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Migraciones | n.º 55 | 1-19 [2022] [ISSN 2341-0833]
DOI: https://doi.org/10.14422/mig.2022.003
“Pagar el seguro a la chacha”. Informalidad
y protección social en mujeres migrantes
trabajadoras del hogar
“To pay the insurance to the maid”. Informality
and Social Protection of Migrant Domestic
Workers
Gabriela Poblet
Universitat Autònoma de Barcelona
E-mail: gabriela.poblet@uab.cat
ORCID: https://orcid.org/0000-0002-8861-9339
Autor
La desprotección de las trabajadoras del hogar ha sido una cuestión reiteradamente postergada
por la legislación española y a su vez es consecuencia de la informalidad en el sector domésti-
co, que obedece a factores económicos, políticos y culturales. La alta informalidad del sector
condena a las trabajadoras del hogar, en su mayoría mujeres migrantes, a estar fuera del sistema
de protección social y también a una “precariedad sobrevenida” en una etapa prejubilatoria, a
pesar del acceso a la ciudadanía. Este artículo analiza la informalidad en el servicio doméstico
y el acceso a la protección social de mujeres migrantes trabajadoras del hogar, incluyendo la
Protección Social Transnacional, desde una perspectiva longitudinal y de género, teniendo en
cuenta las diferentes etapas migratorias y vitales.
The lack of protection of domestic workers has been repeatedly postponed by Spanish legislation
and also is consequence of informality in the domestic sector, due to economic, political and cul-
tural factors. The high informality of the sector condemns domestic workers, mostly migrant
women, to be outside the Social Protection System and also to a return to precariousness in a pre-
retirement stage, despite access to citizenship. This article analyses informality in domestic ser-
vice and access to Social Protection for migrant women domestic workers, including Transna-
tional Social Protection, from a longitudinal and gender perspective, taking into account the
different migratory and vital stages.
Resumen
Trabajadoras del hogar; mujeres migrantes; protección social; informalidad; división interna-
cional del trabajo reproductivo
Domestic workers; migrant women; social protection; informality; international division of re-
productive labour
Key words
Recibido: 10/01/2020. Aceptado: 20/04/2022 Fechas
2Migraciones | 1-19 [2022] [ISSN 2341-0833]
DOI: https://doi.org/10.14422/mig.2022.003
1. Introducción
El acceso a la protección social de trabajadoras del hogar ha sido una cuestión reiteradamente
postergada en España, pero que, sin embargo, concierne a toda la sociedad, en tanto que son
mujeres y trabajadoras responsables de personas dependientes y del bienestar de los hogares.
Durante la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia del covid en la primavera de 2020, vol-
vió a surgir en la prensa cierta preocupación por la desprotección de las trabajadoras del ho-
gar y cuidados, quienes, paradójicamente, fueron consideradas como una de las ocupaciones
“esenciales” por el Gobierno. Esta desprotección se debe a que muchas de ellas son mujeres
migrantes en situación irregular, pero también a la alta informalidad del sector que —aunque
las mujeres estén regularizadas o sean ciudadanas— es una situación que se perpetúa y que las
condena a estar fuera del sistema de protección social.
Este artículo analiza la informalidad en el sector doméstico y la consecuente desprotección
social de las trabajadoras del hogar migrantes en el marco de la división internacional del tra-
bajo reproductivo. Para ello, se analizan trayectorias migratorias y laborales de una muestra
de mujeres migrantes desde una perspectiva longitudinal y de género. En una primera parte
del artículo se hará un breve recorrido sobre la acción protectora en la legislación del sector
doméstico en España con el objetivo de contextualizar el análisis longitudinal y hacer una es-
pecial referencia a la última reforma legislativa concretada en 2011. En una segunda parte se
analizarán las causas de la informalidad en las distintas etapas del proceso migratorio y vital
de mujeres migrantes, haciendo especial énfasis en la etapa prejubilatoria, para luego explicar
las estrategias de acceso a los diferentes tipos de protección social, incluyendo la Protección
Social Transnacional (PST) al final de su trayectoria laboral.
2. Migraciones, servicio doméstico y globalización
Las migraciones internacionales de mujeres en relación con la demanda de mano de obra en
el sector doméstico y de cuidados es un ámbito de estudio ampliamente analizado desde la
academia a partir de la década del noventa desde diferentes marcos, enfoques y disciplinas. Las
“cadenas globales del cuidado” (Hoschschild, 2001) como marco teórico y la introducción
del concepto de división internacional del trabajo reproductivo (Parreñas, 2014) permitieron
explicar cómo la desigualdad de género determina la migración, a la vez que se refieren a la
compra y venta del trabajo reproductivo en el marco de la economía globalizada. La perspec-
tiva desde la sociología de la globalización aportada por los estudios de Saskia Sassen (2003)
permitió ampliar el análisis y entender la feminización de las migraciones como una gran red
de relaciones entre personas, estados-nación y capitales. La migración de mujeres no se explica
solo por la demanda de cuidados, sino también por la feminización de la pobreza y de la super-
vivencia. En una línea similar, Nancy Fraser (2016) también puso el foco en el modelo econó-
mico y en el sistema productivo capitalista que en los últimos cuarenta años ha consolidado
el capitalismo financiero y que tiene como eje-objetivo la total precarización del mercado de
trabajo, los salarios bajos y la cada vez más agudizada falta de protección social. Fraser (2016),
al igual que otras autoras como Kofman (2010), recupera el concepto de reproducción social
para referirse a una “crisis de los cuidados” en el sentido más amplio, como el modelo vigente
que refuerza las desigualdades globales en base al género, la clase y la raza.
Desde este marco más amplio de internacionalización del trabajo reproductivo es que se pro-
pone analizar la falta de protección social de las mujeres migrantes trabajadoras del hogar du-
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rante las distintas etapas de sus trayectorias migratorias hasta llegar a la etapa prejubilatoria,
un momento donde además ya tienen el estatus de ciudadanía. ¿Qué consecuencias tiene para
ellas la reiterada informalidad en el servicio doméstico? ¿Continúa siendo la informalidad una
cuestión ligada a los derechos de ciudadanía o depende también de otros factores? ¿Qué estra-
tegias se plantean las mujeres para contrarrestar la falta de protección social? ¿A qué responde
esta alta y reiterada informalidad en el servicio doméstico y de cuidados?
3. Metodología
El análisis central de este artículo se basa en una metodología cualitativa y comparativa a par-
tir de una submuestra de conveniencia (Bernard, 2012) de mujeres migrantes que trabajan o
han trabajado en el sector doméstico y de cuidados en la ciudad de Barcelona y su área me-
tropolitana. Los casos fueron seleccionados a partir de un trabajo etnográfico1 más amplio y
de larga duración que incluyó un total de 54 entrevistas en profundidad a mujeres migrantes
trabajadoras del hogar, 13 entrevistas a informantes clave (personas expertas, del Tercer Sector
y funcionariado), y observación participante.
La submuestra está constituida por mujeres de más de 45 años de edad, procedentes de distin-
tos países de América Latina y de Rumanía, que han migrado a Barcelona desde los años 90
hasta avanzada la década del 2000. Todas las mujeres seleccionadas han trabajado más de diez
años en el servicio doméstico y continuaron trabajando aún después de obtener la nacionali-
dad española, en el caso de las mujeres latinoamericanas o el estatus de ciudadana de la UE,
en el caso de las mujeres rumanas. Los criterios de selección obedecen a su adecuación para
mostrar la informalidad en diferentes momentos de la migración y sus estrategias en relación
con el acceso a la protección social a lo largo de su trayectoria laboral, especialmente en la etapa
prejubilatoria. Además de la variedad de procedencias, esta submuestra incluye también una
variedad en cuanto a sus dinámicas familiares, como se puede observar en la siguiente tabla:
Tabla 1. Submuestra seleccionada
Seudónimo Procedencia Edad* Año de
llegada
Situación
jurídica Situación familiar
Juana República Do-
minicana 60 1992 Nacionalizada Casada, 3 hijos/as indepen-
dientes
Rosa Perú 63 1993 Nacionalizada Madre monoparental, hija
independiente
Nicoleta Rumanía 72 2002 Ciudadana UE Divorciada. 1 hijo, 1 hija in-
dependientes
Marina Ecuador 65 2005 Nacionalizada Divorciada, 2 hijos/as en Es-
paña independientes, 1 hijo
en Ecuador
Victoria Paraguay 45 2005 Nacionalizada Casada, 2 hijos jóvenes
1 Tesis doctoral “’Vas a ganar el doble que aquí, migraciones, género y la sustitución permanente de trabajadoras
del hogar”. Emigra-CER-Migraciones, Departamento de Antropología Social y Cultural, Universidad Autónoma
de Barcelona.
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Seudónimo Procedencia Edad* Año de
llegada
Situación
jurídica Situación familiar
Clarice Brasil 55 2005 Nacionalizada Soltera, sin hijos
Analía Ecuador 60 2005 Nacionalizada Divorciada, hijos adultos
con dificultades
Alina Rumanía 53 2008 Ciudadana UE Madre monoparental, hija
en Alemania
* En 2020, al momento de escribir el artículo.
El análisis sobre la informalidad y la protección social se ha complementado con material de
hemeroteca, fuentes de organismos oficiales y fuentes secundarias de otras investigaciones co-
mo parte de la revisión de la literatura producida.
4. La acción protectora del servicio doméstico en España:
breve historia de una exclusión
El servicio doméstico como actividad laboral remunerada es definido por la Organización In-
ternacional del Trabajo (OIT) como “el trabajo realizado en un hogar u hogares, o para los
mismos, y abarca múltiples tareas como limpieza, cocina, cuidado de niños, personas mayores
y personas con discapacidad, jardinería, cuidado de mascotas, o conducir el automóvil fami-
liar, que varían según los países”. Asimismo, la OIT sitúa el trabajo doméstico remunerado
como un sector laboral en el extremo inferior de los trabajadores de la economía del cuidado,
con largas jornadas, salarios bajos y muy escaso reconocimiento de “derechos laborales”2.
El caso de España no es una excepción. A pesar de que actualmente está regulado en el marco
del Estatuto de Trabajadores y de que se produjeron ciertos avances, en la práctica el servicio
doméstico como sector laboral presenta condiciones de explotación, alta informalidad y vul-
neración de derechos. Se trata de un sector laboral que tradicionalmente no se reconoció co-
mo tal, se excluyó de la acción protectora y que, aún hoy en día, opera en gran medida en la
economía sumergida. La alta feminización y el hecho de desarrollarse la actividad en el ámbito
privado del hogar constituyen los elementos que sirvieron de base argumentativa para excluir-
lo de la acción protectora durante más de un siglo.
A comienzos del siglo XX y después de algunos intentos de regularización del sector, el servi-
cio doméstico fue excluido de forma expresa en derechos y protecciones que otras ocupacio-
nes fueron ganando. En 1921 se excluyó al servicio doméstico del Régimen de Seguro Obre-
ro, y unos años después fue excluido de la Ley de Accidentes de Trabajo, de la Ley de Des-
canso Dominical, del Seguro de Maternidad y de la Ley de Jornada Máxima Laboral (Sallé,
1985; Colectivo Ioé, 2001; Otxoa, 2012; Espuny, 2014). Durante la Segunda República, el
reconocimiento que tuvo el sector doméstico amparado en la Ley de Contratos de Trabajo de
1931 no estuvo acompañado de una equiparación de las protecciones sociales (Otxoa, 2012;
Espuny, 2014), y con la dictadura franquista no se amparó ni siquiera la remuneración, ya que
el servicio doméstico era regulado por la Ley de Contrato de Trabajo de 1944 que lo definía
2 OIT, notas de prensa https://www.ilo.org/global/topics/domestic-workers/lang--es/index.htm
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como “el que se preste mediante jornal, sueldo, salario o remuneración de otro género, o sin
ella” (Sallé, 1985).
Durante los años 40, la desprotección del servicio doméstico motivó la creación de entidades
de previsión especiales para el sector. En 1957, por iniciativa de la Iglesia católica, se creó el
Montepío de Previsión Social Divina Pastora para el Servicio Doméstico (MDP), que cubría
prestaciones por enfermedad y accidente, auxilio al fallecido, pensión de jubilación o invali-
dez, subsidio de nupcialidad o vocación religiosa, asistencia en caso de paro forzoso, viaje por
enfermedad grave de familiares y situaciones de calamidad social o económica. Según los re-
gistros recopilados fueron pocas las mujeres afiliadas, por lo que las instituciones benéficas
siguieron teniendo un papel relevante en la ayuda a las clases populares (Farré y García, 2001).
En 1959, se creó el Montepío Nacional del Servicio Doméstico, cuyas prestaciones estaban a
cargo del Instituto Nacional de Previsión y la cotización se hacía mediante cupones registrados
en la cartilla de la trabajadora. Las prestaciones que incluían eran similares al MDP, incluyendo
también la dote matrimonial y subsidio para profesar alguna religión. Pero a diferencia del
MPD, el Montepío Nacional excluía a las mujeres casadas, una exclusión fundamentada en
la ideología de la domesticidad imperante en la época, que estipulaba que la esposa-madre al
encargarse del hogar, “no necesitaba trabajar”, por lo que la protección social quedaba a cargo
del marido, “cabeza de familia” y máxima autoridad (Cañabate, 2014).
La asistencia sanitaria del Montepío Nacional tenía algunas limitaciones en comparación al
resto de trabajadores y a pesar de este seguro, gran parte de la protección social de las trabaja-
doras domésticas quedaba a cargo de la familia para la cual se trabajaba, tal como lo recogía la
misma regulación del Montepío: “Quedará a cargo del señor de la casa, prestar los servicios en
caso de enfermedad de carácter leve, que no precisen especiales cuidados y cuyo proceso no
exceda de 7 días” (Farré y García, 2001).
En un principio, las afiliaciones al Montepío Nacional tuvieron una rápida expansión. A fi-
nes de 1960 las afiliadas eran 282766, a inicios de 1961 eran 322000 y a finales del mismo
año eran 336000 (Otxoa, 2012). Varias investigaciones coinciden que hasta 1970, el servicio
doméstico fue uno de los principales sectores laborales de las mujeres de la época (Borderías,
1993; Colectivo Ioé, 2001). Sin embargo, estas mismas investigaciones coinciden en que exis-
tía un alto porcentaje de informalidad en el sector. Se calcula que en 1950 había un total de
550216 personas ocupadas en el servicio del hogar y entre 1960 y 1970 las cifras oscilan entre
600000 trabajadoras hasta aproximadamente un millón, según diferentes estimaciones (Co-
lectivo Ioé, 2001; Otxoa, 2012). Esta baja afiliación (que no difiere tanto de la actual) debe
ser analizada dentro del modelo de la división sexual del trabajo y la ideología de la domestici-
dad. Muchas mujeres preferían definirse como “amas de casa” aunque en realidad realizaban
algunos trabajos fuera del hogar como “asistentas por horas”, y muchas otras valoraban que
las escasas protecciones “no compensaban la pérdida de los ingresos suplementarios que los
hombres podían obtener con el plus familiar” (Otxoa, 2012).
En 1966 se determinó la creación de Regímenes Especiales de cotización junto a un Régimen
General de la Seguridad Social (RGSS) y el servicio del hogar fue uno de ellos. En 1969 se firmó
el Decreto 2346/1969 del 25 de septiembre, que constituyó la regulación básica del Régimen
Especial de los Empleados de Hogar (REEH), y que perduraría hasta 2011. A pesar de que
en su momento la creación del REEH representó un avance, la acción protectora continuó
siendo discriminatoria e inferior a la del RGSS. Se excluyó la prestación por desempleo, no
se reconoció la categoría de enfermedad profesional y las bajas por enfermedad se cubrieron
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desde el día 29. La afiliación a la Seguridad Social y el pago de las cuotas quedaron a cargo de
la parte empleadora cuando se trataba de una trabajadora “fija” (de un solo hogar familiar).
Para el caso de las “asistentas por horas” o con empleo parcial se creó la figura de la trabajadora
discontinua con una cuota fija de 160 euros al mes. La obligatoriedad del alta en la Seguridad
Social era solo a partir de las 20 horas semanales, lo que durante años contribuyó a la infor-
malidad del sector. Con la democracia llegaría la legislación que regularía los derechos de las
trabajadoras del hogar mediante el Real Decreto 1424/1985, pero la mejora de la acción pro-
tectora fue postergada.
A finales de los ochenta, al mismo tiempo que las mujeres españolas iban abandonando el sec-
tor doméstico, creció la demanda de mano de obra para asistencia del hogar, cuidado de niños
y, sobre todo, cuidado de personas mayores debido al envejecimiento de la población. Esta de-
manda se cubrió con la llegada de trabajadoras extranjeras en un principio de República Do-
minicana, Perú y Filipinas (Oso, 1997; Gregorio-Gil, 1996; Escrivá, 2000; Ribas-Mateo, 2004)
en el marco de la economía global. El deficitario estado de bienestar y el modelo familista de
cuidados de las sociedades mediterráneas hicieron que “una inmigrante en la familia” (Bettio
et al., 2006) fuese la “solución” a los cuidados. A la exclusión del sector doméstico de la acción
protectora, a su “tradicional” informalidad y precariedad legitimadas por su feminización, se
sumó la irregularidad administrativa de las mujeres extranjeras que por su condición no po-
dían acceder a la protección social.
5. La reforma de 2011 y la acción protectora actual
Tras el pacto de Toledo de 1996, se comprobó que los regímenes especiales a la Seguridad
Social eran deficitarios y se acordó hacer un traspaso gradual al Régimen General. Desde en-
tonces, los diversos sectores que cotizaban en regímenes especiales como el campo y el carbón,
comenzaron las negociaciones para mejorar sus condiciones de cotización. El sector domésti-
co no contaba con una organización colectiva sólida ni fuerza sindical para negociar las condi-
ciones del traspaso, por lo que los sindicatos mayoritarios acabaron negociando “en bloque”
con el sector del campo (Poblet, 2020).
Durante la primera legislatura del Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero
(2004-2007) se discutió la propuesta para integrar a las empleadas del hogar en el Régimen
General de la Seguridad Social y poder mejorar su acción protectora3. La discusión entre go-
bierno, patronales y sindicatos mayoritarios giraba en torno sobre a quién recaería el costo de
la subida de las bases de cotización. El gobierno temía que encarecer las bases de cotización
fomentaría la economía sumergida, cuando la intención era la contraria. Las negociaciones
quedaron encalladas y la crisis económica de 2008 cambió rápidamente las prioridades del Go-
bierno. Los derechos sociales de las trabajadoras del hogar quedaron nuevamente postergados.
La reforma se concretó en plena recesión económica y el decreto se firmó poco tiempo antes
de que el Partido Socialista acabase la segunda legislatura en el año 2011. Con la aplicación
de la disposición adicional 39.º de la Ley 27/11, de 1 de agosto de 2011, el Régimen Especial
de Empleados de Hogar quedó eliminado y se creó el Sistema Especial de empleados de hogar
3 Ver, por ejemplo: “Las empleadas de hogar contarán con contrato de trabajo escrito e indefinido”, nota de
prensa El País. https://elpais.com/diario/2007/10/16/economia/1192485602_850215.html
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(SEEH) dentro del RGSS. Se estableció la obligación de cotizar desde la primera hora trabaja-
da, se eliminó la cuota fija y la cotización pasó a ser por tramos en función del salario con el
objetivo de integrarse en el RGSS de forma gradual hasta 2019. La mejora de la acción protec-
tora se fue incorporando a la legislación, hasta quedar prácticamente equiparada a la del Régi-
men General. Se amplió la protección por accidente de trabajo y la baja por enfermedad pasó a
ser desde el día 4. La discriminación se mantuvo en la no incorporación del servicio del hogar
en la Prevención de Riesgos Laborales y en la ausencia de prestación por desempleo. A pesar
de estas carencias, la reforma ha supuesto una mejora de la protección social de trabajadoras
del hogar, lo que permitió corroborar que la discriminación de las trabajadoras del hogar era
de carácter económico y político (Gala Durán, 2014). No obstante, también se trataba de un
necesario cambio cultural donde la responsabilidad estaba en la parte contratante. Tal como
lo expresó un alto funcionario de la Seguridad Social entrevistado en 2011: “Había como una
‘costumbre’ de no pagar el seguro a la chacha y esto tiene que cambiar”.
En un primer momento, la intención del gobierno socialista era responsabilizar a la parte con-
tratante del pago de la Seguridad Social (tal como sucede en el Régimen General) y se creó la
figura de la “familia empresaria”. Esto perjudicó fundamentalmente a las trabajadoras discon-
tinuas empleadas en varios domicilios y acostumbradas a pagar la cuota fija, quienes de pron-
to se vieron con enormes dificultades para conseguir que las familias contratantes accedan a
realizar el contrato y pagar la Seguridad Social. Para las mujeres extranjeras esta situación fue
aún más perjudicial ya que corrían el riesgo de no poder renovar el permiso de trabajo por falta
de cotización (Offenhenden, 2017). Ante este problema y viendo que las altas en la Seguridad
Social no aumentaban como se tenía previsto, seis meses después, el gobierno —ya en manos
del Partido Popular— emite el Real Decreto Ley 29/2012 para permitir nuevamente que las
trabajadoras paguen la cuota a la Seguridad Social. Esto produjo una contradicción. Por un
lado, se solucionó la situación de no depender de las familias empleadoras para el pago de la
cotización; pero, por otro lado, significó “un viaje de vuelta” (Gala Durán, 2014) ya que es una
medida que se aleja de los parámetros del Régimen General y que exime de la responsabilidad
a la familia empleadora.
Tabla 2. Resumen comparativo de la acción protectora
Régimen especial de
trabajadores del hogar
(1985-2011)
Sistema especial de empleados
del hogar (SEEH) (2011- ) Régimen General
Afiliación a la Seguri-
dad Social
Obligatorio a partir de las 20 horas
semanales Obligatorio desde la primera hora
trabajada Siempre
Responsabilidad de
afiliación a la S.S. e
ingreso cuotas
Empleador para trabajadoras fijas
Empleado para trabajadoras dis-
continuas
Empleador para trabajadoras fijas
Empleador o empleadas para traba-
jadoras discontinuas
Empresario
Cotización S.S. Cuota fija de 160 euros Por tramos en función del salario En función del salario
Baja por enfermedad A partir del día 29 A partir del día 4 A partir del día 4
Baja por accidente la-
boral
No Desde el día 1, con el 75% de las ba-
ses Desde el día 1, con el 75% de las ba-
ses
Prestaciones por
maternidad,
riesgo durante el
embarazo, lactancia,
muerte y superviven-
cia
Adquisición progresiva SÍ
(igual que el RG) SÍ
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Régimen especial de
trabajadores del hogar
(1985-2011)
Sistema especial de empleados
del hogar (SEEH) (2011- ) Régimen General
Prevención Riesgos
laborales
NO NO SÍ
Prestación por Des-
empleo
NO NO SÍ
Una vez más en la historia del sector doméstico, el resultado no fue el esperado: aumentaron
las afiliaciones un 28%, pero la recaudación a la Seguridad Social cayó un 4%4. Esto se produjo
debido a la reducción de la dedicación de las trabajadoras, real o ficticia, o bien se debió a
un descenso de su remuneración. Cualesquiera que sean los motivos, se trata de indicadores
de más precarización y demuestran que a pesar de las buenas intenciones iniciales, el Sistema
Especial lleva implícita la desigualdad de trato (Gala Duran, 2014), una desigualdad que se
reproduce en la práctica a partir de la informalidad y que también tiene un trasfondo cultural
de “no pagar el seguro a la chacha”.
6. Análisis comparativo de los casos seleccionados de mujeres
migrantes
La irregularidad laboral —o informalidad— es una preocupación compartida por la OIT,
sindicatos, gobiernos y movimientos sociales del sector, que en España no se ha podido resol-
ver con las reformas implementadas. En 2020, antes de la crisis sanitaria, se registraban en el
SEEH un total de 394171 trabajadoras, pero según la Encuesta de Población Activa (EPA),
al cierre de 2019 en España había 580500 empleadas de hogar, lo que resulta un claro indicio
de informalidad. La OIT sitúa la tasa de informalidad del servicio doméstico en un 30% pero
según las cifras, en España podría ser más. En un informe de Comisiones Obreras de 20175
se señalaba que la irregularidad laboral en el trabajo del hogar es ocho veces superior a la del
total de ramas de actividad económica y que se da fundamentalmente en las mujeres extran-
jeras, más que en los hombres extranjeros, con una tasa de irregularidad del 9%. Es decir, la
informalidad6 también tiene género, y se traduce en la falta de protección social.
Para facilitar el análisis comparativo de los casos seleccionados se diferencian 4 etapas en las
trayectorias migratorias de las mujeres según el acceso a la protección social: una primera etapa
de irregularidad o “sin papeles” en la cual las trabajadoras tienen restringidos sus derechos de
ciudadanía; una segunda etapa en la cual se obtiene el permiso de trabajo temporal; una tercera
etapa donde la mayoría de mujeres ya tiene garantizada la residencia permanente o acceden
a la nacionalidad española; y una cuarta etapa, que interesa especialmente para este análisis,
denominada “etapa prejubilatoria”. Se trata de una etapa vital entre los 55 y 65 años o más
4 Nota de prensa, Europa Press (01/10/2012) https://www.europapress.es/epsocial/igualdad/noticia-afiliacio-
nes-empleadas-hogar-aumentan-28-recaudacion-cae-20121001185417.html
5 Informe CERES, 2017 (CC.OO.),
6 En adelante se utiliza el término informalidad para diferenciarla de la irregularidad causada por la extranjería.
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donde las mujeres “planean” el retiro o la jubilación con diferentes estrategias para asegurarse
una protección social.
6.1. Etapa en situación irregular: la exclusión
El proyecto migratorio se diseña como un proyecto emancipador a mediano o largo plazo,
donde el servicio doméstico resulta un “tránsito obligado” (Gil-Araujo y González, 2012) para
muchas mujeres que no tienen oportunidades en otros sectores o que se encuentran en situa-
ción irregular. Las mujeres recién llegadas tienen como primer objetivo “conseguir los pape-
les”, y prácticamente la única posibilidad viable que se presenta es “aguantar de interna” (en
sus palabras) al menos tres años para acceder a la regularización. Esto implica que muchas ten-
gan que soportar condiciones de explotación, aislamiento y en ocasiones acoso sexual (Bofill y
Veliz, 2019; Poblet, 2020). Algunas mujeres se incorporan en el servicio doméstico en casas de
familias de renta alta y otras en el cuidado de personas mayores. En esta etapa “sin papeles”, el
acceso a la protección social en principio es nulo ya que está ligado a la condición de regulari-
dad. No obstante, en España existe el acceso a la asistencia sanitaria “en las mismas condicio-
nes de los españoles” con el requisito del padrón, un aspecto incorporado en la reforma de la
Ley de Extranjería en el año 20007. Las mujeres llegadas en la década del noventa explican que
en esta etapa tenían más dificultades para acceder a la sanidad y algunas recurrían a entidades
benéficas. Algunas que trabajaban de internas explican que cuando tenían un problema de
salud, la familia empleadora “se hacía cargo”, comprando medicinas, ofreciendo infusiones o
facilitando el reposo de la trabajadora, una situación que recuerda a la época del Montepío y
que se continúa dando en la actualidad, a veces con carácter de responsabilidad del bienestar
de la trabajadora y a veces con carácter paternalista. Son conocidos también casos de trabaja-
doras internas que son “abandonadas” en un hospital o a quienes no le dan permisos para ir a
realizar una visita médica (Offenhenden, 2013; Poblet, 2020).
En los últimos años se han detectado casos de mujeres migrantes que no acceden a la asistencia
sanitaria por dificultades para empadronarse, burocracia de los centros de salud o mecanismos
de racismo institucional (Poblet, 2020). También hay casos de mujeres migrantes que optan
por los seguros privados de salud.
6.2. Etapa con permiso de trabajo temporal: el desequilibrio
Cuando se accede a la regularización, las mujeres migrantes se plantean otras opciones de em-
pleo fuera del servicio doméstico. Muchas no lo consiguen por diversas dificultades como la
falta de formación homologada, una débil red de capital social o discriminación directa. Quie-
nes permanecen en el servicio doméstico suelen dejar el trabajo en régimen interno y se em-
plean en el régimen externo o por horas con múltiples empleadores (Poblet, 2017). Las muje-
res de más edad suelen emplearse como cuidadoras de personas mayores o “acompañantes”.
Para quienes permanecen en el servicio doméstico, la dificultad principal es la cotización a
la Seguridad Social, un requisito imprescindible para renovar el permiso de trabajo o bien
para tramitar la reagrupación familiar. Todas las mujeres comentan que durante esta etapa de
7 En 2012 se restringió el acceso a la sanidad mediante una disposición promovida por el gobierno popular, pero
en Catalunya tuvo poco efecto.
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permiso de trabajo temporal les ha resultado sumamente difícil formalizar la relación laboral
con sus empleadores para obtener el alta en la Seguridad Social. Algunas mujeres ni siquiera lo
intentaron por estar convencidas de ante mano de encontrarse con una negativa o por miedo
a perder el trabajo.
En esta etapa, las mujeres más perjudicadas en relación al acceso a la protección social son las
trabajadoras por horas. Al encontrarse con reticencias para pagar las cuotas de la Seguridad
Social por parte de sus empleadores, la mayoría de las trabajadoras opta por pagarlas por su
cuenta, tal como lo permite el RD 29/2012, una situación que en la práctica genera un impor-
tante “desequilibrio” en la economía de las trabajadoras (Offenhenden, 2017). Para ilustrar
este “desequilibrio”, se recoge como fuente secundaria el caso de Meri (trabajadora por horas
con 5 empleadores) analizado en una investigación etnográfica realizada por María Offenhen-
den (2017). Meri declaró que trabajaba con cada empleador 4 horas semanales. A un costo de
10 euros la hora, recibía por cada empleador 160 euros al mes, lo que le suponía para ella un
total de ingresos de 800 euros. Según el primer tramo de cotización, a Meri le tocaba pagar por
cada relación laboral 36,82 euros al mes, lo que le sumaba un total de 184,10 euros, el 23% de
sus ingresos, mientras que a cada empleador le hubiera costado “solo” 36 euros. Para solventar
el costo total de la Seguridad Social, Meri pidió un préstamo que debió pagar durante años.
Al igual que el caso de Meri, el “desequilibrio” que se produce en esta etapa trae importantes
consecuencias para las trabajadoras y el costo que supone afrontar esta situación es uno de los
principales motivos por el que muchas trabajadoras dejan de pagar la Seguridad Social cuan-
do ya no tienen que renovar el permiso de trabajo. Algunas trabajadoras deciden continuar
pagando la Seguridad Social, pero optan por cotizar lo mínimo, o solo cotizan por uno o dos
empleadores cuando en realidad trabajan para más, deviniendo en lo que se podría denominar
una infracotización, es decir, cotizar muy por debajo de lo que realmente se trabaja, algo que
a la larga perjudica el acceso a la protección social de la trabajadora.
En resumen, en esta etapa se hacen evidentes las consecuencias de la despreocupación de la
parte empleadora, arraigada en la “costumbre de no pagar el seguro a la chacha” como patrón
cultural. Las trabajadoras afrontan las consecuencias de hacerse cargo de la Seguridad Social
“por su cuenta” o bien la situación deriva en la “infracotización”, y la protección social como
objetivo queda relegada.
6.3. Etapa con nacionalidad o residencia permanente: ¿ciudadanas?
En el caso de obtener la residencia permanente, la nacionalidad o ser ciudadana europea, con-
trariamente a lo que se puede pensar, se suele producir una vuelta a la informalidad, sobre
todo en el trabajo por horas. Algunos relatos de trabajadoras explican por qué se reproduce la
informalidad y qué hay detrás de esta “costumbre de no pagar el seguro a la chacha”. Se trata
de una serie de factores que van desde motivos económicos, hasta la falta de información y
el tipo de proyecto migratorio, si es de arraigo o retorno. El caso de Victoria (de Paraguay)
es ilustrativo de una situación recurrente. Victoria pagaba la cuota de la Seguridad Social de
160 euros (antes de la reforma) mientras tenía que renovar el permiso de trabajo, pero después
de obtener la nacionalidad española, dejó de pagarla “porque no le hizo falta”. En los últimos
años solo una de las cuatro familias para las cuales trabajaba le había tramitado el alta en la Se-
guridad Social, pero al cabo de un tiempo le ofrecieron dejar de pagar la cuota de la Seguridad
Social y darle el dinero a ella. Victoria estuvo de acuerdo y así lo explica:
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Me dijeron, no tienes derecho ni para un paquete de arroz […]. Entonces cuando conse-
guí la nacionalidad dije basta, para qué voy a pagar esto. Me estuvieron pagando la gente
con la que yo estaba trabajando por horas, y me quitaban un poquito… Pero claro, a
mí no me convenía. Era como tirarlo, ellos me dijeron, parece que me leyeron la mente,
mira, vamos a quitarte esto y te pagamos más […]. (Victoria, inmigrante paraguaya)
Aparentemente, la decisión de Victoria se basa en la idea de tener mayor rentabilidad a corto
plazo para enviar remesas, ahorrar o simplemente para llegar a fin de mes. Al momento de la
entrevista (en 2018), Victoria trabajaba un total de 16 horas semanales, su marido y su hijo
mayor aportaban más ingresos en el hogar y ella se planteó dejar progresivamente el servicio
doméstico y dedicarse a estudiar. Al preguntar por la necesidad de cotización para la jubila-
ción, Victoria explica que su plan a largo plazo es retornar a Paraguay donde están “pagando
un terrenito”.
Más allá de la legítima decisión de Victoria en función de su proyecto de vida, detrás de esta
situación de informalidad “por elección”, se observa una confusión de la información que
implica una distorsión del mensaje. Cuando Victoria hizo el trámite para la regularización,
“un abogado” le informó de que el sector doméstico “no tiene derecho al paro” y le dijo de
modo figurativo “no tienes derecho ni para un paquete de arroz”, una expresión que Victoria
registró como una sensación de desprotección total. Este mensaje de “no tienes derecho ni
para un paquete de arroz” hizo que Victoria tomara la decisión de dejar de pagar la Seguridad
Social porque, tal como lo expresa, siente que es “tirar el dinero”. Muy a menudo el derecho
a la prestación de desempleo se confunde con la cotización a la Seguridad Social y aunque sí
se trata de una prestación vinculada a un derecho del estado de bienestar, no forma parte de
la acción protectora de la Seguridad Social. Esta confusión en relación a la acción protectora
también se ha detectado en los discursos de otras mujeres entrevistadas, con afirmaciones del
tipo: “no sirve de nada”, “si total no tengo derecho al paro”, “no hay derecho a nada”. Este tipo
de mensajes retroalimentan la informalidad y hacen que muchas mujeres opten de antemano
por estrategias de Protección Social Transnacional de tipo informal (Bilecen y Barglowski,
2015), como la apuesta de Victoria de “pagar el terrenito” en origen.
Sin embargo, conforme pasan los años y avanzada esta etapa de regularidad y acceso a la ciu-
dadanía, aparecen problemáticas relacionadas a la salud (generalmente a partir de los 50 años
de edad) y muchas trabajadoras vuelven a tener la preocupación de la cotización a la Seguri-
dad Social. Enfermedades prolongadas, accidentes laborales o un exceso de estrés y cansancio
han llevado a muchas mujeres migrantes trabajadoras del hogar a valorar la importancia de la
protección social y el pago de los “seguros sociales”. Para Alina, originaria de Rumanía, “estar
asegurada” es fundamental para su protección y se lamenta de los años que estuvo trabajando
“en negro” a pesar de ser ciudadana europea: “No me gusta perder los años de trabajo, cuando
estás vieja, son buenos”.
Alina explica indignada que en su último empleo como cuidadora de un señor mayor (para
una familia acomodada) estuvo varios meses sin cotizar. Al empezar a trabajar, la familia se fue
de vacaciones de navidad y no le hicieron el contrato hasta varios meses después, una situación
que molestó profundamente a Alina:
Cuando a mí, ahí a mi lado, pregunta la señora, desde cuándo lo ponemos, y ella dice
desde el día 3, del día que yo he ido a hacer los papeles… Pero ¿por qué no ha dicho que
era de antes? Y yo veo que se calla, no dice nada, me molestó. (Alina, inmigrante rumana)
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Pero la indignación que explica Alina va más allá de la fecha del alta. Se trata de estar presen-
te en el momento del trámite, y de que su jefa responda a la funcionaria delante de ella sin
aclarar nada, como si su trabajo de esos meses no hubiera existido. Es la indignación de que
su protección social haya sido postergada frente al privilegio de la familia de irse de vacacio-
nes de navidad. Es decir, la indignación que intenta transmitir Alina es por la normalización
que se produce de la informalidad, la “tolerancia” o “costumbre de no pagar el seguro de la
chacha”, que lleva de fondo la naturalización de la desigualdad: “la chacha puede esperar, las
vacaciones, no”.
La naturalización de esta desigualdad hace que el acceso a la protección social también se vea
limitado en la práctica, aunque se trabaje con contrato formal y alta a la Seguridad Social. En el
trabajo de campo se ha podido constatar que son pocas las mujeres que alguna vez tramitaron
una baja laboral por enfermedad y resulta difícil encontrar casos de baja maternal (general-
mente dejan antes el trabajo). Esta situación no depende solo de la formalidad, sino que influ-
yen otros factores como el acceso a la información, las condiciones de precariedad, el miedo a
perder el trabajo y el tipo de relación laboral que se da en el ámbito del hogar familiar que muy
frecuentemente queda enmascarada como “ayuda”, “favor”, altruismo o “contra-don” (An-
derson, 2000; Offenhenden, 2017; Poblet, 2017). Se trata de representaciones que neutrali-
zan el vínculo de explotación y eximen a la parte contratante de su responsabilidad como tal
dejando desprotegidas a las trabajadoras.
En los casos en que sí tramitaron una baja laboral ha sido porque se presentó una situación
extrema, generalmente una enfermedad grave, accidente u operación. La enfermedad más re-
currente es el síndrome del túnel carpiano que suele requerir operación. En el caso de Clarice
(de Brasil), quien trabajaba en domicilios particulares mediante una empresa de limpieza, al
ponerse enferma y ausentarse le fueron reduciendo las horas laborales. Después de dos bajas
laborales por operación del túnel carpiano, la empresa prescindió de ella y Clarice tuvo que
recurrir a prestaciones de servicios sociales y al trabajo informal en domicilios particulares que
consiguió a través de amigas. En el caso de Analía (de Ecuador), cuando se operó del síndro-
me del túnel carpiano, trabajaba como acompañante de una persona mayor por la noche. La
contratante no respetó sus días de baja y le pidió a Analía que se presentara a trabajar igual-
mente “porque total solo es acompañar”. Más de dos años después de la operación, la mano
derecha de Analía no está recuperada, y continúa con dolor y adormecimiento. Al igual que
Alina, tanto Clarice como Analía están preocupadas por sus escasos años de cotización y las
dificultades que tendrán para jubilarse, a lo que se suma su preocupación por los problemas
de salud que a su vez le impiden continuar cotizando y asegurarse la protección social. Por
otro lado, cabe añadir que el síndrome del túnel carpiano no suele estar reconocido como en-
fermedad laboral en el sector doméstico y de cuidados. El reconocimiento de las contingencias
profesionales y la incorporación del servicio doméstico en la Prevención de Riesgos Laborales
suponen un aspecto primordial que está estrechamente vinculado al acceso a la protección
social real y efectiva, y a la plena ciudadanía en el sentido jurídico, pero también simbólico.
Así lo resume Clarice cuando explica la lucha constante contra la precariedad que se da en esta
etapa: “Tengo la nacionalidad, pero no me siento ciudadana”.
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6.4. Etapa prejubilatoria: precariedad sobrevenida y estrategias de
Protección Social Transnacional
La etapa prejubilatoria en mujeres migrantes trabajadoras del hogar es un tema recientemen-
te explorado en la academia. Tal como analizan estudios ya realizados (Moré, 2019), en esta
etapa las mujeres migrantes que trabajan en el sector doméstico y de cuidados reconfiguran
los “planes de retiro” preocupadas por buscar estrategias de acceso a la protección social. Al-
gunas han podido cambiar de sector laboral, a residencias de personas mayores, hostelería o
como teleoperadoras, pero a raíz de los problemas de salud que afloran en esta etapa, se vieron
obligadas a volver a insertarse en el cuidado de personas mayores en domicilios particulares.
En efecto, al aproximarse la edad jubilatoria es cuando el deterioro de la salud aumenta y las
enfermedades (muchas como consecuencia del trabajo, como se comentó en el apartado an-
terior), se prologan o se cronifican provocando aún más precariedad en la vida de las mujeres.
A su vez, entre los casos analizados, en esta etapa se observa una diferencia de acceso al bienes-
tar y calidad de vida según la trayectoria migratoria. Para ilustrar esta diferencia, se comparan
los casos de Juana y de Rosa, ambas migradas en la década del noventa, con la situación de
Marina, migrada en 2005, además de los casos de Alina, Clarice y Analía ya mencionados para
ilustrar la etapa anterior. Juana migró en 1992, trabajó en el servicio doméstico interno y al
reagrupar a su familia trabajó como externa. Con los primeros ahorros compró una casa en
República Dominicana y años más tarde pudo comprar una vivienda en un barrio popular de
Barcelona por medio de una hipoteca (junto con su marido). Juana cuenta con los suficientes
años cotizados como para acceder a una jubilación y su plan es tramitarla cuando cumpla 65
años mediante el convenio bilateral entre República Dominicana y España, al igual que lo hi-
cieron muchas de sus compatriotas. Rosa (de Perú) no lo tiene tan fácil como Juana, aunque
su plan es similar. Trabajó primero en el sector doméstico por horas y luego en residencias de
personas mayores y otros sectores, pero a los 61 años tuvo un derrame cerebral que le impi-
dió seguir trabajando. Con 63 años, Rosa está cobrando la prestación por desempleo “para
descansar” y su plan es volver a trabajar los dos años que le quedan hasta cumplir 65. En cam-
bio, Marina (de Ecuador), que ya cumplió 65 años, no puede jubilarse aún ni siquiera por el
convenio bilateral por falta de años de cotización, el resultado de una doble exclusión (Parella
y Speroni, 2018) por su trayectoria migratoria. Los primeros años de su migración, Marina
trabajó en el sector doméstico interno y al regularizarse puso un negocio con su marido. Pero
a raíz de la recesión económica, perdieron sus inversiones y vivienda, y decidieron regresar a
Ecuador. El retorno tampoco fue “productivo”, y unos años después Marina regresó a España
y se reinsertó en el sector doméstico como única opción laboral. A pesar de presentar graves
problemas de salud (hernia discal y problemas vasculares), continúa trabajando en el cuidado
de un señor mayor y evita solicitar baja laboral por dificultades económicas. A su situación de
suma precariedad se le añade que se divorció de su marido y que tiene que ayudar a un hijo
que está pasando dificultades económicas en Ecuador.
En el caso de las mujeres rumanas, obtener la pensión por convenio de la UE es cada vez más
recurrente dentro del colectivo, tal como ellas comentan. A pesar de ello, esto no siempre re-
suelve del todo la precariedad cuando se trata de mujeres que han trabajado en el servicio do-
méstico y de cuidados, por lo que tienen que complementar los ingresos con ayuda familiar,
planes de retorno y otras estrategias de Protección Social Transnacional informal (Bilecen y
Barglowski, 2015). A Nicoleta, por ejemplo, no le alcanzaron los años de cotización, aun su-
mando ambos países. Obtuvo una pensión de 300 euros (para obtener el mínimo se lo com-
pensaron con una ayuda), y regresó a Rumanía donde tiene vivienda y soporte familiar. Ni-
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coleta migró con su familia (marido y dos hijos) en 2002. Trabajó en limpieza, como moza
de almacén en una multinacional y en el cuidado de personas mayores de manera informal.
En Rumania había trabajado muy poco por la crisis económica y porque se dedicó a cuidar
a sus hijos. Al igual que otros casos analizados, durante la etapa prejubilatoria Nicoleta tuvo
problemas de salud por lo que estuvo un tiempo sin trabajar y sin cotizar. Por el contrario,
su marido, del cual después se separó, pudo jubilarse a los 50 años porque ya contaba con 30
años de cotización entre ambos países. Se trata de un ejemplo muy ilustrativo de la desigualdad
estructural de género producida a escala global en relación a la protección social y también
en relación a los mecanismos de Protección Social Internacional. Esta desigualdad estructu-
ral afecta directamente a las mujeres migrantes trabajadoras del hogar y es la causa (y a la vez
consecuencia) de la desprotección social, que con los años provoca más precariedad, o bien lo
que se podría llamar “precariedad sobrevenida”. Esta precariedad sobrevenida se materializa
especialmente con las jubilaciones escasas o con la imposibilidad de acceder a una pensión a
pensar de los recursos de Protección Social Transnacional.
Tabla 3. Resumen de las etapas migratorias
Etapa Situación Acciones / Estrategias
Irregularidad Acceso a la asistencia sanitaria pe-
ro no a acción protectora de la
S.S.
Cuidados a cargo de familia em-
pleadora
Seguros privados
Permiso temporal Formalidad por obligatoriedad del
pago de la S.S.
Infracotización
Priorización del pago de la S.S.
vinculado a estatus jurídico y dere-
chos de ciudadanía
Residencia permanente o Nacio-
nalidad Vuelta a la Informalidad
Infracotización No cotización por rentabilidad a
corto plazo.
Preocupación por cotización aso-
ciado a problemas de salud
Etapa prejubilatoria Afectaciones a la salud
Precariedad sobrevenida Cotización a la S.S. para alcanzar
los años mínimos de cotización
Estrategias de PST formal e infor-
mal
7. Discusión: informalidad, protección social y globalización
La alta informalidad en el servicio doméstico ha sido una constante a lo largo de la historia
en España y hasta la actualidad. En un primer momento estuvo legitimada por normativas
excluyentes de los derechos sociales, pero luego se siguió tolerando en la práctica por varios
factores: económicos, políticos, y culturales. La necesidad de incrementar la protección social
en el sector doméstico siempre fue postergada y cuando se consiguieron algunos avances, las
expectativas no se cumplieron. ¿Por qué sigue habiendo desigualdad de trato en el sector do-
méstico? ¿Por qué fracasan las propuestas que apuntan a aflorar la economía sumergida y a
incrementar la protección social de las trabajadoras del hogar? ¿Por qué las trabajadoras del
hogar no acceden a la protección social, aunque estén en situación regular? ¿Por qué no circula
la información y por qué la parte contratante no asume su responsabilidad? ¿Por qué Clarice,
Analía y Marina estando tan enfermas no se pueden jubilar? ¿Por qué Alina está tan indigna-
da? En base al breve recorrido histórico sobre la legislación de la acción protectora y a los casos
analizados, se puede ofrecer una primera reflexión: la protección social de las trabajadoras del
hogar no está enfocada como tal. Durante el franquismo, el objetivo se centró en mantener
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la mano de obra femenina y en sostener la ideología de la domesticidad en post de la familia
(Cañabate, 2014). Durante la democracia, y con la reforma del 2011, el objeto de negociación
pasó a ser “aflorar la economía sumergida” y la recaudación, no el bienestar de las trabajadoras.
En ningún momento se apuntó a promover un cambio cultural que responsabilice a la parte
contratante y que permita dignificar el sector.
Por otro lado, en el marco de la internacionalización del trabajo reproductivo, la Ley de Ex-
tranjería y la construcción de la irregularidad (Mezzadra, 2012) contribuyeron a perpetuar la
informalidad y a dejar fuera de la protección social a las mujeres migrantes trabajadoras del
hogar, en tanto migrantes extracomunitarias. Pero, tal como se señaló, al convertirse en ciuda-
danas, muchas mujeres acaban igualmente excluidas del acceso a una protección social digna.
Teniendo en cuenta que el Sistema de Protección Social responde a un modelo de estado de
bienestar que se construyó para reducir desigualdades, en el caso de mujeres migrantes traba-
jadoras del hogar poco ayuda a compensar. La infracotización, la vuelta a la informalidad, la
confusión del mensaje y los problemas de salud de las trabajadoras, hacen que, avanzada la
trayectoria laboral, vuelvan a caer en la precariedad y en la falta de protección, lo que repro-
duce la desigualdad. A esta situación se ha sumado en la vida de muchas mujeres migrantes las
consecuencias de la larga recesión económica en España (pérdidas de vivienda, reducción de
jornada, trabajos precarios, retorno, etc.), una época que afectó especialmente a mujeres que
migraron avanzada la década del 2000.
Pero esta “precariedad sobrevenida” que padecen las mujeres migrantes trabajadoras del hogar
especialmente en la etapa prejubilatoria no les sucede a las mujeres trabajadoras del hogar solo
por ser migrantes, sino, y, ante todo, por ser mujeres. Es decir que, quien las continúa dejando
fuera del sistema de protección es la división sexual del trabajo y la precarización general del
mercado de trabajo provocada por el modelo neoliberal.
A menudo, el servicio doméstico suele calificarse como “arcaico”, en el sentido de que se man-
tienen prácticas antiguas supuestamente abolidas y vulneración total de derechos. Pero el ser-
vicio doméstico (devenido en “de cuidados” con la globalización) no es exactamente arcaico,
sino que es del todo contemporáneo y responde a la desigualdad de género a escala global y
a las contradicciones del capitalismo en esta fase actual de capitalismo financiero globalizado
(Fraser, 2016).
A finales del siglo XX, mientras las mujeres han ido ganando presencia en el mercado laboral
formal, el capitalismo financiero ha disminuido la protección social y ha reducido los salarios
reales. Este escenario encaja con la situación de países endeudados y privados de recursos, so-
metidos a reiteradas crisis económicas y planes de ajuste estructural, lo que provocó la expul-
sión de mujeres de países endeudados a países “más ricos”. La entrada de divisas de estas mu-
jeres fue una “solución” para los países endeudados, y la mano de obra sin protección social
fue una “solución” de los países “más ricos” para cubrir el “déficit de cuidados” y a la vez, para
implantar y consolidar el modelo neoliberal de precarización total. Es decir, el mismo modelo
de producción las expulsó de sus países de origen y luego las precarizó en destino.
En el análisis de los casos presentados también se observa que las mujeres más perjudicadas
son las mujeres monoparentales o divorciadas, para quienes acceder a una jubilación media-
namente digna puede ser un problema si no se cuenta con red familiar de soporte o vivienda
propia. Irónicamente, como sucedía durante el franquismo, el patriarcado favorece a las mu-
jeres casadas, quienes acaban teniendo una mejor protección social en el marco del matrimo-
nio y la familia, que las mujeres “sin marido”.
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Para compensar la “precariedad sobrevenida”, las mujeres trabajadoras del hogar procedentes
de países de América Latina y de Rumania tienen la posibilidad de optar a una Protección
Social Transnacional formal para obtener una pensión. Se trata de prestaciones vinculadas a
las normativas estatales promovidas por fondos públicos a través de convenios y legislaciones
que operan a nivel bilateral o multilateral entre países (Paul, 2017), y que les facilita sumar los
años de cotización en cada país. A pesar de esta posibilidad, para muchas mujeres no resulta
suficiente y se ven en la situación de recurrir a la PST informal (en muchos casos lo planean
de antemano), como son las inversiones en origen o planes de retorno que faciliten vivienda,
ingresos complementarios o algún otro tipo de ayuda de las redes sociales y de los vínculos de
cuidado fundamentados en lazos de solidaridad, reciprocidad y obligaciones transnacionales
(Bilecen y Barglowski, 2015). Según los casos analizados este tipo de estrategias de PST infor-
mal resultan, de momento, estrategias individuales “desde abajo” que, aunque cumplen un
rol fundamental (Speroni, 2019), “solucionan” el bienestar parcialmente, pero no combaten
ni compensan la desigualdad ni la crisis de la reproducción social.
La crisis de la reproducción social (Fraser, 2016) analizada como causa de las migraciones tie-
ne sus raíces en el análisis del trinomio mercantilización, emancipación y protección social,
definido por Fraser (2016).
En la última etapa del capitalismo se impuso la alianza entre la mercantilización y la emanci-
pación, una alianza que acabó dominando la protección social. Esta alianza es la que provoca
la migración de mujeres que trabajan en el sector doméstico, y es a su vez, una alianza perversa
que las afecta en destino impidiendo una verdadera emancipación y el acceso a la protección
social. La lucha que llevan a cabo contra la precariedad mujeres como Juana, Rosa, Victoria,
Analía, Alina, Clarice, Marina y Nicoleta, cada una con sus estrategias, es parte de la batalla
contra la mercantilización, una batalla que solo se puede ganar con la alianza entre la eman-
cipación y la protección social. Es, simbólicamente, la misma batalla por la cual Alina está in-
dignada.
8. Conclusiones y nuevos retos
La informalidad en el servicio doméstico es consecuencia de su exclusión histórica y de la pos-
tergación de las reivindicaciones del sector, pero a su vez responde al contexto actual de de-
sigualdad de género a escala global y de precarización total del mercado de trabajo. Disminuir
la protección social, especialmente de sectores vulnerables, ha sido uno de los objetivos del
neoliberalismo. Lo logró con crisis económicas y sucesivos recortes, y lo logró también a través
de las migraciones de mujeres que ocuparon los sectores que ya eran más precarizados.
El Sistema de Protección Social debe ser mejorado con el mismo objetivo por el que fue crea-
do: reducir las desigualdades. Pero en el siglo XXI presenta nuevos retos: las nuevas realidades
de trabajadoras migrantes transnacionales cuyas trayectorias sociolaborales fueron afectadas
por las sucesivas crisis económicas de sus países de origen, pero también de los países de des-
tino. Estas sucesivas crisis económicas son producto de una misma crisis global del capitalis-
mo tardío y los Estados deben ofrecer soluciones de forma cooperativa que respondan a estas
nuevas realidades transnacionales. En este sentido, la PST es un mecanismo para explorar y re-
forzar, tanto desde la investigación social aplicada como desde las políticas públicas, que pue-
de ayudar a compensar la desigualdad siempre y cuando se tenga en cuenta las desigualdades
de género a escala global. Estas nuevas fórmulas de PST deberían también diseñar vías para
combatir la precariedad sobrevenida que viven las mujeres migrantes trabajadoras del hogar
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por problemas de salud antes de jubilarse como, por ejemplo, algún tipo de prestación que
compense los riesgos en la salud o una jubilación anticipada “por condiciones del sector” co-
mo tienen otros sectores. En relación a la PST informal, que ayuda a compensar la falta de
protección social formal, es necesario ampliar y profundizar los estudios longitudinales sobre
las mujeres migrantes trabajadoras de hogar para analizar en qué medida resultan eficaces o
solo son estrategias individuales de supervivencia.
La crisis de la reproducción social puso en evidencia que el mercado de trabajo es global, y
la crisis sanitaria ocasionada por el covid puso en evidencia la “esencialidad” del trabajo de
cuidados, al mismo tiempo que nos volvió a recordar que los estados-nación supuestamente
soberanos no son efectivos por sí mismos para proteger a la ciudadanía. Se debe avanzar en
una agenda pública a nivel de gobernanza supranacional (Parella y Speroni, 2018) que permita
ampliar y reformular los mecanismos de protección social transnacional que tengan en cuenta
la situación de las mujeres migrantes trabajadoras del hogar, la informalidad y la precariedad
sobrevenida, y a la vez su “esencialidad”.
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