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Abstract

Este artículo es la introducción al monográfico de la Revista Internacional de Educación Musical titulado Entender la educación musical como un derecho humano. Con tal fin partimos de que la Agenda de Seúl estableció de manera implícita y supranacional que la educación artística es un derecho humano, de modo que los sistemas educativos no deberían cuestionar la incorporación curricular de la educación musical en las aulas escolares. Al contrario, es obligación de los estados dar garantías para que las personas puedan acceder al aprendizaje musical de manera equitativa y democrática. A 12 años de la Agenda de Seúl, se ve cómo aún hay naciones que ponen trabas para que la educación musical sea parte del currículo obligatorio en los distintos niveles educativos. En la presente sección de monográfico se reportan experiencias que reconocen el acceso a la educación musical como un derecho humano. Sin embargo, también se informan barreras administrativas que establecen los sistemas educativos para proveer una educación musical de calidad. Por lo dicho, es crucial que el profesorado de música asuma un rol activista, cuestionando la propia praxis pedagógica porque, a veces, la educación musical es deshumanizada por el desempeño docente.
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This article is the
introduction to the special focus
issue of the Revista Internacional
de Educación Musical entitled
Understanding Music Education as a
Human Right. To this end, we start
from the fact that the Seoul
A g e n d a i m p l i c i t l y a n d
supranationally established that
arts education is a human right,
so that the education system
s h o u l d n ot q uestion t h e
curricular incorporation of music
education in school settings. On
the c ontra ry, state s must
guarantee that people can access
music learning equitably and
democratically. After 12 years of
approval of the Seoul Agenda,
some nations are obstructing yet
the implementation of music
education as a subject in the
compulsory curriculum from
different educational levels. In the
present s ectio n, we report
experiences where the access to
music education is recognized as
a human right. However, we also
inform administrative barriers
established by education systems
that impede providing music
educati on of high q ualit y.
Therefore, it is crucial for music
teachers to assume an activist
role, questioning also their own
pedagogical praxis because,
sometimes, music education is
d e h u m a n i z e d b y t eacher
performance.
E s t e a r t í c u l o e s l a
introducción al monográfico de
la Revista Internacional de
Educación Musical titulado
Entender la educación musical como un
derecho humano. Con tal n
partimos de que la Agenda de
Sl estableció de manera
implícita y supranacional que la
educación artística es un derecho
humano, de modo que los
sistemas educativos no deberían
cuestionar la incorporación
curricular de la educación
musical en las aulas escolares. Al
contrario, es obligación de los
estados dar garantías para que
las personas puedan acceder al
aprendizaje musical de manera
equitativa y democrática. A 12
años de la Agenda de Seúl, se ve
cómo aún hay naciones que
ponen trabas para que la
educación musical sea parte del
currículo obligatorio en los
distintos niveles educativos. En la
presente sección de monográfico
se reportan experiencias que
rec onoc en e l acce so a l a
educación musical como un
derecho humano. Sin embargo,
también se informan barreras
administrativas que establecen
los sistemas educativos para
proveer una educación musical
de calidad. Por lo dicho, es
crucial que el profesorado de
música asuma un rol activista,
cuestionando la propia praxis
pedagógica porque, a veces, la
educación musical es
deshumanizada por el
desempeño docente.
Palabras Clave
Educación en derechos humanos; igualdad de oportunidades; humanismo; deshumanización; autoridad
pedagógica.
Nº 10 , 2022.
Entender la educación musical como un
derecho humano
Rolando Angel-Alvarado, Universidad Alberto Hurtado (Chile)
Rosalía Trejo León, Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo
(México)
Resumen
Understanding music education as a Human right
Rolando Angel-Alvarado, Alberto Hurtado University, (Chile)
Rosalía Trejo, Autonomous University of the State of Hidalgo (Mexico)
Abstract
http://journals.sagepub.com/riem
Keywords
Human rights education; equal opportunities; humanism; dehumanization; teacher authority.
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Los derechos humanos se han establecido para
garantizar la salvaguardia de la dignidad humana en el
sentido amplio, transversal e inalienable, pues su inexistencia
permitió la realización de actos atroces a lo largo de la
historia de la humanidad. El hito que marca un antes y un
después ocurre el 10 de diciembre de 1948, ya que se
presenta al mundo la Declaración Universal de los Derechos
Hum ano s (DU DH) , que e sta blece los d ere cho s
fundamentales que deben defenderse y practicarse en todo el
planeta. Este documento supranacional fue solo el primero,
pues de ahí han surgido numerosos tratados, protocolos y
convenciones que apuntan a la dignificación de los distintos
grupos humanos que coexistimos en la sociedad actual. A
nuestro pesar, la instauración de la DUDH no ha servido
para que dejen de ocurrir barbaries en el mundo, pues
bastaría con ver la situación de las mujeres afganas, la
persecución ideológico-política que ocurre en diversos países
o el limitado acceso a servicios básicos en escuelas de algunos
países en vías de desarrollo. No obstante, la DUDH y el resto
de documentos y pactos supranacionales que han surgido
con el paso de los años cobran relevancia, ya que nos
permiten establecer criterios para distinguir las acciones que
se ajustan a los derechos humanos y las que no.
En el marco de la educación musical, la Sociedad
Internacional para la Educación Musical (ISME, por sus
siglas en inglés) ha puesto sus esfuerzos para que el
aprendizaje musical sea incorporado en los sistemas
educativos desde una mirada transversal al proponer que se
fomente a lo largo de la vida en los distintos espacios sociales.
Los primeros pasos formales de la ISME se empezaron a
dar en 1953 y, a la fecha, participan más de 80 países y se
han conseguido alianzas con el Consejo Internacional de la
Música (CIM) y la UNESCO. Estas redes no son meros
compromisos, sino que son alianzas activistas que trabajan
de manera colaborativa, ya que, por un lado, la CIM
propuso en el 2001 los Cinco Derechos de la Música1:
derecho de niños y adultos a expresarse musicalmente en
libertad; derecho de niños y adultos a aprender lenguajes y
habilidades musicales diversos; derecho de niños y adultos a
interrelacionarse con la música por medio de la participación
directa, apreciación, creación y el acceso a la información;
derecho de todos los músicos a desarrollar su propia
expresión y a difundirla a través de los medios de
comunicación; y derecho de todos los músicos a obtener
reconocimiento y una retribución justa por su trabajo. Y, por
otro lado, la UNESCO publicó en el 2010 la Agenda de
Seúl, que sirvió para establecer tres objetivos para el
desarrollo de la educación artística: velar por que la
educación artística sea accesible, como elemento esencial y
sostenible de una educación renovada de gran calidad; velar
por que las actividades y los programas de educación
artística sean de gran calidad, tanto en su concepción como
en su ejecución; y aplicar los principios y las prácticas de la
educación artística para contribuir a la solución de los
problemas sociales y culturales del mundo contemporáneo.
Estas alianzas se han interesado en proponer el acceso a la
educacn mu sical como un derecho in alienable,
persiguiendo, a nuestro entender, los siguientes cuatro
propósitos:
1. Propiciar y asegurar la libertad para participar en la
vida cultural y musical.
2. Promover la igualdad de oportunidades en el acceso
a la educación musical, la que se entiende como un
elemento fundamental y sostenible.
3. Fomentar la interacción social mediante la música
bajo lineamientos de convivencia segura, pacífica y libre
de discriminación para contribuir a la solución de
problemas culturales actuales.
4. Garantizar y defender la dignidad laboral en
ámbitos musicales.
Estos antecedentes dan cuenta de esfuerzos
institucionales para que la actividad musical en general se
entienda bajo el prisma de derechos iguales e inalienables.
Sin embargo, el panorama que enfrenta la educación musical
es adverso porque pierde espacio en los currículos escolares
(Aróstegui, 2016), transfiriéndose así la responsabilidad
formativa a las instituciones privadas, lo que implica que el
acceso al apren dizaje music al estaría quedando
principalmente al alcance de quienes pueden costear la
compra de instrumentos musicales y el pago de aranceles en
conservatorios o escuelas privadas de música (Bath y otros,
2020; Spruce, 2017). Por consiguiente, la educación musical
presenta tensiones en términos de igualdad y equidad (Yob,
2020), ya que mientras la igualdad “exige que todos tengan
las mismas oportunidades y acceso a los recursos” (p. 18), la
equidad “no puede determinarse únicamente por la
cantidad, puesto que existen diferencias en los tipos de
ofertas que se ofrecen” (p. 18).
Desde los derechos humanos, la igualdad de
oportunidades y acceso es un asunto de orden sistémico,
recayendo la responsabilidad social y cultural en la
institucionalidad pública. Es decir, las responsables de
proveer las instalaciones y recursos económicos, físicos y
temporales para que se promueva el aprendizaje musical son
las oficinas gubernamentales de distinto nivel (ministerial,
municipal, territorial, entre otras), debiéndose garantizar
idealmente accesos libres y gratuitos más allá de las
circunstancias particulares que tenga cada persona. En
cambio, se vuelve más complejo atribuir responsabilidades
sociales y culturales desde la equidad, ya que el Artículo 26
de la DUDH, en su Disposición 2, establece que la
educación “tendrá por objeto el pleno desarrollo de la
personalidad humana”, lo que, a nuestro entender, implica
que la educación musical debe asegurar el pleno desarrollo
moral, ético, afectivo, espiritual, físico, intelectual y artístico.
El declive curricular de la educación musical va en
desmedro de la promoción general del pleno desarrollo,
puesto que sirve de obstáculo para el fomento de los
derechos humanos debido a que se limita la visión
integradora de la ciudadanía activa y la cultura democrática
(cf. Rusinek y Aróstegui, 2021). Por eso es importante tener
en cuenta que la educación musical por sola también
debería propender al aseguramiento del pleno desarrollo,
pero las pedagogías musicales que priorizan los saberes
artísticos, pasando por alto los aspectos morales, éticos,
Entender la educación musical como un derecho humano.
por Rolando Angel-Alvarado, Universidad Alberto Hurtado (Chile) y Rosalía Trejo León, Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo
(México).
REVISTA INTERNACIONAL DE EDUCACIÓN MUSICAL. Nº 10, 2022.
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afectivos y espirituales inducirían hacia la deshumanización
porque no favorecerían el pleno desarrollo. La educación
musical deshumanizadora queda a la vista cuando Human
Rights Watch reporta que las clases de música no suelen
orientarse hacia la Educación en Derechos Humanos (EDH)
porque se priorizan los contenidos disciplinares cognoscitivos
e interpretativos, quedando en segundo o tercer plano los
asuntos de orden cívico y moral (2011).
La EDH se entiende, en palabras simples, como “una
educación problematizadora y política” (Magendzo-
Kolstrein, 2015, p. 48) que se centra en el empoderamiento,
la transformación social y la ciudadanía activa. Por lo tanto,
el profesorado de música no solo debe dominar los aspectos
teóricos y prácticos de la música y su pedagogía, sino que
también debe tener la capacidad para tomar decisiones
humanistas y sensatas, ya sea en asuntos educativos,
laborales, comunitarios o de construcción profesional.
Entonces, antes de humanizar la educación musical
debemos crear consciencia de que nuestra actividad
pedagógica se funda en el humanismo y que nuestro actuar
como docentes debe ser ejemplo humanizador. Muchas veces
ponemos la música por delante de la persona y, peor aún,
caemos en la romantización de tales conductas, como ocurre
con la figura de Terence Fletcher en la película Whiplash. En
este punto, vale recordar que Fernández Morante (2018)
expuso testimonios de estudiantes de música que han sufrido
violencia psicológica en los conservatorios de música y
aquello, desde el prisma de la EDH, es inaceptable porque
no s olo d a cuen ta d e una e duca ción musi cal
deshumanizadora, sino que también deja en evidencia una
vulneración a la dignidad humana.
Ningún afán pedagógico justifica que se obvien los
derechos humanos y en eso debería existir un consenso
acérrimo, siendo imperioso que comencemos a establecer
medidas reparadoras para avanzar hacia prácticas
pedagógicas humanizadoras. Por lo dicho, de nada nos sirve
como sociedad formar personas altamente competentes en lo
teórico y en lo práctico si estas prescinden de la capacidad
para defender la dignidad humana (Marchesi, 2010). Esto
nos insta a abrazar la EDH, lo que incita la problematización
de las prácticas pedagógicas.
Por ejemplo, la pandemia COVID-19 ha representado
un estan camie nto e incluso un ret ro ceso en l a
implementación de políticas culturales (Baltà, 2022), lo que
obligó a rediseñar las estrategias de trabajo y aprendizaje, ya
sea en lo concerniente al ensayo musical, la publicación de
conciertos, la impartición de clases y la difusión de las
actividades culturales (López-Íñiguez y otros, 2022a; 2022b).
La música representó una vía de liberación emocional
durante los momentos más duros del confinamiento. Sin
embargo, los asuntos de dignidad laboral han sido una
materia pendiente a nivel sistémico porque las condiciones
laborales del sector musical se precarizaron. De ahí que
cobren valor las acciones activistas que apuestan por la
supervivencia de la profesión, dándole la vuelta al destino
que determinan los gobiernos por medio de las escasas o
nulas políticas culturales que apuntan al salvataje del sector
(Moreno, 2022).
La EDH cobra así relevancia en el campo de la
educación musical, ya que orienta la pedagogía musical hacia
la dignificación de la persona humana, salvaguardando su
bienestar durante los procesos de enseñanza y aprendizaje
con el afán de propiciar la construcción plena de una
identidad musical cargada de experiencias comunitarias
pacíficas, seguras y libres de violencia y discriminación.
Entender la educación musical como derecho humano no se
limita, entonces, a las perspectivas de igualdad educativa que
buscan garantizar las agencias supranacionales, sino que
también abarca las estrategias formativas basadas en la
equidad, las que deberían ofrecerse en los distintos espacios
educativo-musicales. En concreto, la equidad implica
democratizar el conocimiento no solo en términos de acceso,
también en lo que respecta a la calidad de la oferta
formativa, curricular, infraestructural, pedagógica y
socioeducativa.
En este monográfico de la Revista Internacional de Educación
Musical se publican cuatro artículos que ahondan y discuten
la equidad educativa, poniendo en debate la democratización
del conocimiento desde la perspectiva del pleno desarrollo
que promueve la DUDH. A 12 años de publicación de la
Agenda de Seúl, estos artículos cobran importancia porque
dan cuenta del retraso que existe, particularmente en
América Latina, respecto a la noción de educación musical
humanizadora y el acceso al aprendizaje musical como un
derecho humano que contribuye a la ciudadanía activa, la
transformación social y el empoderamiento. Cada una de las
publicaciones que aquí se difunden hacen referencia a uno de
los cuatro propósitos que definen, a nuestro entender, las
alianzas gestadas entre las agencias supranacionales.
El primer artículo se plantea desde la dignidad laboral,
ya que Cristina Rolim Wolffenbüttel reporta los escasos
concursos de oposición que se convocan en el sur de Brasil
para contratar docentes que se hagan cargo de la enseñanza
de la música, evidenciándose ambigüedades legales, pues las
políticas públicas han dependido de la interpretación que
hacen las administraciones educativas, siendo aquel factor el
motivo que incide en la limitada contratación efectiva de
docentes de música.
El segundo trabajo se plantea desde la interacción social,
pues Jusamara Souza y Ana Lucía Frega toman posición en
favor de los fundamentos establecidos por la DUDH,
profundizando en tres grandes ejes: 1) educación musical en
la cultura para la paz; 2) educación musical en la
interculturalidad; 3) educación musical en los proyectos de
transformación social.
El tercer texto ahonda en la comprensión de la
educación musical como un elemento fundamental y
sostenible, ya que Anderson Brasil y Cícero da Silva discuten
respecto a la evaluación de aprendizajes y su pertinencia
humanista y contextualizada en la Educación del Campo.
Por último, el cuarto texto pertenece a Teresa Mateiro,
quien ahonda en la libertad para participar en la vida
cultural porque, por un lado, informa la experiencia que han
vivido escolares brasileños al asistir a presentaciones de
música en vivo y, por otro, expone relatos que ilustran la
presencia curricular de la educación musical en las escuelas
brasileñas de los últimos 50 años, lo que da lugar a
problematizaciones e interpelaciones.
Para finalizar, quisiéramos invitarles a leer este
monográfico en lo inmediato. No obstante, les instamos
también a emprender proyectos de investigación que
problematicen distintos ámbitos y aspectos de la educación
musical, ya sea que se imparta en el sistema escolar, de
educación superior o en contextos diversificados, como, por
REVISTA INTERNACIONAL DE EDUCACIÓN MUSICAL. Nº 10, 2022.
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ejemplo, las clases virtuales por plataformas en línea. Es
tiempo de repensar el rol de la enseñanza musical,
levantando cuestionamientos que pongan en debate el rol de
la profesión pedagógico-musical y los valores que se le
atribuyen, puesto que la labor se desempeña hoy en un
escenario marcado por la diversidad cultural, la polarización
ideológica y el cambio climático. Este escenario vertiginoso y
cambiante requiere de la humanización de la educación
musical, pues los temas controversiales se tratarán desde
miradas constructivas, resilientes y dialogantes solo si la
pedagogía musical se compromete con los derechos
humanos, salvaguardando la dignidad humana por encima
de todo, sin excepciones a la regla.
Notas
1 Disponible en https://www.imc-cim.org/about-imc-
separator/regional-councils/comta.html
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REVISTA INTERNACIONAL DE EDUCACIÓN MUSICAL. Nº 10, 2022.
Revista
Internacional
de Educación
Musical
ISSN: 2307-4841
REVISTA INTERNACIONAL DE EDUCACIÓN MUSICAL. Nº 10, 2022.
Sobre los Autores
Rolando Angel-Alvarado
Profesor de Educación Musical por la Universidad de
Playa Ancha y Doctor Internacional en Humanidades y
Ciencias Sociales por la Universidad Pública de Navarra.
El 2016 fue premiado como Investigador Emergente por la
European Educational Research Association (EERA).
Como académico, ha impartido cursos en la Universidad
de Chile, la UPNA y la Universidad de Academia
Humanismo Cristiano. Actualmente, desempeña funciones
en el Instituto de Música de la Universidad Alberto
Hurtado e integra los comités editoriales de IJME y RIEM.
RosalíaTrejo León
Profesora del Instituto de Artes de la Universidad
Autónoma del Estado de Hidalgo en México. Doctora en
Música, área Educación Musical por la Universidad
Federal de Río Grande del Sur, Brasil (2017). Es parte del
grupo de investigación Educación Musical y Cotidiano -
EMCO de la UFRGS desde 2008. Magister en Didáctica
de la Música por la Universidad CAECE de Buenos Aires,
Argentina (2009) y Licenciada en Educación Musical por
la Universidad Veracruzana, México (2005). Fue profesora
de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, BUAP
(2009-2013) y profesora colaboradora del Instituto
Multidisciplinario de Especialización, IME, Oaxaca
(2010-2018).
Rolando Angel-Alvarado
Universidad Alberto Hurtado
Calle Almirante Barroso 31, oficina 303
8340540 Santiago
Chile
rangel@uahurtado.cl
EQUIPO EDITORIAL
Editores:
José Luis Aróstegui Plaza, Universidad de Granada (España)
Guadalupe López Íñiguez, Academia Sibelius (Finlandia)
Rosa María Serrano Pastor, Universidad de Zaragoza (España)
Consejo Editorial
Carlos Abril. Universidad de Miami, Estados Unidos.
Rolando Angel-Alvarado. Universidad Alberto Hurtado, Chile.
Leonardo Borne. Universidad Federal de Mato Grosso, Brasil.
Alberto Cabedo Mas. Universidad Jaime I, España.
Diego Calderón Garrido. Universidad de Barcelona, España.
Raúl Wenceslao Capistrán Gracia. Universidad Autónoma de
Aguascalientes, México.
Carmen Carrillo Aguilera. Universidad Internacional de Cataluña,
España.
Óscar Casanova López. Universidad de Zaragoza, España.
Amalia Casas-Mas. Universidad Complutense de Madrid, España.
José Joaquín García Merino. IES Bahía Marbella, España.
Josep Gustems Carnicer. Universidad de Barcelona, España.
Dafna Kohn. Instituto Levinski de Tel-Aviv, Israel.
Mari Paz López-Peláez Casella, Universidad de Jaén, España.
Daniel Mateos Moreno. Universidad de Málaga, España
Luis Nuño Fernández. Universidad Politécnica de Valencia, España
Lluïsa Pardàs i Feliú. Conservatorio Issac Albéniz de Gerona,
España
Jèssica Pérez Moreno. Universidad Autónoma de Barcelona,
España.
Susana Sarfson Gleizer. Universidad de Zaragoza, España.
Patrick K. Schmidt. Universidad de Ontario Occidental, Canadá.
Giuseppe Sellari. Universidad de Roma-Tor Vergata, Italia.
Euridiana Silva. Universidad del Estado de Santa Catarina, Brasil
Mónica María Tobo. Universidad Pedagógica y Tecnológica
de!Colombia.
Ana Mercedes Vernia. Universidad Jaime I, España.
Maria Helena Vieira. Universidad del Miño, Portugal.
Article
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In this article, the authors addressed the insufficient academic treatment offered to the participation of women from Pinar del Río in musical pedagogy. Therefore, it proposes a study on the participation of women from Pinar del Río in musical pedagogy during the first half of the 20th century, from a socio-historical, cultural and gender perspective. Various theoretical methods were used such as dialectical, historical-logical, ethnographic, as well as analysis and synthesis. Within the empirical methods, they apply the interview and the documentary analysis, in addition to the publicist sources of the investigated historical period, together with the oral sources. As a result, it shows the contribution of women from Pinar del Río to the teaching of music with solid contributions to didactics, from their work in the academies, in a context characterized by a rigid social organization, in which professionalism was seriously damaged by erroneous approaches. Of gender, by rejecting free female public expression, minimizing their training capacities and the knowledge they transmitted. Also damaged by the effects of Pinar del Río's function of economic, political and social subordination, as a historical region to the nearby capital of Havana. Therefore, to make visible the contributions made by Pinar del Río women in this sense, to contribute to dignifying their image in the field of artistic culture, education and pedagogy from Pinar del Río and Cuba, as well as to strengthen the identity and the local intangible cultural heritage and nationals.
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The widespread cancelation of cultural events during the early 2020 stages of the COVID-19 pandemic led professional performing musicians across the world to experience an increasing economic fragility that threatened their health and wellbeing. Within this “new normal,” developing countries have been at a higher risk due to their vulnerable health systems and cultural policies. Even in such difficult times, the music profession requires musicians to keep up their practicing routines, even if they have no professional commitments. This is because high level technical and expressive skills are crucial to sustaining a music career at a high performance level. However, it could be expected that not all musicians might have had the same engagement with music practice during lockdowns. In this study, we studied the experiences of 309 professional classical musicians based in European and Latin American countries with different levels of performing experience to examine their passionate (or lack thereof) engagement with music practice. Through the mixed methods combination of multigroup invariance and narrative analyses, we identified distinct profiles of musicians who displayed more harmonious or more obsessive passion orientations before and at the peak of the pandemic. We observed that musicians with higher levels of harmonious passion in particular were more capable of sustaining their practice at the peak of the pandemic and that these musicians were mostly located in Latin America—a paradox, considering that cultural politics supporting the careers of professional performing musicians and entrepreneurial education in Latin America are lacking to a great extent, especially in comparison with the European context. We explain this in terms of the “forced” self-management embraced by musicians in Latin American countries who want to engage with music practice both before and during the COVID-19 pandemic even if the music profession does not generate enough revenue for them.
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In the past 2 years our world has experienced huge disruptions because of COVID-19. The performing arts has not been insulated from these tumultuous events with the entire music industry being thrown into a state of instability due to the paralyzing effects of the COVID-19 pandemic. In this study, we examined how classical professional musicians’ ability to cope with uncertainty, economic struggles, and work-life interplay during COVID-19 was influenced by various factors that affect a crucial part of the development and sustainment of music careers: musicians’ practice. We analyzed responses to an online survey of 309 classical performing musicians from 41 countries in Europe and Latin America across three pandemic stages: immediately before the pandemic, during the pandemic, and when vaccines were being made available and lockdowns were being reduced or lifted. Structural equation modeling indicates relationships between perceptions of threat at the peak of the pandemic and the musicians Self- or External-Based Motivation for the three periods in which respondents were asked to reflect. Findings suggest that musicians who are more internally self-motivated seemed to be more resilient to the pandemic threats and more capable of managing their practicing routines, whereas more externally motivated musicians experienced a reduction in their dedicated time to practice during lockdown. We suggest pedagogical and policy implications, as well as future lines of research that are oriented toward supporting professional musicians in assessing and understanding their motivational drives so that they can cope with situations that disrupt their professional lives.
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Este trabajo presenta un análisis de la todavía escasa bibliografía referente a la violencia en educación musical, desde la etnografía (Kingsbury, 1988; Nettl, 1995) a los estudios de caso (Musumeci, 2005; 2008), análisis biográficos (Smilde, 2009 a ; 2009 b) y un punto de vista más organizacional centrado en las condiciones de trabajo en las que se evidencia el acoso en empleos que tienen que ver con e l a r t e (Q u i g g , 2 0 1 1). Posiblemente el mayor tabú que existe alrededor de la enseñanza musical formal es la utilización intencional de la violencia p s i c o l ó g i c a e n l a s a u l a s , especialmente en los niveles de f o r m a c i ó n s u p e r i o r. L a s investigaciones evidencian cómo d e s a f o r t u n a d a m e n t e e s t a problemática sigue presente. En ellas se recogen testimonios de alumnos que sufrieron violencia psicológica durante su formación musical, lo que comienza a poner luz sobre un aspecto que todos los agentes educativos con suficiente experiencia en los conservatorios hemos conocido: casos más o menos graves relacionados con la violencia psicológica y/o sexual. Para finalizar se sugieren algunas medidas que permitan a los conservatorios enfrentarse a esta cuestión. La ausencia de violencia es una condición irrenunciable para la calidad de vida desde la educación musical.
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This article addresses the provision of music education in schools in England, arguing that access to music education is the right of every child and therefore that a high‐quality and sustained curriculum offer must be provided in all state‐funded schools. Music education in England is widely recognised as being marginalised in state schools, despite it being a statutory requirement as part of the National Curriculum. This policy review examines several threats to music education, such as accountability measures, funding cuts, curriculum narrowing and erosion of the teaching workforce, identifying some of the key evidence in each case.
Article
Through the prism of the two main paradigms of social justice – ‘distributive’ and ‘relational’ – and drawing on the concept of ‘discourse’, this article examines how more socially just approaches might be embedded in the classroom music education of young people in the upper primary and lower secondary schools (9–13 years). In doing this, it also examines how the concept of social justice has been appropriated by some music education organisations – including El Sistema-influenced projects – as a form of legitimation. These approaches, I shall argue, often promote impoverished paradigms of social justice which restrict young people’s agency and meaningful participation in music education.
Article
This article seeks to explain the disjuncture between the decline of music education in schools and the importance music has in popular youth culture and in creativity within the new knowledge economy. The data discussed in this article have been derived from analyses of major documents on curriculum reform as well as e-mail responses from music educators around the world. This analysis reveals that these music educators agree with the perception of a demise in music education around the world, as well as the significance of the disjuncture alluded to. The four major reasons found for the decline in music education are: (1) the model of curriculum supported in educational reforms; (2) an emphasis on standardized evaluation; (3) less resources available; and (4) a wrong approach on music advocacy.
Educación en Derechos Humanos y Educación Superior: una perspectiva controversial
  • A Magendzo-Kolstrein
Magendzo-Kolstrein, A. (2015). Educación en Derechos Humanos y Educación Superior: una perspectiva controversial. Reencuentro. Análisis de Problemas Universitarios, 7 0, 4 7 -6 9. D i s p o n i b l e e n h t t p s : / / reencuentro.xoc.uam.mx/index.php/reencuentro/ article/view/881/878
COVID-19: Testing times for the diversity of cultural expressions
  • J Baltà
Baltà, J. (2022). COVID-19: Testing times for the diversity of cultural expressions. In UNESCO (Ed.), Re-shaping policies for creativity: Addressing culture as a global public good (pp. 31-37). UNESCO.
HRW Student Task Force: Human Rights Watch Education Survey
Human Rights Watch (2011). HRW Student Task Force: Human Rights Watch Education Survey. Disponible en h t t p : / / w w w. h r w s t f. o r g / h r e p o r t a l / d o c s / hrwstf_2011hre_survey_web.pdf