud.
Adopción Ilegal.
Dentro de la Ley de Trata de Personas de México (2012), en su artículo 26 se señala
como adopción ilegal: la entrega o recepción de forma ilegal, irregular o incluso mediante
adopción, por parte de padres, tutores o cualquier persona que representa autoridad sobre la
persona.
Se estima que muchos delitos relacionados con adopción ilegal se pueden encontrar
relacionados con desaparición, robo u ocultamiento de la identidad, los cuales pueden tener fines
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 24
de trabajos forzados, servicios domésticos, mendicidad, actividades delictivas, entre otros
(Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, 2013).
Venta y tráfico de órganos.
De acuerdo con la Ley General de Salud (2021), se comprende como a la extracción,
remoción u obtención de tejido, células u órgano humano de manera ilegal, a cambio de algún
beneficio o transacción comercial.
Uso de menores para fines delictivos.
Los delitos cometidos por menores de edad es uno de los problemas de mayor
preocupación social, presente en los últimos años, dado que anteriormente estos delitos eran
cometidos principalmente por adultos; sin embargo, hoy son los jóvenes los más involucrados en
la comisión del delito, e incluso, en una criminalidad organizada. (Rodríguez, 2018).
La violencia de las organizaciones criminales que se desarrolla hacia los menores, se
conformada por diversos factores de vulnerabilidad, destacando las carencias en el hogar, la
educación, la vivienda, la salud, los ingresos económicos, entre otros. Dichas formas de
vinculación, se realizan a través del secuestro, actividades relacionadas con delitos contra la
salud (narcotráfico) y trata de personas. (CNDH, UNAM, COORDINACIÓN DE HUMANIDADES,
2019).
Es necesario considerar que muchos de los menores utilizados para el desarrollo de
actividades delictivas no siempre son reclutados, pues son enganchados bajo engaños, para
posteriormente ser obligados al desarrollo de conductas delictivas en contra de su voluntad.
La Ley Federal Contra La Delincuencia Organizada (2021), señala que se castigara a la
persona o personas, que utilicen a personas menores de dieciocho años de edad o que no tengan
la capacidad de comprender los hechos, o de resistirlo para la comisión de delitos.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 25
Experimentación biomédica en seres humanos.
Con base a lo establecido dentro del artículo 31 de la Ley de Trata de Personas de México
(2012), esta modalidad comprende todos aquellos actos en los que se aplique técnicas o
procedimientos (médicos-quirúrgicos), así como medicamentos que no han sido aprobados
legalmente o contravengan a lo establecido en el artículo 100 de la Ley General de Salud (2021).
Indicadores de Trata de Personas.
La Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, ha reconocido indiciadores del
delito de trata de personas, identificables en las víctimas, no obstante, es necesario señalar que
no todos los indicadores que se exponen, se podrán concentrar en todas las víctimas, y que la
ausencia o presencia de cualquier indicador no puede dejar de probar la existencia del delito,
siendo necesario la corroboración o verificación de los indicadores a través de otros medios,
como son los perfiles victimológicos.
Los indicadores que se presentan a continuación se han dividido en al menos seis
clasificaciones: indicadores generales, explotación en el servicio doméstico, de explotación
sexual, laboral, mendicidad, delitos menores y/o en niños.
Indicadores generales
Creer que tienen que trabajar contra su voluntad.
Ser incapaces de abandonar su lugar de trabajo.
Mostrar señales de que se están controlando sus movimientos.
Sentir que no se pueden ir de donde están.
Dar muestras de miedo o ansiedad.
Ser objeto de violencia o amenazas de violencia contra ellas, sus familiares o sus seres
queridos.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 26
Sufrir lesiones que parezcan derivadas de un ataque.
Sufrir lesiones o incapacidad típicas de determinados trabajos o medidas de control.
Sufrir lesiones que parezcan derivadas de la aplicación de medidas de control.
Desconfiar de las autoridades.
Recibir amenazas de que serán entregadas a las autoridades.
Sentir temor de revelar su situación de inmigración.
No estar en posesión de sus pasaportes u otros documentos de viaje o de identidad,
porque estos documentos están en manos de otra persona.
Tener documentos de identidad o de viaje falsos.
Encontrarse en un tipo de lugar donde es probable que se explote a las personas o tener
vinculaciones con ese lugar.
No estar familiarizadas con el idioma local.
No conocer la dirección de su casa o de su trabajo.
No Permitir que otros hablen por ellas cuando se les dirige la palabra directamente.
Actuar como si hubieran recibido instrucciones de otra persona.
Estar obligadas a trabajar en determinadas condiciones.
Ser objeto de castigos para imponerles disciplina.
Ser incapaces de negociar condiciones de trabajo.
Recibir una remuneración escasa o nula.
No tener acceso a sus ingresos.
Trabajar demasiadas horas por día durante períodos prolongados.
No tener días libres.
Vivir en viviendas pobres o que no cumplen con los requisitos mínimos de habitabilidad.
No tener acceso a atención médica.
Tener una interacción limitada o nula con la red social.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 27
Tener un contacto limitado con sus familiares o con personas que no pertenezcan a su
entorno inmediato.
Ser incapaces de comunicarse libremente con otros.
Tener la impresión de estar obligadas por deudas.
Hallarse en una situación de dependencia.
Provenir de un lugar que, según consta, es una fuente de trata de personas.
Haber recibido de facilitadores el pago de sus gastos de transporte al país de destino, y
estar obligados a reembolsarles esos gastos trabajando o prestando servicios en ese
país.
Haber actuado sobre la base de falsas promesas.
Indicadores en niños
No tener acceso a sus padres o tutores.
Parecer intimidados y comportarse en una forma que no corresponde al comportamiento
típico de los niños de su edad.
No tener amigos de su propia edad fuera del trabajo.
No tener acceso a la educación.
No tener tiempo para jugar.
Vivir separados de otros niños y en viviendas que no cumplen con los requisitos mínimos
de habitabilidad.
Comer separados de otros miembros de la “familia”.
Recibir sólo sobras para comer.
Estar haciendo trabajos que no son adecuados para los niños.
Viajar sin estar acompañados por adultos.
Viajar en grupos con personas que no son parientes suyos Las siguientes situaciones
también puede indicar que los niños han sido objeto de trata.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 28
La presencia, en tallas para niños, de vestimenta generalmente utilizada para trabajo
manual o sexual.
La presencia de juguetes, camas y ropa de niños en lugares inapropiados como
burdeles o fábricas.
La afirmación, por parte de un adulto, de que ha “encontrado” a un niño que no estaba
acompañado por un adulto.
El hecho de encontrar a niños no acompañados provistos de números de teléfono para
llamar taxis.
El descubrimiento de casos de adopción ilegal.
Indicadores de explotación en el servicio doméstico
Vivir con una familia.
No comer con el resto de la familia.
No tener espacio privado.
Dormir en un espacio compartido o inadecuado.
Ser dadas por desaparecidas por su empleador, aunque todavía estén viviendo en la
casa de éste.
No abandonar nunca la casa por motivos sociales, o hacerlo rara vez.
No abandonar nunca la casa sin su empleador.
Recibir sólo sobras para comer.
Estar sujetas a insultos, abusos, amenazas o violencia.
Indicadores de la explotación sexual
Ser de cualquier edad, aunque la edad puede variar según el lugar y el mercado.
Trasladarse de un burdel a otro o trabajar en diversos locales.
Ser escoltadas cuando van y vuelven del trabajo, compras, etc.
Tener tatuajes u otras marcas que indiquen que son “propiedad” de sus explotadores.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 29
Trabajar muchas horas por día o tener pocos o ningún día libre.
Dormir donde trabaja.
Vivir o viajar en grupo, algunas veces con otras mujeres que no hablan el mismo idioma.
Tener muy pocas prendas de vestir.
Tener prendas de vestir que son en su mayoría del tipo de las que se utilizan para el
trabajo sexual.
Saber decir sólo palabras relacionadas con el sexo en el idioma local o en el idioma del
grupo de clientes.
No tener dinero en efectivo propio.
Ser incapaces de mostrar un documento de identidad.
Las siguientes situaciones también podrían indicar que las personas han sido objeto de
trata con fines de explotación sexual:
Hay pruebas de que las presuntas víctimas han mantenido relaciones sexuales sin
protección y/o violentas.
Hay pruebas de que las presuntas víctimas no pueden negarse a mantener relaciones
sexuales sin protección y/o violentas.
Hay pruebas de que una persona ha sido comprada y vendida.
Hay pruebas de que grupos de mujeres están bajo el control de otras personas.
Se publican anuncios de burdeles o lugares semejantes que ofrecen los servicios de
mujeres de determinado origen étnico o nacionalidad.
Se informa de que los trabajadores sexuales prestan servicios a una clientela de
determinado origen étnico o nacionalidad.
Los clientes informan de que los trabajadores sexuales no sonríen o no cooperan.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 30
Indicadores de mendicidad
2
y/o delitos menores
Vivir en grupos en los mismos lugares en que trabajan y abandonar esas instalaciones
muy rara vez, si es que lo hacen.
Vivir en lugares deteriorados e inadecuados, como instalaciones agrícolas o industriales.
No estar vestidas adecuadamente para el trabajo que realizan: por ejemplo, pueden
carecer de equipo protector o de prendas de abrigo.
Recibir sólo sobras para comer.
No tener acceso a sus ingresos.
No tener contrato de trabajo.
Trabajar demasiadas horas por día.
Depender de su empleador para una serie de servicios, incluidos el trabajo, el transporte
y el alojamiento.
No tener elección para su alojamiento.
No abandonar nunca las instalaciones de trabajo sin su empleador.
Ser incapaces de movilizarse libremente.
Estar sujetas a medidas de seguridad destinadas a mantenerlas en las instalaciones de
trabajo.
Ser castigadas con multas para imponerles disciplina.
Estar sujetas a insultos, abusos, amenazas o violencia.
Carecer de capacitación básica y de licencias profesionales.
Las siguientes situaciones también pueden indicar que las personas han sido
objeto de trata con fines de explotación laboral:
2
Práctica de pedir limosna (dinero).
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 31
Se han fijado avisos en idiomas diferentes del idioma local, salvo en el caso de avisos
clave como los relacionados con la salud y la seguridad, por ejemplo.
No existen avisos relativos a la salud y la seguridad.
El empleador o el gerente es incapaz de mostrar los documentos requeridos para
emplear a trabajadores de otros países.
El empleador o el gerente es incapaz de mostrar registros de los salarios pagados a los
trabajadores
El equipo de salud y seguridad es de mala calidad o inexistente.
El equipo está diseñado para ser manejado por niños, o ha sido modificado con ese fin
Hay pruebas de que se están violando las leyes laborales.
Hay pruebas de que los trabajadores deben pagar sus herramientas, alimentos o
alojamiento o de que esos gastos se están deduciendo de sus salarios.
Indicadores de la explotación laboral.
Ser niños, ancianos o migrantes discapacitados que tienden a mendigar en lugares
públicos y en los medios de transporte público.
Ser niños que transportan y/o venden drogas ilícitas.
Tener discapacidades físicas que parecen ser el resultado de mutilaciones.
Ser niños de la misma nacionalidad u origen étnico que se movilizan en grandes grupos
con sólo unos pocos adultos.
Ser menores no acompañados que han sido “encontrados” por un adulto de la misma
nacionalidad u origen étnico.
Movilizarse en grupos mientras viajan en los medios de transporte público: por ejemplo,
pueden recorrer el interior de los trenes.
Participar en las actividades de bandas de delincuentes organizados.
Pertenecer a bandas integradas por miembros de la misma nacionalidad u origen étnico.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 32
Formar parte de grandes grupos de niños que tienen un mismo guardián adulto.
Ser castigados si no reúnen o roban lo suficiente.
Vivir con miembros de su banda.
Viajar con miembros de su banda al país de destino.
Vivir, como miembros de una banda o con adultos que no son sus padres.
Movilizarse diariamente en grandes grupos recorriendo distancias considerables
Las siguientes situaciones también pueden indicar que las personas han sido objeto de
trata con fines de mendicidad o de comisión de delitos menores:
Surgen nuevas formas de delitos relacionados con bandas.
Hay pruebas de que el grupo de presuntas víctimas se ha movilizado, durante cierto
período de tiempo, por una serie de países.
Hay pruebas de que las presuntas víctimas han mendigado o han estado involucradas
en la comisión de delitos menores en otro país.
Vulnerabilidad y situaciones de vulnerabilidad
Para poder comprender las situaciones de vulnerabilidad a las que se puede encontrar
expuesta una persona para su victimización, se deberá de conocer primero la vulnerabilidad
endógena
3
, para una mejor comprensión de las vulnerabilidades exógenas.
4
Vulnerabilidad
El diccionario de la Real Academia Española, define a la vulnerabilidad como aquel que
puede ser herido o recibir lesión, física o moralmente. La vulnerabilidad se ha asociado no solo
a condiciones propias de individuo, si no a condiciones del medio (sociales, ambientales o
cualquier otro tipo) de su vida, comenzando a ser un término de uso cotidiano principalmente en
3
Propias del individuo.
4
Propias del ambiente o contexto.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 33
estudios de poblaciones vulnerables (niños, mujeres, grupos culturales o en desarrollo); algunas
condiciones del ambiente o escenarios socioeconómicos colocan a las personas en situaciones
de marginalidad, delincuencia, discriminación de género o racial, exclusión social, problemas
mentales, entre otros (Feito, 2007), siendo considerados hoy, como situaciones de vulnerabilidad
de carácter exógeno desde una perspectiva criminológica y victimológica.
Situación de vulnerabilidad
La Situación de vulnerabilidad es una condición particular de las víctimas, derivada de
uno o más de las siguientes circunstancias que puedan exponer al sujeto pasivo realice la
actividad, servicio o labor, que se le pida o exija, por parte del sujeto activo, por ello, la ley general
de atención al Delito de Trata en México, establece los siguientes aspectos de vulnerabilidad:
Su origen, edad, sexo, condición socioeconómica precaria;
Nivel educativo, falta de oportunidades, embarazo, violencia o discriminación
sufridas previas a la trata y delitos relacionados;
Situación migratoria, trastorno físico o mental o discapacidad;
Pertenecer o ser originario de un pueblo o comunidad indígena;
Ser una persona mayor de sesenta años;
Cualquier tipo de adicción;
Una capacidad reducida para forma juicios por ser una persona menor de edad, o
Cualquier otra característica que sea aprovechada por el sujeto activo del delito.
(Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata De
Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, 2012, p.
4,5)
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 34
Ante-escenarios de la Trata de Personas.
Dentro de los perfiles victimológicos realizados, se identificaron victimizaciones previas a
la explotación en alguna etapa de su vida, ya fueran indirectas o directamente con la trata,
algunas de ellas, desarrolladas por sus explotadores, principalmente en contra de niños, niñas y
adolescentes.
Abuso sexual infantil.
De acuerdo con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF, 2017), el
abuso sexual infantil, ocurre cuando un menor de edad es utilizado para la estimulación sexual
del agresor (adulto), ya sea un familiar, conocido o desconocido, e incluso la gratificación;
implicando toda interacción de índole sexual, sin la existencia de consentimiento,
independientemente de que el menor comprenda la naturaleza sexual e incluso no se muestren
signos de rechazo.
La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de México (2018), lo
comprende como toda actividad y/o contacto del tipo sexual que pueda presentar un niño, niña
o adolescente, con una persona que ejerce una posición de poder ante ellos, sin el
consentimiento de los mismos u obtenido a través de violencia física, psicológica, amenazas y/o
engaños; para estimularse o estimular a otros sexualmente. Es necesario resaltar que los
menores de edad (niños, niñas y adolescentes) no comprenden la gravedad de los hechos por
la inmadurez psicosexual, así como las condiciones de negarse.
De acuerdo con estudios de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económico (OCDE), presentando en el Foro “Violencia Sexual Infantil y Adolescente: Retos
Legislativos” (Senado de la República, 2019), se señaló que México es el primer lugar en abuso
sexual infantil, con 5.4 millones de casos anuales.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 35
Las clasificaciones existentes en Materia de Victimológica, los menores de edad al no
tener las condiciones de comprender determinados actos y no contar con la capacidad de poner
resistencia a dichas situaciones, serán consideras víctimas inocentes o totalmente ideales, tal
como lo establece dentro de la primera clasificación victimológica de Mendelsohn, víctimas
inocentes (Rodríguez, 2017); dado que estas víctimas no aportan elemento para su victimización,
siendo aprovechados los factores de vulnerabilidad que presentan, como la edad, inmadurez
psicosexual e incluso condición física en sentido de indefensión ante los agresores.
Violencia contra la mujer y violencia de género.
De acuerdo a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
(2021), considera violencia contra la mujer como todo acto de omisión o acción, basada en el
género, a la que se le cause un sufrimiento o daño, ya sea psicológico, físico, patrimonial,
económico, sexual e incluso la muerte, en un ámbito público o privado; por lo que se establecen
los tipos de violencia contra la mujer.
La violencia psicológica. Esta consiste en actos u omisiones que puedan dañar la
estabilidad psicológica, por negligencia, el abandono, celotipia, descuido de manera
reiterativa, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, desamor,
infidelidad, comparaciones del tipo destructivo, rechazo, restricción y/o amenazas, que
puedan llevar a la depresión, asilamiento e incluso el suicidio.
La violencia física. Actos de daño accidental o intencionado, haciendo uso de la fuerza
física, algún arma u objeto que pueda provocar o no el daño o la lesión, ya sean del
tipo externo, interno o ambos.
La violencia patrimonial. Se considerada aquellos actos u omisiones que afecten la
supervivencia de la víctima, a través de la trasformación, sustracción, destrucción,
retención o destrucción de objetos, documentos personales o recursos económicos
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 36
destinados a satisfacer su necesidad y pueda abarcar los daño a los bienes comunes
o propios de la víctima.
Violencia económica. Serán las omisiones o acciones por parte del agresor que afecten
la supervivencia económica de una víctima, a través de limitaciones a controlar los
ingresos y percepciones económicas, o la percepción de un salario menor por el mismo
trabajo o dentro de un mismo centro laboral.
La violencia sexual. Actos que degraden o dañe el cuerpo y/o sexualidad de las
víctimas, atentando contra la libertad, dignidad y/o integridad física, en el que se verá
implícito el abuso de poder de la supremacía masculina sobre la mujer, al denigrarla y
concebirla como objeto.
Otras formas análogas de violencia contra la mujer. Serán todas aquellas formas que
puedan lesionar o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las
mujeres.
Las clasificaciones de Elías Neumann y Landrove, establecen a estas personas dentro
de sus clasificaciones como víctimas familiares, dado que el agresor se encuentra dentro de un
núcleo familiar, caracterizándose por agresiones físicas y psicológicas, y los principales
agredidos son menores de edad y mujeres. Por otra parte, los menores que sufren abuso sexual
infantil dentro del hogar, podrán ser categorizados como, víctimas familiares enteramente
ideales.
Las agresiones cometidas en contra de estas víctimas podrán ser identificadas a través
de determinadas características y criterios, de acuerdo a la formación profesional (médica,
psicológica, criminológica, victimológica, penal, entre otras), las cuales serán denominadas como
indicadores de violencia o violencia de género.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 37
Indicadores de violencia y/o violencia de género.
Dentro de los aspectos de la violencia y/o violencia de género se presentan diferentes
tipos de indicadores que permite su individualización, se encontrara los indicadores psicológicos,
físicos, sexuales y/o sociales, y de acuerdo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia (2021), estos se conformarán de la siguiente manera:
Cuadro 02.- Indicadores de Violencia de Género de acuerdo a su naturaleza.
Fuente: Información obtenida de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia.
El Instituto Politécnico Nacional (México), a través de los Certificados de Registro Número
03-2009-120211370900-01, 03-2013-090510414900-01 y 03-2021-062811410900-01, diseño
una herramienta gráfica y didáctica que permite identificar indicadores de violencia en cualquier
ámbito, que no requiere contar con una preparación específica para su detección, conocido como
Psicológicos.
Celotipia, insultos, humillaciones., devaluación, indiferencia, desamor,
comparaciones destructivas, rechazo y/o amenazas.
Sociales.
Restricción, sustracción, destrucción, retención y/o limitación (personas,
sitios, objetos, ingresos o percepciones).
Física.
Golpes (mano u objetos), patadas, cachetadas, mordidas, pellizco y uso
de armas (blancas o de fuego).
Sexual.
Acercamientos, proposiciones inadecuadas, miradas sugestivas,
comentarios sexuales, contacto, tocamientos, caricias y/o relaciones
coitales sin consentimiento.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 38
“Violentometro”, mismo que se divide en escalas de menor a mayor riesgo, a fin de permitir estar
alerta y atento en la detección y atención de esta problemática.
Bromas hirientes.
Chantajear.
Mentir, engañar.
Ignorar, ley del hielo.
Celar.
Asechar, Stalkear rede sociales.
Culpabilizar.
Descalificar.
Ridiculizar, Ofender.
Humillar en público.
Intimidar, amenazar.
Controlar y/o prohibir (amistades, familiares, dinero, lugares, apariencia, actividades,
celular, mails y/o redes sociales).
Destruir artículos personales.
Manosear.
Caricias Agresivas.
Golpear Jugando.
Pellizcar.
Arañar.
Empujar, Jalonear.
Cachetear.
Patear.
Encerrar, aislar.
Sextorsión.
Amenazar con objetos o armas.
Difundir contenido íntimo sin consentimiento por medios digitales.
Amenazar de muerte.
Forzar a una relación sexual.
Violar.
Mutilar.
Homicidio/Feminicidio.
El Violentometro muestra los niveles progresivos de la violencia, sin embargo, no
es necesario la presencia o ausencia de todos estos indicadores, no deja de probar los
hechos. En el último nivel de la escala, se encuentra el Homicidio/Feminicidio, el cual
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 39
desde la perspectiva criminológica como victimológica, no se considera un indicador, sino el
resultado evolutivo de la violencia; en el caso de la privación de la vida de personas del sexo
mujer, género femenino y/o menores de edad, el hallazgo de estos indicadores previos a las
muertes por parte de las autoridades, serán considerados el referente para la investigación de
delito de Feminicidio.
Los indicadores de violencia y/o violencia contra la mujer, son equivalentes a los
indicadores del delito de Trata de Personas. Es necesario resaltar que algunos delitos de
violencia contra la mujer, se dejaran de perseguir o investigar como delitos de género, para ser
investigados por el delito de explotación, al momento que se identifique la obtención o beneficio
económico, material o en especie a través de la víctima, de acuerdo a la criminodinámica.
5
Cuadro 3.- Extensión de la violencia de género a trata de personas.
Fuentes: Información obtenida de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia; e Indicadores de Trata de personas por la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga
y el Delito
5
Proceso que seguido por el victimario para completar la conducta delictiva.
VIOLENCIA CONTRA LA
MUJER
MODALIDA DE TRATA CRIMINODÍNAMICA
Violencia patrimonial.
Violencia económica
Trabajos Forzados.
Explotación laboral.
Mendicidad (forzada).
Esclavitud.
Servidumbre.
Matrimonio servil.
Retención, destrucción,
distribución, restricción,
limitación de los recursos
personales y/o
económicos, a través del
uso de la fuerza y la
coacción y/o amenaza.
Violencia sexual. Explotación sexual.
Desarrollo de actos
sexuales en contra de su
voluntad, a través del uso
de la fuerza, coacción y/o
amenaza.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 40
Cuadro 4.- Indicadores Trata de Personas y Violencia de Género.
INDICADORES DE VIOLENCIA DE
GÉNERO (VIOLENTOMETRO).
INDICADORES DE TRATA DE
PERSONAS (UNODC).
Intimidar, amenazar
Ser objeto de violencia o amenazas.
Controlar y/o prohibir (amistades, familiares,
dinero, lugares, apariencia, actividades,
celular, mails y/o redes sociales)
Mostrar señales de que se están controlando
sus movimientos.
No estar en posesión de sus pasaportes u
otros documentos de viaje o de identidad.
No permitir que otros hablen por ellas
cuando se les dirige la palabra directamente.
Recibir una remuneración escasa o nula.
No tener acceso a sus ingresos.
Tener una interacción limitada o nula con la
red social.
Tener un contacto limitado con sus
familiares o con personas que no
pertenezcan a su entorno inmediato.
Ser incapaces de comunicarse libremente
con otros.
Manosear
Estar sujetas a abusos.
Pellizcar
Arañar
Empujar, Jalonear
Cachetear
Ser objeto de violencia o amenazas.
Ser objeto de castigos para imponerles
disciplina.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 41
Patear
Encerrar, aislar
Sentir y/o no se pueden ir de donde están.
Ser incapaces de movilizarse libremente.
Amenazar con objetos o armas
Ser objeto de violencia o amenazas.
Amenazar de muerte
Ser objeto de violencia o amenazas.
Forzar a una relación sexual
Violar
Hay pruebas de que las presuntas víctimas
no pueden negarse a mantener relaciones
sexuales sin protección y/o violentas.
Hay pruebas de que las presuntas víctimas
no pueden negarse a mantener relaciones
sexuales sin protección y/o violentas.
Mutilar
Sufrir lesiones que parezcan derivadas de
un ataque.
Sufrir lesiones que parezcan derivadas de la
aplicación de medidas de control.
Discapacidades físicas que parecen ser el
resultado de mutilaciones.
Fuentes: Información obtenida de Certificados de Registro Número 03-2009-120211370900-01,
03-2013-090510414900-01 y 03-2021-062811410900-01; e Indicadores de Trata de personas
por la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 42
Marco Jurídico en Materia de Trata de Personas
Los siguientes instrumentos jurídicos, representan el referente mínimo a considerar
durante los procesos de atención al delito de Trata de Personas. La réplica del contendió de cada
uno de los instrumentos dentro de esta investigación se volvería excesiva al objetivo de este
estudio; por dicha razón se enlistarán únicamente de manera enunciativa, más no limitativa, con
el objetivo de identificar aquellos que serán necesarios para la atención de trata de personas,
volviéndose de vital importancia su consulta e incorporación a la vida cotidiana como laboral.
Legislación Internacional
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra
la Mujer (Convención de Belém do Pará).
Convención para la Eliminación de Todas Formas de Discriminación contra las
Mujeres (CEDAW).
Convención sobre los Derechos del Niño.
Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres.
Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para Víctimas de Delito
y Abuso de Poder.
Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Declaración y Plataforma de Acción de Beijing (ONU).
Declaración y Programa de Acción de Viena (ONU).
Protocolo de Palermo.
Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente
mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la
Delincuencia Organizada Transnacional.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 43
Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: Caso González y otras
(“Campo Algodonero”) contra México (CIDH).
Código de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
Legislación Nacional
Código Nacional de Procedimientos Penales.
Código Penal Federal
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su Reglamento.
Ley General de los Derechos de niñas, niños y adolescentes.
Ley de la Guardia Nacional.
Ley General de Victima.
Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia y su
Reglamento.
Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata De
Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos
Ley Nacional del Registro de Detenciones.
Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza.
Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 44
RESULTADOS
3. PERFIL VICTIMOLÓGICO.
Las características que componen el perfil victimológico de las personas valoradas no
circundan a un aspecto específico de la realidad social de la Trata de Personas; pero estará
basado en la victimogénesis
6
identificada dentro del presente estudio, destacando el sexo,
nacionalidad, nivel educativo, nivel socioeconómico, media filiación, antecedentes penales,
psicológicos, médicos y/o toxicológicos, lugar de los hechos, modalidad de trata, trascendencia
del asunto (aislados o redes de trata) y la relación victimal. Dichas características se tornan
relevantes al desconocimiento del tema, dado a los estereotipos y prejuicios del delito.
Con el objetivo de evitar el desarrollo de falsas percepciones y aportar nuevos datos en
materia de Trata de Personas para el Estado de México, la primacía es dar a conocer el perfil
general de al menos 100 víctimas valoradas, atendidas y/o rescatadas de la comisión de dicho
delito, cuyas características representaran de forma genérica la trata de persona en el Estado
Mexiquense, y sus semejanzas con otros perfiles.
Características Victimológicas Generales.
La experiencia generada en la atención y valoración de víctimas de Trata de Personas en
el Estado de México, permitió corroborar que el fenómeno afecta tanto hombres y mujeres, e
incluso a personas de la comunidad del GD; pero, siguen siendo las mujeres las más afectadas
en el desarrollo de este hecho delictivo.
Estadísticamente, se observó que el 68% de las personas victimizadas Estado de México,
son mujeres, mientras el 31% son hombres, y solo el 01% de la persona de la comunidad GD.
6
Conjunto de factores que pueden predisponer a ciertas personas a ser victimas
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 45
En término de edades, se encontró que las víctimas presentan un rango de edad
completamente amplio, apreciando víctimas desde los 02 días de nacidos, hasta los 75 años de
edad. En general, la población más afectada son los menores de edad, representando el 63%,
destacando los menores entre los 07 y los 15 años; mientras que el resto se conforma con
personas, entre los 18 y los 75 años.
De acuerdo con los datos del Consejo Estatal de Población del Estado de México, la
distribución de edades se cuenta con población relativamente joven, ya que más de la mitad
tienen menos de 30 años, lo que corresponde al 52.3% de la población mexiquense. Por otro
lado, el 38.3% se encuentran personas entre los 30 y 59 años, y solo el 9.4% es representado
por personas mayores de 60 años.
7
Referente a la información de las
edades más afectadas por los delitos de
Trata dentro del Estado, se establece que
estas pertenecen a la población joven, sin
dejar de significar que, los demás grupos
poblacionales se puedan ver afectados. Es
importante señalar que en dos casos las
víctimas fueron, un hombre de 75 años y una
mujer de 58 años de edad, lo que nos
permite descartar que solo la población
joven puede encontrarse ante esta situación
7
Consejo Estatal de Población del Estado de México, Características Demográficas de la Población de entre 15 y
24 años,
https://coespo.edomex.gob.mx/sites/coespo.edomex.gob.mx/files/files/2018/Caracter%C3%ADsticas%20demogr%C
3%A1ficas%20de%20la%20poblaci%C3%B3n.pdf
Cuadro 5.- Edades de las víctimas de trata
de personas en el Estado de México
Fuente: Información obtenida de perfiles
victimológicos desarrollados para el Estado
de México en materia de Trata de Personas,
2015-2022.
51%
22%
5%
1%
21% 0 a 15 AÑOS
16 A 29 AÑOS
30 A 59 AÑOS
MAS DE 60 AÑOS
DESCONOCIDA
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 46
En lo que respecta a la nacionalidad
de las víctimas, solo el 02% son extrajeras,
la primera del sexo mujer, y la segunda una
persona transgénero (femenina); mientras
que el 98% restante son de nacidas en el
país y/o la entidad.
Cuadro 6.- Nacionalidades de víctimas de
trata de personas en el Estado de México.
NACIONALIDAD
CANTIDAD
Mexicana
98
Guatemalteca
1
Venezolana
1
TOTAL
100
Fuente: Información obtenida de perfiles
victimológicos desarrollados para el Estado
de México en materia de Trata de Personas,
2015-2022.
Nivel de educación y ocupación.
De acuerdo con el Instituto Nacional
de Estadística y Geografía, para el año 2020,
en el Estado de México se determinó que 3
de cada 100 personas de 15 años o más no
analfabetas; en relación del nivel educativo
del Estado y de las víctimas, se apreció que
el 30% no contaban con estudios al
momento de la victimización, el 65% contaba
con algún nivel educativo, ya fuera completo
o inconcluso, de las cuales 34% eran
estudios básicos inconclusos (primaria y
secundaria) y solo el 16% eran concluidos.
Cuadro 7.- Nivel educativo de las víctimas de
trata de personas en el Estado de México.
NIVEL EDUCATIVO
PORCENTAJE
Sin estudios
30 %
Preescolar
02 %
Primaria inconclusa
21 %
Primaria concluida
11 %
Secundaría inconclusa
13 %
Secundaría concluida
04 %
Bachillerato inconcluso
05 %
Bachillerato concluido
04 %
Licenciatura inconclusa
01 %
Licenciatura concluida
04 %
Desconocido.
05 %
TOTAL
100%
Fuente: Información obtenida de perfiles
victimológicos desarrollados para el Estado de
México en materia de Trata de Personas,
2015-2022.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 47
De acuerdo a las víctimas que
contaban o cuentan con estudios de nivel
superior, se desestima la creencia que solo
las personas sin estudios o estudios básicos,
son vulnerables para convertirse en víctimas
de trata; pero se corrobora, que la limitada
escolaridad de algunas de las víctimas, pudo
influir al llevarlas al desempleo, falta de
oportunidades, adquisición económica y/o
empleos informales, convirtiéndose en un
factor de vulnerabilidad aprovechado por los
victimarios
Cuadro 8.- Ocupación de víctimas de trata
de personas en el Estado de México
OCUPACIÓN
CANTIDAD
Responsables del hogar
10
Bolero
1
Comerciante
11
Cosmetóloga
1
Deportista
1
Empleado informal
7
Empleado domestico
1
Estilista
1
Estudiante
29
Recolector de basura
16
Sin Ocupación
21
Desconocido
1
TOTAL
100
Fuente: Información obtenida de perfiles
victimológicos desarrollados para el Estado
de México en materia de Trata de Personas,
2015-2022.
Nivel socioeconómico.
Gran parte de las entidades municipales que conforman el Estado Mexiquense, sufren de
desigualdad económica dado a causa del desempleo, trabajos sobrevaluados y la pobreza
económica de cada región. De acuerdo con los datos del Consejo Nacional de Evaluación de
Política de Desarrollo Social del Estado de México, estableció que, en el año 2020, el 48.9% de
la población sufre pobreza, mientras el 8.2% pobreza extrema
8
, apreciando que el 57.1% de la
población viven en condiciones de pobreza y/o pobreza extrema; lo que se considerara como un
factor de riesgo para las personas.
En los casos de las víctimas de trata de personas en el Estado de México se identificó
que el 63% presentan un nivel socioeconómico bajo (pobreza) y el 30% pobreza extrema
8
CONEVAL, Estadísticas de pobreza en el Estado de México,
https://www.coneval.org.mx/coordinacion/entidades/EstadodeMexico/Paginas/principal.aspx
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 48
(marginación), lo que nos lleva a determinar que el 93% de estas víctimas, forman parte del
57.1% de la población de la entidad que viven en condiciones de pobreza.
Cuadro 9.- Nivel económico de víctimas de trata de personas en el Estado de México.
Fuente: Información obtenida de perfiles victimológicos desarrollados para el Estado de México
en materia de Trata de Personas, 2015-2022.
Características físicas.
De acuerdo con la información obtenida a través del método de la observación y
recolección de información documental, de los casos posibles (disponibilidad de las víctimas e
información), se identificaron características físicas predominantes como estatura, complexión,
tipo y color de cabello, y color de ojos.
En el procesamiento de la información, se apreció que las estaturas fueron variadas, que
van desde los setenta y cinco centímetros, hasta un metro con ochenta centímetros, de las cuales
el 19% contaban con una estatura promedio de un metro , al metro con cuarenta y nueve
centímetros, mientras que el 21% iba del metro con cincuenta centímetros , al metro con
cincuenta y nueve centímetros , mientras que solo 12 víctimas, median más de un metro con
sesenta centímetros al me momento de la valoración.
30%
63%
6% 1%
MARGINAL
BAJO
MEDIO
MEDIO ALTO
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 49
En lo que respecta a las tonalidades de piel, se apreció que el 48% presentan una tez
morena, en diversas tonalidades, y únicamente el 09% cuentan con una tez blanca; lo que
permite apreciar y determinar, que las personas de tez morena y complexión delgada han sido
las más afectadas, pues el 57% de las complexiones identificadas, el 43% son de complexión
delgada, mientras el 06% de complexión regular y el 08% robustas.
Por otra parte, se identificó que al menos el 47% contaban con el cabello lacio, mientras
que el 05% entre ondulado o rizado; en lo que respecta al color se identificó que gran parte de
las víctimas contaban con un cabello de color castaño en sus diversas tonalidades (castaño,
castaño claro y/o castaño oscuro) representado con el 51%. En los casos que se pudo identificar
el color de ojos, se observó que el 48% de las víctimas cuentan con ojos en tonalidad café y
únicamente el 01% en tonalidad verde.
En la actualidad las características físicas son consideradas un aspecto de carácter
irrelevante para la explotación, sin embargo se han generados estereotipos en cuanto a las
peculiaridades de las víctimas, principalmente en la explotación sexual (mujeres), entre las
cuales se han identificado por ser altas, de atributos sobresalientes (caderas anchas y bustos
prominentes) con color de ojos claros; no obstante, en los casos atendidos en materia de trata
dentro del Estado de México, se corrobora que no existe un perfil específico para las víctimas,
sin ser necesario presentar determinadas características físicas para la victimización, en otras
palabras, no es posible el establecimiento de una victimogénesis específica para el delito de
explotación, en cuanto a las condiciones físicas.
Antecedentes biopsicosociales.
De la información obtenida a través de la valoración de las víctimas, se identificaron
antecedentes personales, psicológicos, psiquiátricos, médicos, toxicológicos e incluso de índole
sexual (abuso), al momento del desarrollo de los perfiles correspondientes.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 50
En el caso de antecedentes del tipo penal, de acuerdo a la información documentada o
proporcionada por las víctimas no se encontraron presente en algunas de ellas; pero en el caso
de antecedentes psicológicos o psiquiátricos, se identificó que el 19% presentaban una
afectación del tipo cognitivo (retraso mental o trastorno mental), identificados por los especialistas
y asentados en las carpetas de investigación correspondiente. En el caso de los antecedentes
médicos, solo el 04% presentaban alguna enfermedad del tipo crónico o degenerativa.
Algunas víctimas refirieron contar con antecedentes toxicológicos, de las cuales, el 12%
señalo haber consumió sustancias carácter legal (alcohol y/o tabaco) y/o ilegales (drogas),
previas a su victimización, o durante su victimización (obligadas por los victimarios).
Independiente de las violaciones sufridas durante la explotación sexual, algunas víctimas
señalaron haber sido abusadas sexualmente en alguna etapa de su vida previa a la Trata,
refiriendo la etapa de la infancia; dado a los antecedentes del abuso sexual infantil y la posterior
explotación dentro de la misma esfera, se aprecia un proceso de polivictimización
9
, dado que los
resultados del abuso se pueden ver reflejados en problemas físicos, conductuales, emocionales,
sexuales y sociales (Echeburúa & Corral, 2006), mismo que pueden presentar una evolución, de
acuerdo a la frecuencia y la duración del abuso, el vínculo con el agresor y la violencia ejercida;
en cuanto más crónico e intenso sea el abuso, mayor serán las posibilidades de indefensión,
potencializando la vulnerabilidad, agravándose si no se cuenta con apoyo, lo que puede llevar al
desarrollo de otras conductas, como fue en los casos de Trata de Personas dentro del núcleo
familiar, en sus diversas modalidades, principalmente en la explotación sexual, al considerarse
la actividad de mayor remuneración para los tratantes.
Otra consecuencia que se puede derivar del abuso sexual en menores, es el abandono
de los hogares, con el fin terminar con la victimización, sin embargo, dado las secuelas
9
Proceso de exposición a múltiples tipos de victimizaciones a lo largo de la vida.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 51
desarrolladas, las vulnerabilidades que presentan por la minoría de edad, la carencias de redes
de apoyo, aunado el sentido de indefensión social, llevándolas a la exposición de nuevas
conductas delictivas; como aquellos casos, en los que las víctimas que sufrieron de abuso sexual
en la infancia, abandonaron sus hogares y posteriormente fueron captadas o enganchadas para
su explotación sexual dentro de los diversos municipios del Estado de México.
4. CRIMINODINÁMICA EN LA TRATA DE PERSONAS.
Reclutadores y/o explotadores
En el Estado de México se identificaron, víctimas, victimarios, los reclutadores y/o
explotadores, los cuales se encargaron de enganchar, captar y/ explotar, aprovechándose de las
situaciones de vulnerabilidad o necesidades que se presentaban en el momento (personales,
económicas, psicológicos y/o sociales).
En general, en materia de Trata de Personas, se ha identificado que los reclutadores
forma parte de redes u organizaciones criminales, participando de manera directa en el enganche
o captación de las personas, no obstante, existen casos en los que no forman parte de alguna
red y trabajan de forma independiente; dentro del presente estudio se identificó que el 92% de
los casos en el Estado de México, fueron aislados, sin presentar relación alguna con redes de
trata, mientras que el 08% se relacionaron con organizaciones o redes dedicadas a la
explotación.
A través de las entrevistas desarrollas para la emisión de los perfiles victimológicos, se
apreciaron diversos entornos familiares, destacando las familias desestructuradas
10
, familias
criminógenas
11
y/o en abandono, particularmente en los casos de mujeres, niños, niñas,
10
Familia carente de alguna de las figuras paternas, o ambas.
11
Integrantes desarrollan conductas antisociales o delictivas.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 52
adolescentes de los cuales, el 75% identifican a su victimario, ya que este forma parte de círculo
familiar o social en el que viven, mientras que el 25% son desconocidos para las víctimas.
Cuadro 10.- Relación victimal.
VICTIMARIO
CANTIDAD
Familiar / Conocido
75
Desconocido
25
TOTAL
100
Fuente: Información obtenida de perfiles victimológicos desarrollados para el Estado de México
en materia de Trata de Personas, 2015-2022.
Puntos de explotación.
El Estado de México, cuenta con una extensión territorial de 22,351.8 km2, dividido en
125 municipios
12
; gracias a la información obtenida a través de la colaboración con Fiscalía
Especializada de Trata del Estado de México; este se ha divido en al menos cuatro regiones,
para una mayor atención y cobertura:
Sede Toluca, ubicada en: Paseo Matlatzincas, No. 1100, Col. La Teresona, Toluca
de Lerdo, C.P. 50040, Tel. 7221673236; con 50 municipios a cargo.
Sede Atlacomulco, ubicada en: Circuito Vial Jorge Jiménez Cantú S/N, Col. San
Martín, Atlacomulco, C.P. 50450; con 17 municipios a cargo.
Sede Cuautitlán, ubicada en: Andador Rotherdam No. 9, Col. Centro Urbano,
Cuautitlán Izcalli, C.P. 54750, Tel. 5558727591; con 21 municipios a cargo.
Sede Texcoco, ubicada en: Av. Tenería S/N, Barrio La Conchita, Texcoco, C.P.
56170, Tel. 5959542733; con 37 municipios a cargo.
Municipios que conforma las sedes de la Fiscalía Especializada de Trata del Estado de México:
12
INEGI, Información por entidad, Estado de México,
http://cuentame.inegi.org.mx/monografias/informacion/mex/default.aspx?tema=me&e=15
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 53
1. Atlacomulco: Acambay, Aculco, Chapa de Mota, Atlacomulco, Ixtlahuaca,
Jiquipilco, Jilotepec, Jocotitlán, Morelos, El oro, Polotitlán, San Felipe del
Progreso, Soyanoquilpan, Temascalcingo, Timilpan, San José del Rincón y Villa
del Carbón.
2. Cuautitlán: Apaxco, Atizapán de Zaragoza, Coyotepec, Cuautitlán, Cuautitlán
Izcalli, Huehuetoca, Hueypoxtla, Huixquilucan, Isidro Fabela, Jaltenco, Jilotzingo,
Melchor Ocampo, Naucalpan de Juárez, Nextlalpan, Nicolás Romero,
Teoloyucán, Tepotzotlán, Tequixquiac, Tlalnepantla de Baz, Tultepec, Tultitlán y
Zumpango.
3. Texcoco: Acolman, Amecameca, Atenco, Atlautla, Axapusco, Ayapango,
Coacalco de Berriozábal, Cocotitlán, Chalco, Chiautla, Chicoloapan, Chiconcuac,
Chimalhuacán, Ecatepec de Morelos, Ecatzingo, Ixtapaluca, Juchintepec,
Nezahualcoyotl, Nopaltepec, Otumba, Ozumba, Papalotla, La Paz, San Martin de
las Pirámides, Tecámac, Temamantla, Temascalapa, Tenango del Aire,
Teotihuacán, Tepetlaoxtoc, Tepetlixpa, Texcoco, Tezoyuca, Tlamanalco, Tonatico
y Valle de Chalco.
4. Toluca: Almoloya de Alquisiras, Almoloya de Juárez, Almoloya del Río, Amanalco.
Amatepec, Atizapán, Calimaya, Capulhuac, Coatepec Harinas, Chapultepec,
Donato Guerra, Ixtapan de la sal, Ixtapan del oro, Joquicingo, Lerma, Malinalco,
Metepec, Mexicaltzingo, Ocoyoacac, Ocuilán, Otzoloapan, Otzolotepec, Rayón,
San Antonio la Isla, San Mateo Atenco, San Simón de Guerrero, Santo Tomás,
Sultepec, Tejupilco, Temascaltepec, Temoaya, Tenancingo, Tenango del Valle,
Texcaltitlan, Texcalyacac, Tianguistenco, Tlatlaya, Toluca, Tonatico, Valle de
bravo, Villa Allende, Villa Guerrero, Villa Victoria, Xalatlaco, Xonacatlan,
Zacazonapan, Zacualpan, Zinacantepec, Zampahuacan y Luvianos
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 54
Cuadro 12.- Regionalización de Fiscalía Especializada de Trata del Estado de México.
Fuente: Información obtenida en el desarrollo de perfiles victimológicos para el Estado de México
en materia de Trata de Personas, 2015-2022.
De acuerdo con los casos atendidos en materia de Victimología relacionados con Trata
de Personas, se identificaron 34 municipios en los que se desarrolló la conducta, lugares que se
muestran en la siguiente tabla (cuadro 13).
Cuadro 13.- Municipios de explotación.
MUNICIPIO
VÍCTIMAS
MUNICIPIO
VÍCTIMAS
Acambay
1
Nezahualcóyotl
2
Amecameca De Juárez
1
San Mateo Atenco
2
Atizapán De Zaragoza
1
Temascalcingo
1
Atlacomulco
5
Tenancingo
3
Chalco De Díaz Covarrubias
6
Tenango Del Aire
2
Chapa De Mota
3
Texcoco
2
Coacalco
1
Tianguistenco
1
Cuautitlán Centro
1
Tlamanalco
15
Cuautitlán Izcalli
8
Tlalnepantla
1
Ecatepec
2
Toluca
13
Huehuetoca
1
Tultitlan
2
Huixquilucan
1
Valle De Chalco
3
Región Atlacomulco
Región Toluca
Región Cuautitlán
Región Texcoco
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 55
Ixtapaluca
1
Villa Del Carbón
5
Ixtlahuaca
4
Villa Victoria
3
Jiquipilco
2
Xonacatlan
1
Metepec
1
Zinacantepec
2
Naucalpan
2
Zumpango
1
Fuente: Información obtenida en el desarrollo de perfiles victimológicos para el Estado de México
en materia de Trata de Personas, 2015-2022.
Dentro de los diversos municipios se identificaron diversas victimizaciones, pero es
necesario resaltar que algunas víctimas pertenecen al mismo caso, o fueron parte del mismo
hecho criminal, municipio y temporalidad, tal es el caso de las 15 víctimas del municipio de
Tlamanalco, caso representativo en su modalidad de trabajos forzados y no sexual como se
pudiera pensar o relacionar con redes de trata. Con base a la identificación de los municipios del
Estado de México en los que se ha desarrollado el delito de trata de personas, se identifican los
municipios por región en los que se ha cometido.
Cuadro 14.- Trata de personas identificada por región,
Fuente: Información obtenida en el desarrollo de perfiles victimológicos para el Estado de México
en materia de Trata de Personas, 2015-2022.
Atlacomulco
Acambay, Chapa de Mota, Atlacomulco, Ixtlahuaca, Jiquipilco,
Temascalcingo y Villa del Carbón
Cuautitlán
Atizapán de Zaragoza, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Huehuetoca,
Huixquilucan, Naucalpan de Juárez, Tultitlan, Tlalnepantla de Baz y
Zumpango.
Texcoco
Amecameca, Coacalco de Berriozábal, Chalco, Ecatepec de Morelos,
Ixtapaluca, Nezahualcóyotl, Tenango del Aire, Texcoco, Tlamanalco y
Valle de Chalco.
Toluca
Metepec, San Mateo Atenco, Tenancingo, Tianguistenco, Toluca, Villa
Victoria, Xonacatlan y Zinacantepec.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 56
Cuadro 15.- Trata de Personas por región.
Fuente: Información obtenida en el desarrollo de perfiles victimológicos para el Estado de México
en materia de Trata de Personas, 2015-2022.
Cuadro 16.- Niveles de Trata de Personas por municipio.
Fuente: Información obtenida en el desarrollo de perfiles victimológicos para el Estado de México
en materia de Trata de Personas, 2015-2022.
Región Atlacomulco
Región Toluca
Región Cuautitlán
Región Texcoco
01 a 04 casos
05 a 09 casos
10 a 15 casos
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 57
Referente a la información de los municipios donde se desarrollaron los hechos de
acuerdo a lo proporcionado por las víctimas, y a lo extraído dentro de los perfiles del 2015 al
2022; y en paralelo a la regionalización de la Fiscalía Especializada; la región de Texcoco se
posiciona en primer lugar de explotación, al concentrar el 35% de las victimizaciones, mientras
que las regiones de Toluca y Atlacomulco en segundo y tercer lugar con el 47%, mientras que la
regio de Cuautitlán concentro el 18% de casos.
Cuadro 17.- Porcentajes de explotación por regionalización.
Fuente: Información obtenida en el desarrollo de perfiles victimológicos para el Estado de México
en materia de Trata de Personas, 2015-2022.
Explotación.
El delito de trata de personas, es una de los delitos más graves que pueden existir, ya
que los agresores, victimarios y/o tratantes, se benefician de alguna forma a través del trabajo
de otros, en contra de su voluntad, en los que atentan con la integridad física y derechos de las
víctimas. Los ingresos recibidos por los victimarios se consideran elevados, lo que permite
posicionar al delito de Trata de Personas como uno de los negocios de carácter ilícito de mayor
26%
35%
18%
21% Región Toluca
Región Texcoco
Región Cuautitlán
Región Atlacomulco
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 58
ganancia. Las formas en las que se manifiesta la Trata pueden variar de acuerdo a los intereses
del victimario y la demanda del consumo.
En consecuencia, las modalidades de Trata que más se detectaron entre las víctimas
valoradas, fue la explotación sexual con un 49%, de los cuales, 06 casos se relacionaron con
casos de material de contenido sexual infantil; continuando la modalidad de trabajos forzados
observando un 38%. Finalmente, en un porcentaje reducido se apreciaron la explotación laboral,
la mendicidad, el uso de menores para fines delictivos y la adopción ilegal, representadas por el
13%; es necesario señalar que, en algunos casos, las víctimas presentaron dos tipos de
victimización encausadas a la explotación.
Cuadro 18.- Modalidades de explotación
MODALIDADES DE EXPLOTACIÓN
CANTIDAD
Explotación Sexual
43
Material de Contenido Sexual Infantil
6
Explotación Laboral
5
Trabajos Forzados
38
Mendicidad
4
Uso de menores para fines delictivos
2
Adopción Ilegal
2
TOTAL
100
Fuente: Información obtenida en el desarrollo de perfiles victimológicos para el Estado de México
en materia de Trata de Personas, 2015-2022.
Las distintas modalidades, al presentar diversas características, intereses y finalidades
por parte de los explotadores, se pueden establecer un panorama general de la explotación de
personas en el Estado de México, de acuerdo con los casos de estudio.
En el caso de la explotación sexual, las víctimas son obligadas a realizar actividades de
tipo sexual, entre las que se encuentran el material de contenido sexual infantil, las actividades
sexuales con fines de remuneración, cambio de servicios, pornografía, trabajos en centros de
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 59
recreación social (cantinas, bares y tabledance), en los cuales, en su mayoría son desarrolladas
por personas del sexo mujer, adolescentes y niñas, algunas captadas o enganchadas a través
del engaño. En los casos dentro del Estado de México, la mayor parte fueron mujeres, explotadas
por familiares o conocidos, realizando la explotación de manera aislada, mientras que solo el
mínimo se relacionó con redes de trata de personas.
En lo que respecta a los Trabajos Forzados dentro del estado, las víctimas de esta
modalidad, las personas más afectadas fueron del sexo hombre, mayores de edad, con un nivel
socioeconómico marginado (pobreza extrema), los cuales fueron victimizados por personas
desconocidas. Por otra parte, se identificó que estas víctimas presentaban alguna afectación
cognitiva, identificada durante la investigación y corroborada por especialistas de la salud
(psicólogos y psiquiatrías). En el caso de las víctimas menores de edad, se identificó que su
victimización se vio relacionada con nivel socioeconómico de pobreza de la familia.
Con referente a la Explotación Laboral, dentro de los casos analizados en esta modalidad
fueron mínimos, mismos que pudieron entrar en la modalidad de trabajos forzados, sin embargo,
en estos casos si existió una relación laboral entre las víctimas y tratantes; las víctimas en su
mayoría eran menores de edad con niveles de estudios básicos e inconclusos, de bajos recursos,
quienes fueron explotados por personas conocidas por ellas.
Dentro de los casos de Mendicidad Forzada, se pudo identificar que los victimarios
formaban parte del círculo familiar de las víctimas, encontrándose principalmente los padres, la
mayoría de las víctimas, cuentan con estudios básicos incompletos (primaria), lo cual se debió al
retiro de las instituciones educativas para el desarrollo de la actividad en cuestión, dado a los
bajos niveles económicos y de sustento de los padres, aunado a otros problemas dentro de la
familia, como violencia familiar, alcoholismo y desempleo.
Dentro del uso de menores con fines delictivos, las víctimas identificadas dentro de esta
modalidad, corresponden al sexo mujer; las cuales no superaban los 16 años de edad, siendo
utilizadas principalmente para la distribución de narcóticos.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 60
Dentro de los pocos casos de Adopción Ilegal identificados dentro del Estado de México,
los afectados contaban con días de nacidos, mismos que fueron entregados de manera
inmediata a los adoptantes, por parte de los victimarios, los cuales formaban parte del círculo
familiar de las víctimas, siendo los padres y/o abuelos de los adoptados, los cuales provienen de
familias desestructuradas y de bajos recursos.
Sitios de explotación.
En general, algunos de los sitios donde se comete la explotación de las personas son
lugares públicos, de fácil localización y acceso para los clientes, tratantes y/o población en
general. Destacar este hecho se vuelve primordial para la localización, rescate, prevención y
persecución de este delito, particularmente en el Estado de México, dentro de los 33 de los
municipios donde se ha desarrollado la explotación.
En relación a los trabajos forzados y mendicidad, se detectaron parques, avenidas
principales, cruceros, plazas comerciales, mercados y/o centrales de abastos, donde algunos de
los tratantes mandaban a las víctimas o incluso las trasladaban para la venta de algún producto
de carácter comercial o mendigar.
En el caso de la explotación sexual, en la mayoría de los asuntos atendidos por las
autoridades del Estado de México (casos aislados) fueron explotadas en sus domicilios o cerca
del mismo y/o los domicilios de los clientes, pero, dentro del mismo municipio; sin embargo en
los casos relacionados con redes de trata, estos se desarrollaron en hoteles de la localidad o
municipios aledaños, a donde las víctimas fueron trasladadas por sus tratantes y en otros casos,
solo recibieron instrucciones de cómo llegar al lugar en el que tenían que prestar el servicio.
Otros de los sitios identificados fueron bares y cantinas, con espacios adecuados como
habitaciones sin las condiciones de salubridad necesarias, pero al igual que los casos aislados y
redes de trata dentro del mismo municipio.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 61
Métodos de sometimiento y control.
La trata de personas se ha caracterizado por el uso de métodos de sometimiento y control,
particularmente agresivos contra la integridad de las víctimas, violando sus derechos y garantías.
Estos métodos han llevado a las víctimas a elevar sus condiciones de vulnerabilidad, daños
emocionales y físicos, con el fin de mantener el control. Los explotadores ejecutan estos métodos
con diferentes intensidades y formas, con el objetivo de mantener sumisas a las víctimas, y no
se puedan negar al desarrollo de la actividad o puedan escapar.
Los métodos de control y sometimiento no solo son practicados por los explotadores,
también por sus allegados y clientes, e incluso, por otras víctimas, que han sido obligadas a
hacerlo. Entre los principales medios de control se encontraron la violencia física, psicológica,
sexual y privación de la libertad (indicadores de la Trata de Personas).
La descripción de los diversos métodos que a continuación se realiza, se basa en la
información proporcionada por las víctimas, así como la obtenida dentro de los expedientes de
investigación.
Violencia Psicológica. Esta se presentó en todo el proceso de victimización, con mayor
intensidad al momento de la explotación, dado a las condiciones en las que se centraron las
víctimas. Esta violencia se desarrolló a través de insultos y humillaciones verbales, degradando
los aspectos emocionales, entre las que se encuentran:
Eres un/una: puta/o, pendeja/o, hija/o de tu puta madre, perra/o, estúpida/, zorra, piruja,
hija/o de puta, hija/o de tu puta madre, hija/o de tu re-puta madre, imbécil, inútil, infeliz,
desgraciada/o, no vales madre, no vales nada, mal agradecido/a, pinche huevona/on,
como no te mueres, no vales verga, hija/o de la verga, entre otros.
En la atención de los casos de trata, estas agresiones podrán o serán manifestadas por
las víctimas al momento de entrevistas y/o valoraciones, por parte de las autoridades y
especialistas intervinientes; mismos que serán considerados como un indicador de Violencia de
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 62
Género y Trata de Personas, al empatar con los métodos de control o sometimiento, en relación
con los insultos y humillaciones.
Violencia física. En este método de sometimiento, se registraron agresiones hechas en
los cuerpos de las víctimas, las cuales evolucionaron de acuerdo a las circunstancias,
empezando con pellizcos, rasguños, empujones, apretujones y/o jalones de cabello, estas
incrementaron el nivel de agresión de acuerdo al grado de explotación y resistencia, a través de
cachetadas, puñetazos y patadas; para posteriormente encontrarse el uso objetos, como fueron
colillas de cigarros, palos, botellas, cuchillos, cables, cinturones, cuerdas, armas de fuego,
causando marcas de las lesiones e incluso mutilaciones de algunas partes del cuerpo.
La Violencia Sexual fue ejercida de manera evidente en niñas, adolescentes y mujeres
adultas e independientemente de la explotación, fueron abusadas sexualmente por sus
agresores. Las consecuencias por el abuso sexual en las víctimas fueron enfermedades de
trasmisión sexual (ETS) y/o embarazos no deseados; tal fueron los casos de las víctimas que
recibieron atención ginecológica y obstétrica de emergencia, identificándose anomalías de
carácter sexual, principalmente en para dar inicio a las investigaciones correspondientes.
La vigilancia y control sobre las víctimas, se ejerció en todo momento por los victimarios
allegados (familiares), clientes y otras víctimas, reforzada por la incomunicación, al haber sido
obligadas a mantener en secreto las actividades realizadas, cortando lazos de comunicación
social, aisladas en su domicilio o de los victimarios y/o centros de trabajo, imposibilitando el pedir
ayuda y/o atención a la situación que enfrentaron.
Es necesario señalar que los métodos de sometimiento y control anteriormente descritos
se deben de encontrar acompañados de la identificación del beneficio del agresor a través de la
víctima, para poder cumplir con los criterios del delito de trata de personas, en el caso de no
mostrarse, identificarse o corroborarse la obtención de un beneficio por parte del agresor, estos
indicadores sarán considerados para el delito violencia de género, violencia familiar y/o lesiones.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 63
Perfil de los tratantes.
En lo que respecta al perfil de los tratantes que participaron en los casos del Estado de
México, los tratantes son de nacionalidad mexicana, de los cuales, el 45% fueron hombres, el
35% mujeres y en el resto de los casos, se implicó la partición ambos sexos. En los casos
aislados, se identificaron como victimarios a padres, tíos y/o padrastros, los cuales presentaban
un nivel socioeconómico bajo, consumo de sustancias ilícitas como licitas, desempleo,
antecedentes de violencia e incluso penales.
El modus operandi
13
dentro de la trata de personas de manera general, se asignan roles
de acuerdo a la etapa de desarrollo del proceso, identificándose dentro de la recolección de
información, al menos cuatro figuras primordiales:
Enganchador o reclutador: son aquellas personas que se encargaron de enganchar a
las víctimas, a través de anuncios (empleos), en espacios públicos e incluso la red
pública de internet, destacando la red social Facebook.
Transportista: estos fueron los encargados de trasladar a las víctimas al lugar donde
se desarrollaron los servicios y/o explotación.
Explotadores: estas fueron todas las personas que se encargaron de someter a las
víctimas para la explotación, a través de las técnicas y métodos de sometimiento y
control.
Clientes: fueron todas aquellas personas que, bajo acuerdo de pago en efectivo,
especie y/o beneficio de los victimarios, aceptaron los servicios ofertados.
Con base a las aportaciones hechas por las víctimas, se encontró que, en diversos casos
atendidos, los tratantes asumieron más de un rol, en los casos desarrollados en el Estado de
13
Modo de actuar o trabajar para llegar a un fin específico.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 64
México, actuaron principalmente de manera individual; sin embargo, en los casos de explotación
por red de trata, se identificó que existen al menos los cuatro roles enlistados.
Perfil de los clientes.
Dentro del presente estudio, es necesario puntualizar sobre los perfiles de los clientes de
trata de personas, principalmente en la explotación sexual, dado al nivel de afectación y
trasgresión en las víctimas; de acuerdo a los datos de conocimiento general en materia de trata
de personas, principalmente en la modalidad sexual, se ha señalado que los clientes son los que
exigen que las víctimas cuenten con ciertas características, entre las que resaltan la edad,
complexión, color de piel, el inicio de la vida sexual (virginidad) y desarrollo de órganos sexuales
secundarios (senos y glúteos); sin embargo, las víctimas de Trata de Personas dentro del Estado
de México, no cumplen ni presentan este perfil en su gran mayoría.
Entre los clientes predominan las personas del sexo hombre, con diversas ocupaciones,
los que se pueden ir desde obreros, servidores públicos (municipales, estatales y/o federales),
ejecutivos e incluso criminales; es importante resaltar que con base en la información
proporcionada por las víctimas, dentro de los casos, muchos de los clientes, eran familiares o
conocidos de los explotadores, y los pagos por los servicios fueron bajos, por intercambio de
productos y/o la condonación de servicios; tal fue el caso de las víctimas que tenían que mantener
relaciones sexuales a modo de pago por el arrendamiento del domicilio que habitaban, siendo
obligadas por su familiar (a través de violencia física y psicológica), y el cliente fue un policía
estatal.
Una sobreviviente del delito de Trata de Personas, clasifica a los clientes-explotadores en
al menos siete tipos (Trata de Personas Un acercamiento a la realidad, 2018, p.33):
1. Desgraciados: personas misóginas, que satisfacen sus necesidades a través de
humillaciones y maltratos a las víctimas.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 65
2. Hambrientos: personas que se consideran de carácter débil, poco atractivas o introvertidas,
consideran que el único modo de acceder a las relaciones sexuales es pagando por ellas.
3. Inconformista: se considera aquellas personas que se encuentran insatisfechos con sus
relaciones sexuales.
4. Dañados: principalmente hombres que llevan a los hijos para el inicio de la vida sexual.
5. Idiotas: recurren a la prostitución para elevar su autoestima, a través de los halagos.
6. Tristes: buscan llenar los espacios vacíos de su esfera psicoafectiva.
7. Morbosos: dentro de esta clasificación de encuentra personas con fijaciones parafílicas de
acuerdo a sus necesidades sexuales, o en otros casos, aprendidos a través de pornografía.
A esta clasificación se agregaría aquellas personas que buscan iniciar la vida sexual de
una mujer, principalmente menores de edad, en otras palabras, mujeres vírgenes, o, aquellos
que disfrutan de material de contenido sexual infantil, los cuales cumplen con el perfil de
pederasta o pedófilo, este último engloba a los consumidores de materia de contenido sexual
infantil dentro de la red pública de internet; los cuales estarían recayendo en más de un delito.
Dicha clasificación se centra en los aspectos psicosexuales, más allá, que los propios
rasgos físicos de las víctimas, por lo que no es posible establecer un perfil único de los clientes,
dado que se pueden presentar diversas características de acuerdo a las necesidades sexuales
existentes.
Es necesario destacar la figura del cliente, pues desde un punto de vista victimológico y
jurídico, recae dentro de la responsabilidad penal, como se establece en la Ley General para
Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección
y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, en la que señala la penalización de quien en
adquiera, use, compre, solicite o alquile servicios de una persona con fines de explotación;
aunado que si estos sucesos derivan de la explotación sexual, se podrán considerar estos
hechos como actos contra la libertad y desarrollo psicosexual en el caso de personas adultas, en
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 66
los casos de menores de edad, podrían considerarse delitos contra el libre desarrollo de la
personalidad.
Tanto los actos contra la libertad y desarrollo psicosexual, ambos por ser un bien jurídico
tutelado, y su trasgresión al encontrarse penalizada dentro del Código Penal Federal de México,
en el que se señala, a quien sin su consentimiento (el de las víctimas) ejecute actos sexuales
(copula, tocamientos, manoseos corporales obscenos, representaciones, exhibicionismo, entre
otros), presentara una responsabilidad de acuerdo a su comportamiento criminógeno, pudiendo
ser aplicable, en aquellos hechos donde las víctimas puedan señalar y/o identificar a los clientes,
y respaldado por las diversas ciencias y técnicas de investigación forenses, como pudieran ser
los perfiles criminales y/o perfiles criminológicos.
Identificación y asistencia a víctimas de trata de personas.
Toda protección y asistencia a las personas que han sido explotadas en alguna modalidad
de trata de personas, se comienza desde el momento que son identificadas como posibles
víctimas por parte de las autoridades y/o especialistas, ante la existencia de indicadores
relacionados con la trata de personas; instante en el que las personas recibirán protección y
asistencia a fin de salvaguardar y garantizar sus derechos humanos.
Asistir a las víctimas de estos delitos deberá desarrollarse como un proceso de
integración, desde la primera etapa de intervención y las evaluaciones que se consideren
necesarias, sin caer en un proceso de victimización sistemática de la procuración de justicia,
teniendo presente los mecanismos de protección, como resguardo de la identidad y datos
generales de la misma, alojamiento en albergues que satisfaga las necesidades primordiales e
inmediatas, a fin de logra la última etapa del proceso, la reintegración social.
La asistencia restituirá los derechos de las víctimas, que se contienen en los marcos
jurídicos internacionales como nacionales, garantizando:
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 67
Asistencia, seguridad y protección.
Respeto a la dignidad y privacidad.
Asistencia jurídica, médica, psicológica y social.
Alojamiento en refugios.
Resolución judicial.
Reparación del daño.
La asistencia tiene como objetivo central la integración total de los derechos
transgredidos, en apego a los derechos humanos, sin discriminación alguna sin el desarrollo de
nuevas victimizaciones.
Reintegración de víctimas de trata.
La reintegración hace referencia a todos los mecanismos de apoyo, que permitan una
recuperación en sus diversas esferas (social, emocional, física, educativa, económica), esto
implica la asistencia gubernamental parte de la identificación de la victimización, con apoyo de
instituciones públicas y organizaciones no gubernamentales.
Durante los procesos de investigación por parte de las autoridades, se apreció que
algunas víctimas aceptaron contar con las medidas de protección necesarias, al ingresar de
manera voluntaria a refugios, sin embargo, en algunos casos por la minoría de edad y falta de
capacidad de toma de decisiones, y con el fin de salvaguardar su integridad, fueron ingresadas
a los albergues correspondientes brindando las atenciones necesarias para su reintegración
social. Por otra parte, algunas víctimas contaron con redes de apoyo, principalmente familiar
garantizando asistir y proteger a las víctimas, sin la necesidad de ingresar a los albergues, sin
dejar de recibir la asistencia y protección necesaria.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 68
La no revictimización
14
es uno de los principios profesionales que deberá de prevalecer
en todo el proceso, en el que se debe de seguir preservando los derechos de las víctimas, en el
que no se vulneren la integridad, los derechos, los aspectos emocionales y físicos, a través de
procedimientos reiterados, tal como se asienta dentro de Ley General para Prevenir, Sancionar
y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las
Víctimas de estos Delitos (2012), en el que el Estado como los servidores públicos dentro del
ámbito de su competencia, deberán de tomar las medidas necesarias para evitar la
revictimización en cualquiera de sus formas.
CONCLUSIONES
Con el presente estudio se puede reafirmar que las víctimas más afectadas por el delito
de trata de personas, son las personas del sexo y/o género femenino, incluso en el caso de
personas transgénero que se identifican como femeninas. En lo que corresponde a las edades,
el 73% de las víctimas no exceden los 29 años de edad, sin embargo, el 53% son menores de
edad al no superar los 18 años de edad.
Por otra parte, el 98% de los delitos cometidos en materia de Trata de Personas en el
Estado de México, se realizaron contra de personas de nacionalidad mexicana, originarias de la
misma entidad, con niveles socioeconómicos bajos (pobreza o pobreza extrema), sin implicar el
cruce de fronteras, desarrollándose la victimización dentro del mismo municipio, localidad o
región. En el caso de víctimas de origen extranjero, cumplieron con el proceso victimización, ya
que fueron enganchadas, trasladadas y explotadas en su modalidad sexual, a las que se les
brindó la asistencia y atención de acuerdo a los protocolos, sin solicitar su repatriación, optando
por seguir en el país, por petición de las mismas.
14
Revivir o repetir el hecho del que se fue víctima.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 69
El 65% de los casos, las víctimas contaban con algún tipo de estudio al momento de la
victimización, encontrando que las más afectadas son aquellas víctimas que contaban con
estudios básicos inconcluso (primaria y secundaria), esto en relación con las edades que
manifestaron las victimas al momento que fueron victimizadas.
Dentro de la Trata de Personas se ha señalado que las víctimas principalmente en la
modalidad explotación sexual, deben de contar con características específicas como son la edad,
complexión, virginidad, color de piel y desarrollo de órganos sexuales secundarios; en estos
casos, la mayoría de las víctimas son menores de edad, de complexión delgada, con tez morena
en sus diversas modalidades, y en algunos casos presentaban actividad sexual previa a la
explotación sexual (abuso sexual); donde los victimarios fueron familiares, y posteriormente ser
explotadas sexualmente por el mismo agresor. Por ello, es imprescindible que las investigaciones
relacionadas con delitos cometidos en contra de mujeres, que presenten antecedentes de
violencia de género, familiar, abuso sexual en ellas o sus hijas, y el agresor forme parte de la
familia, se realice una identificación de posibles indicadores del delito de trata de personas en
alguna de sus modalidades, principalmente sexual.
En lo que respecta a las ocupaciones de las víctimas, se apreció que algunas de ellas no
tenían ocupación alguna, pero en otros casos, desarrollaban actividades previas a la comisión
del delito, entre las que se encuentran principalmente estudiantes, recolectores de basura,
comerciantes y responsables del hogar, de las cuales todas son mujeres y la mayoría de ellas
mayores de edad.
Gran parte de las modalidades de Trata de Personas, se han desarrollado en el Estado
de México, a excepción de la venta y/o tráfico de órganos, al menos no se han presentado o
identificado casos relacionados con dicha modalidad. Los diversos estudios en materia de
explotación se centran principalmente en la explotación sexual, al ser unos de los fenómenos
más apreciados y atendidos por las autoridades, sin embargo, en el Estado de México, la trata
de personas relacionada con aspectos sexuales solo representa el 49%, es decir, menos de la
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 70
mitad, seguido por los trabajos forzados, explotación laboral y la mendicidad con un 47% y
solamente el 04% comprende la adopción ilegal y uso de menores con fines delictivos.
De los datos anteriores, nos permite apreciar que el Estado de México en la investigación
de este delito, por parte de su Fiscalía Especializada en Trata de Personas, no solo se ha
centrado en aquellos casos más visibles (explotación sexual), si no en aquellos que han sido
normalizados socialmente (trabajos forzados y mendicidad), los cuales hoy representan el 51%
de los casos, vinculados al 57.1% de la población viven en condiciones desfavorables en la
entidad; por lo que hoy, se considera la pobreza como un factor para el delito de trata de personas
en sus modalidad de mendicidad, trabajos forzados, explotación laboral, adopción ilegal e
incluso, el uso de menores con fines delictivos.
En lo que respecta a la esfera familiar de las víctimas, estas provienen de familias
desestructuradas y criminógenas; en las que más de la mitad fueron victimizadas por sus
familiares y conocidos, destacando los padres, padrastros, tíos y/o amigos de estos, a través de
la subordinación familiar, con el uso de los diversos métodos de control, principalmente
psicológica y física.
Gran parte de los tratantes y/o explotadores identificados en el Estado de México,
tampoco presentan un perfil único, ni pertenecen a grupos delictivos, dado que la mayoría los
explotadores fueron los familiares; por otra parte, es necesario señalar que los explotadores, no
corresponden solo al sexo hombre como se ha establecido de forma genérica, pues en diversos
casos, se apreció la explotación, por mujeres sin la intervención de hombres, destacando las
madres de las víctimas.
De acuerdo a los niveles de explotación por región, se puede apreciar que la zona norte
del Estado de México concentra gran parte del número de municipios de explotación,
encontrándose los municipios de: Coacalco, Ecatepec, Acambay, Temascalcingo, Jiquipilco,
Ixtlahuaca, Atlacomulco, Chapa de Mota, Villa del Carbón, Zumpango, Atizapán de Zaragoza,
Cuautitlán, Cuautitlán Centro, Huehuetoca y Tlalnepantla; así mismo se aprecia que de los 34
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 71
municipios en los que se identificaron hechos de trata de personas, al menos 17 de ellos colindan
con la Ciudad de México, o se encuentran dentro de la zona conurbada del Estado y Ciudad de
México, entre los que se encuentra los municipios de: Coacalco, Tultitlan, Chalco,
Nezahualcóyotl, Tengo del Aire, Ixtapaluca, Ecatepec, Texcoco, Tlamanalco, Valle de Chalco,
Tianguistenco, Atizapán de Zaragoza, Cuautitlán, Cuautitlán Centro, Huixquilucan, Naucalpan y
Tlalnepantla.
Hoy la zona norte del Estado, como la zona conurbada con la Ciudad de México
representa focos de alerta para el alto índice del delito de Trata de Personas, al presentar una
concentración y distribución dentro de la entidad de acuerdo al número de victimizaciones, lo que
puede llevar a considerar, la principal zona de riesgo a la Ciudad de México, a la cual, pueden
ser trasladadas las víctimas del Estado de México para su explotación.
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(CEDAW).
Convención sobre los Derechos del Niño.
Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres.
Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para Víctimas de Delito y Abuso de
Poder.
Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Declaración y Plataforma de Acción de Beijing (ONU).
Declaración y Programa de Acción de Viena (ONU).
Protocolo de Palermo.
Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños,
que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia
Organizada Transnacional.
Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: Caso González y otras (“Campo
Algodonero”) contra México (CIDH).
Código de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
Código Nacional de Procedimientos Penales.
Código Penal Federal
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su Reglamento.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 75
Ley General de los Derechos de niñas, niños y adolescentes.
Ley de la Guardia Nacional.
Ley General de Victima.
Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia y su Reglamento.
Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata De Personas y
para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos
Ley Nacional del Registro de Detenciones.
Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza.
Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 76
ANEXO
Anexo 1. Entrevista y/o formato para recolección de información, para desarrollo de perfil
victimológico y la asistencia de las víctimas de trata de personas.
DATOS GENERALES
Nombre (Iniciales).
Fecha de Nacimiento.
Sexo.
Estado civil.
Lugar de Nacimiento.
Nacionalidad.
Idioma.
Profesión u ocupación.
Lugar de origen.
Domicilio.
Documento de Identificación.
MEDIA FILIACIÓN
Sexo.
Estatura.
Complexión.
Tez.
Cabello.
Ojos.
Boca.
Labios.
Señas Particulares.
ESFERA FAMILIAR
¿Dónde naciste?
¿Dónde viviste tu infancia?
¿Dónde vives actualmente?
¿Con quienes vivías en tu casa?
¿Cómo era relación con tu padre?
¿Cómo era relación con tu madre?
¿Cómo era relación con tus hermanos (en el caso que los tenga)?
Observaciones.
ESFERA SOCIAL
¿A qué te dedicabas en tus tiempos libres?
¿Visitabas algunos centros recreativos o sociales?
¿Por quienes estaba conformado tu grupo de amigos?
¿Cuándo no estabas en casa dónde estabas?
¿Cómo era la relación con tus vecinos?
¿Tuviste algún conflicto con alguno de tus vecinos?
¿Tuviste algún conflicto con alguno de tus amigos?
Observaciones.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 77
ESFERA ESCOLAR
¿Nivel de Estudios?
¿Escuelas que has cursado o cursas?
¿Cómo era relación con tus compañeros?
¿Cómo era relación con tus profesores?
¿Cómo era relación con tu orientador?
¿Cómo percibías el ambiente en tu salón?
¿Cómo percibías el ambiente de la institución?
¿Cuáles han sido tus mayores dificultades que tuviste dentro de la institución?
¿Tuviste algún conflicto con alguno de tus compañeros o algún alumno de la institución?
_____ ¿Por qué causa?
¿Estuviste en la dirección por algún conflicto? _____ ¿Por qué?
¿Se enteraron tus padres de la situación?
¿Cómo lo tomaron?
Observaciones.
ESFERA ECONÓMICA
¿Cómo sustentabas tus estudios escolares?
¿Tenías algún trabajo o tienes alguno en el momento?
¿Cuánto ganabas?
¿Qué hacías con lo que ganabas?
¿Tenías algún ahorro?
Observaciones.
RELACIONES AFECTIVAS
¿Tienes o tenías pareja? _____ ¿cómo se llama?
¿Cuánto tiempo duro su relación, o llevan de relación?
¿Cómo es su relación últimamente?
¿Los padres de tu novio tienen o tenían conocimiento de su relación?
¿Los padres de tu novio aprueban o aprobaban su relación?
¿Tus padres tienen o tenían conocimiento de su relación?
¿Tus padres aprueban o aprobaban su relación?
¿Tienes o tuviste una vida sexual activa con tu pareja?
¿Qué tipo de métodos anticonceptivos conoces?
Observaciones.
ESFERA MÉDICA
¿Padeces alguna enfermedad?
¿Has tenido alguna lesión grave (causa de la lesión)?
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 78
¿Has tenido alguna cirugía?
¿Presentaste alguna fractura (causa)?
¿Has recibido algún tratamiento psicológico o psiquiátrico?
¿Consumes algún tipo de medicamento?
¿Por qué consumes dicho medicamento?
Observaciones.
ESFERA TOXICOLÓGICA
¿Consumes o consumías alcohol? ____ ¿Por qué?
¿Con qué frecuencia lo haces o hacías?
¿Cuántas copas te tomas cuando consumes alcohol?
¿Consumes tabaco? ___ ¿Por qué?
¿Qué tan frecuentes fumas?
¿Cuántos cigarros te fumas al día
¿Has consumido alguna droga? ____
¿Qué tipo de droga?
¿Cuántas veces lo has hecho?
Observaciones.
ESFERA JURIDICA
¿Llegaste a presentar algún problema de carácter legal?
ESFERA CONDUCTUAL
¿Cómo consideras tu comportamiento?
¿Te has liado a golpes alguien? ___ ¿Por qué?
¿Has robado en alguna ocasión? ___ ¿Qué robaste?
¿Por qué lo hiciste?
¿Llegaste a formar parte de alguna pandilla
¿Por qué te integraste a dicha pandilla?
¿Qué actividades realizabas en la pandilla?
¿Llegaste a asaltar a alguien? ___
¿Por qué lo hiciste?
Observaciones.
TRATA DE PERSONAS EN EL ESTADO DE MÉXICO 79