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Las nuevas modalidades de alojamiento turístico en Castilla-La Mancha: aparición, evolución y distribución territorial

Authors:

Abstract

La presente investigación se centra en el estudio de la implantación y crecimiento del alquiler vacacional en el espacio castellanomanchego, así como su incidencia geográfica, temporal y social, con el fin de valorar la magnitud del fenómeno. El objetivo general radica en el análisis detallado de la aparición, evolución y generalización en Castilla-La Mancha de las nuevas modalidades de alojamientos turísticos, apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico en los últimos 25 años, considerando las posibles correlaciones positivas entre recursos patrimoniales, naturales y culturales, y la existencia de infraestructuras de alojamiento en determinados espacios de la región, tanto urbanos como rurales. Junto con la oferta tradicional de alojamientos en núcleos urbanos, en los últimos años la región ha experimentado un cambio significativo al alza de distintas modalidades de establecimientos relacionados con la importancia que va adquiriendo la práctica del turismo rural y de naturaleza y el turismo cultural y de centros urbanos.
Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
(89)
eISSN:
2605-3322
Cómo citar este trabajo:
Aparicio Guerrero, A. E., Serrano Gil, Ó., García Marchante, J. S., &
Fernández Fernández, M. C. (2021). New forms of tourist accommodation in Castilla-La Mancha:
evolution, qualification and territorial distribution. Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles, (89).
https://doi.org/10.21138/bage.3100
Las nuevas modalidades de alojamiento
turístico en Castilla-La Mancha:
aparición, evolución y distribución territorial
New forms of tourist accommodation in Castilla-La Mancha:
evolution, qualification and territorial distribution
Ana Eulalia Aparicio Guerrero
Ana.Aparicio@uclm.es
Departamento de Geografía y Ordenación del Territorio
Universidad de Castilla-La Mancha (España)
Óscar Serrano Gil
oscar.serrano@uam.es
Departamento de Didácticas Específicas
Universidad Autónoma de Madrid (España)
Joaquín Saúl García Marchante
Joaquinsaul.Garcia@uclm.es
Departamento de Geografía y Ordenación del Territorio
Universidad de Castilla-La Mancha (España)
María Cristina Fernández Fernández
Cristina.Fdez@uclm.es
Departamento de Geografía y Ordenación del Territorio
Universidad de Castilla-La Mancha (España)
Recepción: 17.01.2020 Aceptación: 29.04.2021 Publicación: 27.05.2021
Este trabajo se publica bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercial 4.0 Internacional.
Resumen
La presente investigación se centra en el estudio de la implantación y crecimiento del alquiler
vacacional en el espacio castellanomanchego, así como su incidencia geográfica, temporal y
social, con el fin de valorar la magnitud del fenómeno. El objetivo general radica en el análisis
detallado de la aparición, evolución y generalización en Castilla-La Mancha de las nuevas
modalidades de alojamientos turísticos, apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico en los
últimos 25 años, considerando las posibles correlaciones positivas entre recursos patrimoniales,
naturales y culturales, y la existencia de infraestructuras de alojamiento en determinados espacios
de la región, tanto urbanos como rurales. Junto con la oferta tradicional de alojamientos en
núcleos urbanos, en los últimos años la región ha experimentado un cambio significativo al alza
de distintas modalidades de establecimientos relacionados con la importancia que va
adquiriendo la práctica del turismo rural y de naturaleza y el turismo cultural y de centros
urbanos.
Palabras clave: alojamientos turísticos; apartamentos turísticos; viviendas de uso turístico;
Castilla-La Mancha.
Abstract
The present research focuses on the study of the establishment and growth of holiday rentals
within Castilla-La Mancha, as well as their geographical, temporal and social incidence, in order
to assess the magnitude of the phenomenon. The general objective lies in the detailed analysis of
the appearance, evolution and generalisation in Castilla-La Mancha of the new modalities of
tourist accommodation, tourist flats and dwellings for tourist use over the last 25 years,
considering the possible positive correlations between heritage, natural and cultural resources,
and the existence of accommodation infrastructures in certain areas of the region, both urban and
rural. Together with the traditional supply of accommodation in urban centres, in recent years the
region has experienced a significant upward shift in different types of establishments related to
the growing importance of the practice of rural and nature tourism and cultural tourism and urban
centres.
Keywords: tourist accommodation; tourist flats; dwellings for tourist use; Castilla-La Mancha.
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1 Introducción
El espacio geográfico, en tanto que asiento imprescindible para los procesos naturales y
humanos, constituye el ámbito físico sobre el que el turismo se localiza, desarrolla y formaliza.
Éste conforma un soporte material con características propias, específicas y diferentes a las de
otros lugares, que configuran el marco percibido y, en su caso, estimado por la demanda (Urry,
1996, recogido por Almirón, 2004).
En su expresión visual, éste se manifiesta a través del paisaje, reflejo de las interrelaciones entre
los elementos naturales y culturales subyacentes, de los procesos ecológicos y socioeconómicos
que se desarrollan sobre ellos (Mata, 2006) y de la percepción –tal y como se recoge en la
definición del Convenio Europeo del Paisaje (CEP)– a través de la cual es interpretado y
apreciado `por la población. Desde hace unos años se viene produciendo una recuperación del
interés por el paisaje desde la perspectiva de la valorización económica del territorio y la
atracción turística, tanto en el medio urbano como en el medio rural, como externalidad que
permite generar rentas, verdadera orientación del CEP, según recoge Corbera (2016).
Actualmente se asiste al desarrollo de un turismo intrínsecamente ligado al territorio, en tanto que
escenario de vida y soporte de la actividad de una comunidad, y a sus paisajes tradicionales
extendiéndose, por tanto, a cualquier espacio rural o urbano con cierto carácter, autenticidad,
especificidad y originalidad de sus elementos constitutivos (Zoido, 1987; De la Fuente de Val,
2015).
El paisaje es una dimensión fundamental de la riqueza patrimonial de los territorios y muy
especialmente en el caso de los destinos turísticos, bien sean de naturaleza o de interés cultural
(Florido, 2013; Mata, 2006; Cañizares, 2009). No obstante, la histórica separación entre
Naturaleza y Sociedad ha impedido la construcción de una teoría unitaria del patrimonio,
imprescindible para afrontar la planificación y gestión del paisaje, sintetizador de valores e
identidades (Villafranca & Salmerón, 2010).
El paisaje puede llegar a conformarse como un recurso, como un elemento generador de
beneficios “en la medida que es un bien cultural heredado y aceptado socialmente al poseer un
valor simbólico para una determinada población”; e incluso como “recurso económico por
cuanto es un bien escaso y no renovable dotado de un valor de uso y de cambio que se puede
convertir en objeto de consumo” (Cañizares, 2009). Su percepción como atractivo, susceptible
de generar una determinada experiencia de ocio, es capaz de perfilarlo como recurso turístico.
La expansión del turismo cultural y la utilización de la cultura y las artes como focos de atracción
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y pilares de las operaciones de regeneración urbana, ha dado lugar a lo que Zukin (1995) y
Barata-Salguiero (2017) denominan economía simbólica.
Desde el inicio del proyecto europeo, los espacios rurales han constituido el eje vertebrador de
la política comunitaria y el principal destinatario de sus fondos económicos. Los territorios rurales
buscan vías innovadoras que les permitan poner en valor sus potencialidades superando los
hándicaps asociados a su débil densidad demográfica o a sus específicas características
geográficas. De forma paralela, en los últimos veinte años los espacios urbanos han sido objeto
de un especial interés de las instituciones internacionales. Europa habla del espacio urbano
como un objetivo político y un factor de desarrollo económico y cohesión social. A otra escala,
el modelo económico existente en España ha convertido ambos espacios, junto con la Naturaleza
y la Cultura, en una vertiente de la economía.
No obstante, según Troitiño (2016), las expectativas que se depositan en el patrimonio territorial
(natural, cultural o paisajístico) a la hora de impulsar o diversificar el turismo son diversas, pero el
éxito de un destino turístico patrimonial, aquel donde el patrimonio constituye su principal factor
de atracción, depende tanto de la formulación de políticas turísticas o patrimoniales como de la
coordinación de políticas sectoriales, ya que el turismo es una actividad de naturaleza transversal
en la que están implicados diversos campos de la vida económica y social. A todo ello se añade
la necesidad de diseñar una planificación y poner en marcha una gestión, adaptadas a la
capacidad de acogida de los diferentes recursos y destinos, un campo donde queda mucho por
hacer (Florido, 2013).
Según Campos y Cebrián (2001), las importantes inversiones realizadas por el sector y una
oferta cada vez de mejor mayor calidad, más amplia y diversificada, centrada en las riquezas
histórico-culturales y fundamentalmente naturales, han sido los dos factores que han contribuido
al auge experimentado por el sector turístico en Castilla-La Mancha. En los últimos años, la
evolución del turismo en la región ha venido acompañada del crecimiento en la disponibilidad
de alojamientos, tanto en volumen como en calidad y diversificación de las infraestructuras de
acogida.
Junto con la oferta tradicional de alojamientos en núcleos urbanos, en los últimos años se
evidencia un cambio significativo al alza en las distintas modalidades de establecimientos
relacionados con la importancia que ha adquirido la práctica del turismo rural y de naturaleza.
Los cambios en la demanda, la toma de conciencia de los agentes locales de la importancia de
los recursos endógenos, y el papel de la administración, han permitido la implantación y el
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desarrollo de un turismo rural selectivo en su localización y cada vez más heterogéneo en su
tipología (Campos y Cebrián, 2001), íntimamente ligado a las condiciones geográficas de un
territorio y a las especificidades de sus recursos (López Olivares, 1998).
Tras la irrupción de las grandes plataformas digitales especializadas en el alquiler de corta
duración, surge y se generaliza una nueva tipología de alojamientos turísticos: el apartamento
turístico (AT) y la vivienda de uso turístico (VUT), cobrando un considerable protagonismo tanto a
nivel mundial como nacional y regional. La aparición de nuevos actores en el sector como las
plataformas que se encargan de la comercialización a través de Internet de estas modalidades de
alojamiento ha generado importantes transformaciones en el sector turístico. En la actualidad,
“los turistas poseen una enorme variedad de herramientas online para organizar sus viajes:
sistemas de reservas y agencias de viajes online y buscadores y metabuscadores, sistemas de
gestión de destinos, redes sociales y web 2.0, comparadores de precios, así como las páginas
webs de los propios proveedores (Pérez Guerra, 2017, p. 50).
Son numerosos los conceptos de apartamentos turísticos recogidos en las leyes de turismo y en
las reglamentaciones autonómicas. Éstos pueden definirse como “aquellas viviendas que son
ofrecidas empresarialmente, en régimen de alquiler, de modo habitual y debidamente dotadas
para su inmediata disponibilidad, a cambio de un precio a las personas usuarias que, por
motivos vacacionales o turísticos, efectúen una estancia por un período de tiempo previamente
convenido entre las partes” (Pérez Guerra, 2006, p. 32). En lo que respecta a las viviendas de
uso turístico, pueden ser entendidas como “aquellas unidades de alojamiento aisladas que se
ofrezcan mediante precio en explotación turística o por motivos vacacionales o turísticos” (Pérez
Guerra, 2006, p. 75). La distinción entre una y otra tipología de alojamiento turístico se basa en
que los apartamentos turísticos constituyen unidades complejas integradas en bloques o
conjuntos cuya explotación se encuentra bajo un mismo titular y ofertan un número mínimo de
unidades de alojamiento -determinado por la normativa autonómica-; mientras que las viviendas
de uso turístico son pisos, apartamentos o casas aisladas que no están sujetas a esas limitaciones.
De acuerdo con Roca Fernández-Castanys (2017) “la verdadera novedad reside en el medio por
el que se organiza su comercialización: a través del uso de las TIC’s (las conocidas, en inglés
como plataformas “peer to peer”–de igual a igual-o por sus siglas P2P), lo que supone una
universalización de la oferta con un notable ahorro de costes de transacción (al suprimirse los
intermediarios), así como un aumento de la confianza de los usuarios mediante la instauración de
medios de información, confirmación, reserva y pago rápidos y seguros.
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Las intensas transformaciones que en los últimos años ha tenido el sector del turismo cultural y
rural en nuestra región, con la aparición, desarrollo y proliferación de los denominados
apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico, junto con la escasa o nula literatura sobre
el análisis de alquileres turísticos a nivel castellanomanchego, son los motivos por los que
consideramos relevante el estudio del papel del patrimonio territorial, rural y urbano, en la
implantación y crecimiento del alquiler vacacional en el espacio regional y su incidencia
geográfica, temporal y social, con el fin de valorar la magnitud del fenómeno.
2 Objetivos e hipótesis de partida
El objetivo general de este estudio es llevar a cabo un análisis detallado de la aparición,
evolución y generalización en Castilla-La Mancha de los alojamientos turísticos, apartamentos
turísticos (AT) y viviendas de uso turístico (VUT) en los últimos 25 años; su distribución territorial
y las posibles correlaciones positivas entre recursos patrimoniales, naturales y culturales; y la
existencia de una oferta de infraestructuras de alojamiento en determinados espacios de la
región, tanto urbanos como rurales.
Como objetivos específicos del estudio caben destacar los siguientes:
Revisar la legislación autonómica que afecta a los alojamientos turísticos.
Analizar la incidencia en el sector de los Planes Turísticos Nacionales y Regionales.
Estudiar las nuevas modalidades de alojamientos turísticos, centrando la atención en los
apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico.
Examinar su evolución y situación actual en esta región.
Analizar las posibles correlaciones entre la concentración espacial de los nuevos alojamientos
turísticos y la proximidad a Espacios Naturales Protegidos (ENP), a espacios con un
importante valor paisajístico o con unos recursos patrimoniales histórico-artísticos reconocidos
por las distintas administraciones y la sociedad en general.
Los objetivos aquí asumidos comportan el establecimiento de algunas hipótesis de investigación
como la verificación del papel de las comunicaciones, las políticas urbanas, el planeamiento, el
patrimonio natural y cultural, las funciones socioculturales y la oferta turística hotelera y
extrahotelera tradicional constatando que las dinámicas han variado en los últimos años.
La segunda hipótesis se sustenta en la dimensión geográfica del fenómeno y se presupone que
la ubicación espacial de los alojamientos turísticos a escala regional se concentra
fundamentalmente en territorios con recursos paisajísticos, naturales y culturales, de calidad.
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En definitiva, nuestra investigación se centra en el análisis geoespacial de las nuevas
modalidades de alojamientos turísticos en Castilla-La Mancha entre los años 1995 y 2020, y en la
evolución de la oferta, la tipología, el volumen de plazas y su distribución geográfica. Para ello se
toma como punto de partida la hipótesis de que los apartamentos turísticos y las viviendas de uso
turístico han consolidado su presencia tanto en el medio rural como en el urbano, modificando
las dinámicas turísticas de estos espacios.
3 Fuentes y metodología
La metodología utilizada, de tipo historiográfico, exige la consulta de bibliografía sobre el tema,
desde la dedicada a la región hasta la que analiza cuestiones relacionadas con los alojamientos
turísticos en otros países y comunidades autónomas.
Respecto a las fuentes utilizadas, la normativa derivada de la política turística del Gobierno de
España se ha obtenido del Boletín Oficial del Estado (BOE), y la aprobada por la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, como la Ley de Ordenación del Turismo y el Decreto por
el que se ordenan los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico, del Diario Oficial
de Castilla-La Mancha (DOCM).
En cuanto a las fuentes administrativas, se han analizado el Plan de Ordenación y Promoción del
Turismo en Castilla-La Mancha 2006–2009, los distintos Planes Estratégicos de Turismo de la
región (2010–2014, 2015–2019 y 2020–2023), así como el Registro de alojamientos turísticos
de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía de la Junta de Comunidades.
También se ha consultado el Padrón Continuo de Habitantes, diferentes Censos de Población, al
igual que la prensa y páginas web que ofrecen información relacionada con nuestro objeto de
estudio, estas últimas de gran interés hasta el punto de que la redacción de algunos de los
contenidos ha precisado la consulta exhaustiva de la documentación citada mediante este medio.
La metodología seguida se ha basado en la recopilación, tratamiento, análisis, contraste e
interpretación de los diversos datos obtenidos de las fuentes estadísticas y documentales. Para
facilitar la lectura y comprensión del texto se han realizado numerosas tablas y gráficos, así como
una cartografía temática en la que a través del diseño de una serie de mapas se ha intentado
plasmar con la mayor claridad posible la información analizada. Entre las herramientas
instrumentales se ha utilizado Excel (gráficos y tablas) y QGIS como software para la
representación cartográfica.
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Por último, los resultados se han contrastado con lo observado durante el trabajo de campo y se
han enriquecido con la percepción de la realidad considerada por los autores, incluso con las
informaciones y opiniones procedentes de medios de comunicación, prensa local, o las
conversaciones informales con la población y los agentes sociales y económicos de la zona.
4 El alquiler de viviendas con fines de uso turístico. La necesidad de su
regulación
El uso turístico de viviendas de alquiler, en sus diferentes modalidades, ha crecido de manera
exponencial en todo el mundo gracias a las nuevas posibilidades de intermediación tecnológica,
en particular, las plataformas P2P o también llamadas colaborativas, dando una nueva dimensión
a este fenómeno hasta convertirlo en una creciente e imparable fuente de negocio, con la
consecuencia de que estas plataformas se han convertido, en lo que al turismo se refiere, en
verdaderos actores del sistema, generando importantes transformaciones en el sector turístico.
A partir del afianzamiento de las nuevas tecnologías el arrendamiento de apartamentos turísticos
y viviendas de uso turístico cobra cada vez un mayor protagonismo como modalidad de
alojamiento, tanto a nivel mundial como en todo el territorio español. El significativo aumento de
la vivienda alquilada, como tipo de alojamiento escogido por el turismo, parece vinculado al
desarrollo de las plataformas privadas de alquiler de apartamentos turísticos y al crecimiento de
este tipo de oferta en portales, blogs y páginas web. Las webs que operan en la red
proporcionan a los consumidores el acceso a determinados bienes y servicios turísticos con una
serie de ventajas evidentes en relación a la actividad turística tradicional: permiten conectar entre
sí a todo tipo de consumidores con cualquier prestador de servicios turísticos, desde cualquier
parte del mundo; proporcionan una mayor facilidad, agilidad e inmediatez a la hora de
planificar y contratar la prestación de un servicio “on-line”; y, por último, cualquier usuario de
estas plataformas tiene la posibilidad de conocer en tiempo real las opiniones de otros usuarios
sobre los servicios turísticos prestados (Román, Pavlova, Nieto & Bonillo, 2017).
En España, la oferta de viviendas con fines turísticos tiene un peso considerable como
consecuencia del desarrollo turístico de nuestro país facilitado por el marco legal que establecía
la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Hasta la reciente modificación de esta Ley, la actividad
de alquiler de viviendas propias se desarrollaba fuera del ámbito turístico y, además, dada la
variada casuística de alquileres vacacionales o con fines turísticos, era especialmente complejo
su seguimiento y ordenación. Una vez modificada la LAU en junio de 2013 se pretendió
actualizar la normativa para establecer las bases de su control.
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Según el Atlas Nacional de España (2020), la opción de alojamiento que mayor crecimiento
experimentó en el año 2014 fue la vivienda alquilada, con un aumento del 68,28 % respecto a
los datos registrados en el año 2005, según la base de datos de Frontur, seguida del
alojamiento en hoteles y similares, que se mantiene como una opción muy demandada.
La primera fuente de problemas de las nuevas formas de alojamiento vacacional se identifica con
la falta de garantías de protección tanto para los usuarios de la vivienda como para su entorno -
comunidad de vecinos, barrio y en general, entorno medioambiental -. Los impactos sobre el
bienestar vecinal de las comunidades de propietarios o la sostenibilidad urbana son solo algunos
ejemplos que demuestran que los efectos de este tipo de viviendas no se circunscriben
únicamente al ámbito turístico (Guillén, 2020). Esto ha originado que distintas comunidades
autónomas hayan legislado sobre esta cuestión, bajo la idea de regular una situación sobre la
que la industria hotelera había mostrado serias quejas ante la introducción de una posible
competencia desleal por parte del sector del alquiler vacacional, como consecuencia de la
ausencia de una reglamentación, de un registro previo y de declaraciones tributarias de los
ingresos obtenidos (Costas, 2018). El objetivo de los nuevos Decretos aprobados en
determinadas regiones españolas es regularizar estos aspectos en las viviendas que ofertan el
servicio de alojamiento turístico, además de establecer unas garantías mínimas de calidad y
seguridad para las personas usuarias. Las normas en todas las comunidades autónomas son
bastante similares y el alquiler turístico se define generalmente por ubicarse en un inmueble
situado en suelo de uso residencial/urbano; por constituir una cesión temporal de vivienda
amueblada y equipada para uso inmediato; por ofertar el alojamiento a cambio de una
prestación monetaria; y por ser comercializada y promocionada en canales de oferta turística
(Román, Pavlova, Nieto & Bonillo, 2017).
Según Núñez Iglesias (2010) el alojamiento vacacional extrahotelero es más barato y, por tanto,
no es de extrañar que el alquiler de las viviendas privadas se haya convertido en una actividad
“refugio” para particulares que necesitan un complemento económico que compense la
disminución de sus ingresos, o cómo único ingreso regular en el caso de personas
desempleadas. El éxito de esta actividad radica en parte en su sencillez; únicamente son
necesarios un inmueble o incluso parte de este, en caso de alquiler por habitaciones, y un canal
de publicación, tan efectivo y barato como internet (Román, 2014).
En España, las primeras normativas sobre los alojamientos turísticos se redactaron para las
ciudades de Barcelona y Madrid, que recogieron algunas de las estrategias de actuación de
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otras capitales europeas para dar respuesta a las situaciones de insostenibilidad y
mercantilización que se estaban presentando en ambas, iniciando un proceso de regulación a
través de la planificación urbana y turística. A ellas siguieron capitales como Valencia o Palma de
Mallorca en las que se establecieron planes reguladores de los alojamientos turísticos (Ardura,
Lorente-Riverola, Mohino & Ruiz Sánchez, 2019).
5 Normativa turística en Castilla-La Mancha. Ordenación y clasificación
de los apartamentos y viviendas de uso turístico
La denominada economía colaborativa, compartida o de intercambio ha afectado de forma
directa al sector del alojamiento turístico mediante plataformas virtuales que ofrecen viviendas
privadas para su uso turístico a precios competitivos y prometen experiencias más cercanas a la
convivencia vecinal. La economía colaborativa en el sector turístico constituye un fenómeno
imparable que debe ser regulado para que no sólo deje de considerarse ilegal o clandestino,
sino que, sobre todo, otorgue garantías al usuario en cuanto consumidor turístico, y al entorno
de la vivienda equilibrando la convivencia vecinal en zonas residenciales (De la Encarnación,
2016; Guillén & Iñiguez, 2016).
La Agenda Europea para la economía colaborativa (2017/2003(INI) insta a los Estados
miembros a que proporcionen seguridad jurídica y a que no la consideren como una amenaza
para la economía tradicional, subrayando la importancia de su regulación de forma que
contribuya a facilitar y promover en lugar de restringir. También reconoce que esta modalidad
económica brinda importantes oportunidades a los ciudadanos y a los consumidores al
beneficiarse de más oferta y de precios más competitivos; crea nuevas e interesantes
oportunidades empresariales, crecimiento y empleo; e incrementa la eficiencia del sistema
económico y lo hace más sostenible en los planos social y ambiental, permitiendo una mejor
asignación de los recursos y activos que, en caso contrario, se infrautilizarían.1
El crecimiento del número de páginas de internet y blogs, así como de portales privados que
comercializan productos turísticos, el alojamiento en viviendas privadas entre otros, abrió nuevas
posibilidades a la economía sumergida, de ahí la necesaria regulación de esta actividad (Román,
Pavlova, Nieto & Bonillo, 2017).
1 Se ha consultado: Decreto 29/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto
79/2014, de 10 de julio, por el que se regulan los Apartamentos Turísticos y las Viviendas de Uso Turístico de
la Comunidad de Madrid. Recuperado de
http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/04/12/BOCM-20190412-1.PDF
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La actividad turística en la Castilla-La Mancha presenta un considerable crecimiento en las últimas
décadas motivado por el constante incremento de la demanda y por la mejora de la oferta que
se ha desarrollado con la participación tanto del sector público como privado.
Son diversos y numerosos los sitios de interés histórico cultural que ofrece la región: museos,
palacios, iglesias y monasterios, a la vez que una propuesta de ocio variada, con una
gastronomía típica de gran calidad y reconocimiento internacional. Unido todo ello a su vasto
patrimonio natural, constituyen un conjunto de excelentes atractivos para el turismo, tanto
nacional como extranjero. En los últimos tiempos el alojamiento turístico es una de sus mayores
fortalezas, con un crecimiento sostenido año tras año, que acompaña el aumento de visitantes y
busca adecuarse a las nuevas exigencias que presenta la demanda. Junto al alojamiento
tradicional han aparecido nuevas formas como albergues, alojamientos de turismo rural y las más
recientemente incorporadas modalidades de apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico.
Estas últimas tipologías presentan, en particular, un considerable incremento tanto en el número
de establecimientos como de plazas, en especial en ámbitos urbanos, lo que ha permitido cubrir
necesidades específicas de los viajeros que buscan un espacio en el que desarrollar una forma
de vida similar a la tienen en sus hogares, pero fuera de su residencia habitual.
En el año 2011 el Estado derogó toda la normativa de ordenación turística estatal por ser ya
competencia de las comunidades autónomas. En Castilla-La Mancha la regulación de los
apartamentos y viviendas turísticas se había realizado según la normativa estatal, pero a partir de
ese año, se produjo un vacío legal para este tipo de alojamientos en un contexto de crecimiento
y consolidación de los mismos, una situación de "alegalidad" que se mantuvo hasta que la
legislación regional reguló mediante un nuevo decreto esta actividad económica dando
seguridad jurídica y garantías tanto a usuarios como a propietarios, equiparándolos al resto de la
oferta reglada.
5.1 Ley 8/1999, de 26 de mayo, de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha
El propósito de la Ley 8/1999, de 26 de mayo, es reglamentar la ordenación de la oferta
turística, estableciendo las modalidades de las empresas y actividades turísticas; la garantía,
protección y deberes de los usuarios; la promoción y el fomento del turismo; así como el
régimen disciplinario aplicable al mismo; y para conseguirlo la comunidad autónoma propone
los siguientes objetivos:
Potenciar y consolidar la región como uno de los principales destinos turísticos de interior.
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Planificar la oferta turística conforme a las exigencias de la demanda actual y potencial.
Corregir las deficiencias de las infraestructuras y elevar la calidad de los servicios,
armonizándolos con las actuaciones urbanísticas de la ordenación del territorio y la
conservación del medio ambiente.
Impulsar la mejora y modernización del equipamiento turístico de la región.
Mejorar la posición competitiva del sector turístico regional y la implantación de sistemas y
controles de calidad.
Propiciar la formación del capital humano del sector turístico.
Preservar los recursos turísticos, evitando su destrucción o deterioro, procurando su correcto
aprovechamiento y respetando los valores culturales, histórico-artísticos, paisajísticos,
urbanísticos y medioambientales.
Impulsar y apoyar a las asociaciones de empresarios y entidades turísticos no empresariales.
Apoyar el desarrollo de los programas de actividades de creación, promoción y
comercialización de productos turísticos.
Combatir el intrusismo y la competencia desleal en la actividad turística.
El Consejo de Turismo, órgano consultivo y asesor en materia de turismo de la Consejería del
ramo, constituido por representantes de los agentes económicos y sociales de la región, es el
encargado de informar y asesorar sobre los proyectos que afectan a la ordenación del turismo,
las medidas y los planes dirigidos al fomento y mejora del sector turístico, y las acciones y
programas de promoción turística. Además, facilita la incorporación de la iniciativa privada al
diseño y ejecución de la política regional de promoción turística.
En el artículo 15 de la ley se enumeran las modalidades de alojamiento turístico, diferenciando
entre alojamiento hotelero y extrahotelero, incluyendo dentro del segundo, entre otros formatos,
los apartamentos turísticos. La reglamentación aplicable a dicha figura se encontraba en la
normativa estatal contenida en el Real Decreto 2877/1982, de 15 de octubre, de ordenación de
apartamentos turísticos y de viviendas turísticas vacacionales, así como en la Orden de 17 de
enero de 1967, del Ministerio de Información y Turismo, mediante la cual se aprobó la
ordenación de apartamentos, “bungalows” y otros alojamientos similares de carácter turístico.
Sin embargo, la derogación de dichas normas, operada mediante el Real Decreto 39/2010, de
15 de enero, hizo necesaria la aprobación de un reglamento que se ocupara de la ordenación
de los apartamentos turísticos en Castilla-La Mancha.
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No obstante, la evolución en los últimos años de las formas de experiencia turística, ante la
demanda de nuevos tipos de alojamiento turístico en los destinos, pone de manifiesto la
necesidad de ampliar la oferta más allá de los establecimientos turísticos recogidos
expresamente en la Ley 8/1999, de 26 de mayo. En este sentido, el mismo artículo 15 de la
citada ley establece una remisión al desarrollo reglamentario, de otras figuras que pudieran
incluirse como alojamientos extrahoteleros.
5.2 Decreto 36/2018, de 29 de mayo, por el que se establece la ordenación de los
apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico en Castilla-La Mancha
La región cuenta desde el mes de junio de 2018 con su primera normativa sobre apartamentos
turísticos y viviendas de uso turístico, un decreto que responde al crecimiento de ambas
modalidades y provocó un aumento exponencial de las regularizaciones y la apertura de nuevos
establecimientos a partir de esa fecha. El Decreto 36/2018, de 29 de mayo,2 muy similar al que
existe en otras comunidades autónomas, da respuesta a las demandas del sector hotelero y de
las asociaciones de viviendas y apartamentos turísticos que reclamaban su ordenación para
potenciar el posicionamiento de la región como destino turístico competitivo de cara al mercado
nacional y extranjero.
El decreto regula aspectos como los requisitos y condiciones mínimas que deben reunir los
apartamentos y viviendas de uso turístico, su identificación con placas en las puertas de acceso,
el régimen de reservas, cancelaciones y precios, y la inspección y régimen sancionador de
acuerdo a la Ley de Ordenación del Turismo de la región.
Mediante esta norma se aborda por primera vez la reglamentación de las denominadas viviendas
de uso turístico, como nueva modalidad de alojamiento extrahotelero que ha tenido un gran
desarrollo en los últimos años por las nuevas tendencias que se han impuesto en el mercado de
los viajes, en los alojamientos y en general con la contratación vía “online”.
La regulación de las viviendas de uso turístico no puede significar un deterioro de los estándares
de calidad turística que han convertido a España en uno de los destinos más competitivos del
mundo y con uno de los mayores niveles de satisfacción en los visitantes. Por estas razones, se
pretende garantizar la prestación de los servicios de alojamiento desde unos mínimos de calidad
2 Se ha consultado: Decreto 36/2018, de 29 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por
el que establece la ordenación de los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico en Castilla-La
Mancha. Recuperado de
https://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2018/06/11/pdf/2018_6816.pdf&ti
po=rutaDocm
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tendentes a mejorar la experiencia del viajero y a proteger los legítimos derechos de las
personas usuarias de los servicios turísticos, como establece el artículo 16 de la Ley 8/1999, de
26 de mayo, al disponer que “los establecimientos de alojamiento estarán dotados de las
instalaciones y servicios mínimos que reglamentariamente estén determinados para cada tipo,
grupo, modalidad y categoría, identificándose mediante los símbolos y en los términos que
reglamentariamente estén establecidos para cada uno de ellos en atención a la oferta de dichas
instalaciones y servicios”.
Asimismo, la normativa persigue su adaptación a la Directiva 2006/123/C del Parlamento
Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior, estableciendo una
regulación más favorable y transparente, enmarcada en un ámbito de libertad empresarial
compatible con el mantenimiento de los estándares de calidad. De este modo, el Gobierno
Regional, tanto en la reglamentación de los apartamentos turísticos como en la de las viviendas
de uso turístico, tiene la intención de fomentar la inversión y la creación de nuevas empresas en
materia de alojamientos turísticos, dentro de un entorno de liberalización de las actividades
turísticas y de simplificación de trámites, que pueda contribuir al desarrollo económico de
nuestros destinos turísticos y a la creación de empleo.
Considerando el gran desarrollo del mercado turístico “online” y con el fin de continuar con el
impulso y dinamización del sector, se establece la obligatoriedad de realizar únicamente por
medios electrónicos las declaraciones y comunicaciones, puesto que la propia naturaleza de su
actividad conlleva necesariamente la disposición de unas capacidades técnicas mínimas.
El objeto principal de este decreto se centra en la ordenación de los apartamentos turísticos y las
viviendas de uso turístico, quedando excluidos del ámbito de aplicación de la norma: las
viviendas que, por motivos vacacionales o turísticos, se cedan sin contraprestación económica;
las diferentes tipologías de alojamientos rurales, que se regirán por lo dispuesto en su normativa
específica; y la cesión por estancias o habitaciones de las viviendas de uso turístico reguladas
por este decreto.
En el documento se entiende por apartamentos turísticos aquellos inmuebles integrados por dos
o más unidades de alojamiento, dotados de instalaciones, equipamiento y servicios en
condiciones de ocupación inmediata, destinados al alojamiento turístico de modo habitual,
mediante contraprestación económica, pudiendo adoptar las siguientes modalidades, según sus
características:
Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
(89)
14
Bloque: aquellos apartamentos turísticos ubicados en la totalidad de un edificio, o en parte
independizada del mismo, con accesos y escaleras de uso exclusivo.
Conjunto: aquellos apartamentos turísticos integrados por un complejo de edificaciones
contiguas de características arquitectónicas similares con acceso e instalaciones comunes.
Las viviendas de uso turístico pueden ser pisos, casas, chaléts u otros inmuebles análogos,
amueblados y equipados en condiciones de uso inmediato, que son comercializados o
promocionados en canales de oferta turística para ser cedidos temporalmente y en su totalidad a
terceros, de forma habitual, con fines de alojamiento turístico y a cambio de contraprestación
económica.
Los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico no podrán utilizarse como residencia
permanente ni con cualquier otra finalidad distinta del uso turístico. Deberán cumplir la normativa
vigente en materia de medio ambiente, ordenación urbanística, construcción y edificación,
accesibilidad, instalación y funcionamiento de maquinaria, insonorización, sanidad e higiene,
seguridad, registro de viajeros, prevención de incendios, propiedad horizontal, fiscal y
mercantil. Deberán disponer en sus instalaciones de información turística de la zona, plano de la
localidad, información de servicios médicos, comercios, tiendas de alimentos, zonas de ocio,
restaurantes y cafeterías, guías de espectáculos, así como información de los aparcamientos más
cercanos o existentes en la zona y medios de transporte urbano; y antes del inicio de la actividad
y de cualquier tipo de publicidad de la misma, deberán presentar la correspondiente
declaración responsable de inicio de actividad, e inscribirse en el Registro de empresas y
establecimientos turísticos.
6 Los alojamientos turísticos: evolución, cualificación y distribución
territorial
El desarrollo de la investigación sobre los alojamientos turísticos en la región tiene como
coordenadas esenciales la evolución en el tiempo y la plasmación en el espacio de los aspectos
considerados.
Los alojamientos turísticos extrahoteleros en Castilla-La Mancha aparecen a principios de la
década de los noventa y han tenido una evolución ascendente, con altibajos, hasta 2018 cuando
se regulan mediante Real Decreto los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico, que
contarán con dos años de moratoria en el primer caso y un año en el segundo para inscribirse
en el Registro de empresas turísticas. Resultado de esto es el ya comentado crecimiento
Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
(89)
15
exponencial de las regularizaciones y del inventario de nuevas viviendas de uso turístico
regionales a partir de 2018 (Figura 1).
Aunque el aumento en la apertura de estas nuevas modalidades de alojamiento ha sido
considerablemente superior a las tipologías hoteleras tradicionales y a las extrahoteleras
convencionales, el número de plazas ofertadas por los hoteles, obviamente, es mayor al de los
apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico como era de esperar por las propias
características de este tipo de alojamiento (Figura 2).
El crecimiento en el número de casas rurales en Castilla-La Mancha entre 2000 y 2005 fue del
148 %, percibiéndose un incremento de plazas ofertadas del 175 %. La tendencia continua
desde el 2005 hasta la actualidad, aunque en la segunda década del presente siglo se
desacelera ante la aparición y desarrollo de las nuevas modalidades. Respecto a los alojamientos
hoteleros en ese mismo periodo crecieron un 26,4 % pero, obviamente, el número de plazas
supera con creces al resto de alojamientos. Este aumento remite en el periodo 2014–2019, y
aunque se sigue invirtiendo en esta modalidad, se ralentiza el proceso.
Figura 1. Evolución de los alojamientos turísticos en Castilla-La Mancha (1950–2020)
Fuente: elaboración propia a partir de JCCM (2020)
0
200
400
600
800
1,000
1,200
1,400
1,600
1,800
2,000
2,200
1950
1953
1964
1966
1968
1970
1972
1974
1976
1978
1980
1982
1984
1986
1988
1990
1992
1994
1996
1998
2000
2002
2004
2006
2008
2010
2012
2014
2016
2018
2020
AT VUT Hotel Hotel-Apartamento
Hostal Motel Pensión Casa Rural
Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
(89)
16
Según el Plan Estratégico de Turismo 20202023, el número de viviendas de uso turístico y
viviendas vacacionales aumentaron entre 2014 y 2019 un 1937,5 %, pasando de 32 a 652, y los
apartamentos turísticos un 56,1 % creciendo de 437 a 682. La situación se repite si
consideramos la evolución de las plazas en el mismo periodo. Las viviendas de uso turístico y las
viviendas vacacionales aumentan un 1708 % entre 2014 y 2019, pasando de 199 a 3598; los
apartamentos turísticos un 29,4 % pasando de 5207 a 6739 plazas, y los hoteles tan solo un
5,0 % (34 136 en 2014 y 35 842 en 2019). Este crecimiento en el número de establecimientos
y plazas en Castilla-La Mancha es una prueba irrefutable de que el sector privado del turismo
está invirtiendo porque es un sector dinámico que genera actividad y negocio.
Figura 2. Evolución de las plazas en alojamientos turísticos
en Castilla-La Mancha (19502020)
Fuente: elaboración propia a partir de JCCM (2020)
De este modo dominan las plazas hoteleras, suponiendo un 55,2 % del total, seguidas de las
plazas en alojamientos de turismo rural (29,4 %) y las de apartamentos turísticos y viviendas de
uso turístico (15,4 %). Según la información proporcionada por la Consejería, a marzo de 2020
existe un total de 65 940 plazas de alojamiento turístico reglado en la Región.
0
2,000
4,000
6,000
8,000
10,000
12,000
14,000
16,000
18,000
20,000
22,000
24,000
1950
1953
1964
1966
1968
1970
1972
1974
1976
1978
1980
1982
1984
1986
1988
1990
1992
1994
1996
1998
2000
2002
2004
2006
2008
2010
2012
2014
2016
2018
2020
AT VUT Hotel Hotel-Apartamento Hostal Motel Pensión Casa Rural
Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
(89)
17
En cuanto a la distribución territorial de estos alojamientos, una primera aproximación pone de
manifiesto que un 77 % de los apartamentos turísticos se localizan en el medio rural, existiendo
un 32 % en los núcleos más pequeños de 500 habitantes, y un 21 % en núcleos entre 1000 y
2000 habitantes. El medio urbano concentra tan solo el 23 % de la oferta de este tipo de
alojamiento, y de este porcentaje el 17,5 % se localiza en ciudades entre 50 000 y 100 000
habitantes (Tabla 1).
Frente a los apartamentos turísticos, las viviendas de uso turístico predominan en el medio
urbano que concentra el 78 % de las mismas, ubicadas prácticamente la totalidad (73,7 %) en
localidades entre 50 000 y 100 000 habitantes: Toledo, Cuenca, Guadalajara, Ciudad Real,
Talavera de la Reina y Puertollano. En el medio rural la presencia de este tipo de alojamiento es
casi testimonial, destacando las poblaciones entre los 2000 y 10 000 habitantes que aglutinan el
12,8 % del total.
Tabla 1. AT y VUT según el tamaño demográfico
de los municipios de Castilla-La Mancha (marzo 2020)
Población CLM
2020
Municipios de
CLM
Tipología Alojamientos
Total (hab.)
%
Total
%
%
VUT
%
Menos de 101
12 875
0,6
261
28,4
8,1
4
0,6
De 101 a 500
65 577
3,2
264
28,7
23,7
15
2,2
De 501 a 1000
81 716
4
116
12,6
9
25
3,7
De 1001 a 2000
139 292
6,9
98
10,7
21,1
19
2,8
De 2001 a 5000
343 000
16,9
106
11,5
11,2
49
7,2
De 5001 a 10 000
259 486
12,8
38
4,1
3,8
38
5,6
De 10 001 a 20 000
260 783
12,8
20
2,2
1,1
13
1,9
De 20 001 a 50 000
313 208
15,4
10
1,1
0,8
6
0,9
De 50 001 a 100 000
383 597
18,9
5
0,5
17,5
504
73,7
De 100 001 a
500 000
173 329 8,5 1 0,1 25 3,8 11 1,6
Total
2 032 863
100
919
100
100
684
100
Fuente: elaboración propia a partir de JCCM (2020)
Respecto a las plazas ofertadas en apartamentos turísticos, la situación es casi idéntica a la
comentada para los establecimientos, con un claro predominio en el medio rural que aglutina el
73,6 % de la totalidad de las plazas, concentrándose el 41,8 % de las mismas en los núcleos
menores de 500 habitantes. En el medio urbano son las ciudades entre 50 000 y 100 000
habitantes las que reúnen el mayor porcentaje de la oferta con el 15,4 % de ella (Tabla 2).
Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
(89)
18
En cuanto a las viviendas de uso turístico, la situación cambia. Son los núcleos urbanos, y sobre
todo los del intervalo comprendido entre los 50 000 y 100 000 habitantes los que ofertan casi
el 70 % de plazas (2524), destacando la ciudad de Toledo, en cuyo casco histórico están
ubicadas unas 2000 plazas, algo más de la mitad del total de la región (53,4 %). Los núcleos
rurales con población entre los 2000 y los 10 000 habitantes concentran el 15,5 % de estas
viviendas.
No obstante, la abundante oferta de alojamientos rurales no ha sido suficiente para fijar
población e impedir la paulatina despoblación de los municipios rurales, incumpliendo así uno
de los objetivos básicos que plantean las políticas europeas de desarrollo rural. Las causas que
imposibilitan la recuperación demográfica de muchos núcleos rurales, a pesar de la masiva
implantación de alojamientos en ellos, pueden sintetizarse en dos: la primera consiste en que la
apertura de establecimientos no siempre se corresponde con la ubicación de los atractivos más
demandados por los turistas rurales, y la segunda radica en que el desarrollo turístico no debe
centrarse exclusivamente en la puesta en servicio del alojamiento, sino que debe ir acompañada
de unos servicios complementarios de calidad, donde la oferta de actividades debe orientarse
específicamente a las fortalezas de cada territorio (Sánchez, Rengifo & Blas, 2020).
Tabla 2. Plazas en AT y VUT según el tamaño demográfico
de los municipios de Castilla-La Mancha (marzo 2020)
Población CLM
2020
Municipios de
CLM
Plazas
Total (hab.)
%
Total
%
AT
%
VUT
%
Menos de 101
12 875
0,6
261
28,4
674
10,5
14
0,4
De 101 a 500
65 577
3,2
264
28,7
2007
31,3
109
2,9
De 501 a 1000
81 716
4
116
12,6
597
9,3
172
4,6
De 1001 a 2000
139 292
6,9
98
10,7
749
11,7
147
3,9
De 2001 a 5000
343 000
16,9
106
11,5
438
6,8
350
9,3
De 5001 a 10 000
259 486
12,8
38
4,1
257
4
234
6,2
De 10 001 a 20 000
260 783
12,8
20
2,2
76
1,2
98
2,6
De 20 001 a 50 000
313 208
15,4
10
1,1
521
8,1
36
1
De 50 001 a
100 000
383 597 18,9 5 0,5 987 15,4 2524 67,4
De 100 001 a
500 000
173 329 8,5 1 0,1 97 1,5 63 1,7
Total
2 032 863
100
919
100
6403
100
3747
100
Fuente: elaboración propia a partir de JCCM (2020)
Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
(89)
19
Según la información de marzo de 2020 proporcionada por la Consejería relativa al total de
apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico registrados en las distintas provincias
castellanomanchegas, destacan las provincias de Toledo (35,8 %), Cuenca (23,8 %) y Albacete
(21,7 %), con las siguientes peculiaridades, los apartamentos turísticos predominan en Albacete
frente a las viviendas de uso turístico, en Toledo hay una clara concentración de viviendas de
uso turístico y en Cuenca hay un cierto equilibrio entre apartamentos turísticos y viviendas de uso
turístico, aunque con un predominio de los primeros. Guadalajara (9,7 %) y Ciudad Real (9,1 %)
son las que presentan menor porcentaje en estas tipologías.
En términos de inmuebles, la oferta está muy equilibrada entre viviendas de uso turístico y
apartamentos turísticos, con el 50,8 % y el 49,2 % respectivamente. Sin embargo, si solo
tenemos en cuenta las unidades de establecimientos y no su potencial comercial real, se puede
dar una idea distorsionada de la importancia de la vivienda turística, ya que los apartamentos
turísticos presentan un número de plazas por unidad considerablemente superior a las de las
viviendas de uso turístico. Este efecto distorsionador se puede corregir con la introducción del
número de plazas por tipologías. Teniendo en cuenta esta variable, los apartamentos turísticos
son los que concentran la mayoría de las plazas (63,08 %).
En cuanto a la distribución geográfica, hay un predominio de apartamentos turísticos en el
reborde montañoso oriental de la región, en el Sistema Ibérico de Guadalajara y Cuenca, en sus
capitales provinciales y en núcleos como Almendros, próximo a las ruinas romanas de
Segóbriga, y Beteta, con su propio monumento natural (hoz de Beteta y sumidero de Mata
Asnos), así como en algunas localidades de La Manchuela de Albacete y en la sierras de Alcaraz
y de Segura, además de poblaciones ubicadas en La Mancha albaceteña, ciudarrealeña y
toledana (Figuras 3 y 4). Hay que resaltar el papel de los espacios naturales protegidos en esta
distribución, con establecimientos en la proximidad del Parque Nacional de Cabañeros y en el
Parque Nacional de las Tablas de Daimiel, vinculados al turismo de naturaleza por el alto valor
medioambiental de sus espacios. Es el caso de los alojamientos de Pueblonuevo del Bullaque
y Villarrubia de los Ojos, enclavados en las estribaciones de los Montes de Toledo y en la llanura
manchega respectivamente, con parte de sus zonas húmedas dentro del Parque Nacional de las
Tablas de Daimiel. La localidad de Almagro, por su alto valor monumental destaca en el Campo
de Calatrava, un área de especial interés geológico que junto a la de Olot y la de Cabo de
Gata, constituyen territorios de significativa importancia por su naturaleza volcánica dentro de la
Península Ibérica.
Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
(89)
20
Figura 3. Distribución territorial de los AT en Castilla-La Mancha (marzo de 2020)
Fuente: elaboración propia a partir de JCCM (2020)
Figura 4. Municipios con mayor número de apartamentos turísticos (marzo de 2020)
Fuente: elaboración propia a partir de JCCM (2020)
6
6
8
9
9
10
10
13
14
18
24
38
52
55
91
020 40 60 80 100
Ossa de Montiel (AB)
Villanueva de los Infantes (CR)
Villalba de la Sierra (CU)
Casas-Ibáñez (AB)
Riópar (AB)
Lagunas de Ruidera (AB)
Letur (AB)
Almagro (CR)
Casas de Ves (AB)
Toledo (capital)
Albacete (capital)
Lugar Nuevo (AB)
Alcalá del Júcar (AB)
Villatoya (AB)
Cuenca (capital)
Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
(89)
21
Respecto a las viviendas de uso turístico, los núcleos más dinámicos desde el punto de vista de
la creación de este tipo de establecimientos son las cinco capitales provinciales y las zonas
limítrofes con la Comunidad de Madrid (Figuras 5 y 6).
En definitiva, y como muestran las Figuras 3 y 5, la representación de la distribución de las
viviendas de uso turístico en el territorio regional resulta ser el negativo del mapa de los
apartamentos turísticos. Estos se concentran fundamentalmente en las zonas de los sistemas
montañosos del este y sur, Sistema Ibérico y sierra de Alcaraz y Segura, mientras que las
viviendas de uso turístico se focalizan principalmente en los municipios más próximos y
densamente poblados de la comunidad autónoma, es decir, las localidades cercanas a Madrid y
La Mancha de Ciudad Real.
Respecto a las plazas en apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico (Figuras 7 y 8)
predominan en Toledo (31,2 %) y Cuenca (30,4 %), quizá motivado por el peso de sus dos
capitales, ambas declaradas Patrimonio Mundial de la Humanidad, destacando Toledo en
viviendas de uso turístico y Cuenca en apartamentos turísticos.
Figura 5. Distribución territorial de las VUT en Castilla-La Mancha (marzo de 2020)
Fuente: elaboración propia a partir de JCCM (2020)
Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
(89)
22
Figura 6. Municipios de Castilla-La Mancha con mayor número de VUT (marzo de 2020)
Fuente: elaboración propia a partir de JCCM (2020)
Como se ha indicado más arriba y en cuanto a los apartamentos turísticos, sobresalen las
ciudades de Toledo, Guadalajara y Cuenca, poblaciones cercanas a Madrid y localidades de la
Serranía de Cuenca y Sierra de Alcaraz. Con más de 200 plazas se sitúa Cuenca capital (461),
Seseña (364), Guadalajara (324) Villalba de la Sierra (257), Villatoya (220) y Toledo (207) (Tabla
3). Entre 100 y 200 plazas se encuentran sobre todo enclaves asociados a las áreas montañosas
de la región y Alcalá del Júcar. Y con menos de 100 plazas están los municipios de Albacete,
Ruidera, Almagro, y localidades serranas y próximas a Madrid como Illescas (Figura 7, Tabla 3).
En cuanto a las plazas existentes en las viviendas de uso turístico (Figura 8, Tabla 4),
indiscutiblemente Toledo es el municipio que aglutina la mayoría (1882), seguido de Cuenca
(558), y de Almagro con 136, cifra considerable si tenemos en cuenta sus habitantes (8896),
aunque justificado por los recursos patrimoniales de su núcleo urbano que motivaron la
declaración de Conjunto Histórico-Artístico en 1972. Con menos de 100 plazas se encuentran
localidades como Albacete, Cobisa en los Montes de Toledo-, Sigüenza, Ciudad Real, Olías
del Rey en La Sagra–, Ruidera en Campo de Montiel y con importantes lagunas que
constituyen la cabecera del río Guadiana–, El Casar –con un notable patrimonio histórico
artístico–, y Guadalajara.
2
2
3
3
4
4
5
6
8
8
8
11
26
107
383
0 50 100 150 200 250 300 350 400 450
Fernán Caballero (CR)
Tomelloso (CR)
Albalate de Zorita (GU)
El Casar (GU)
Madridejos (TO)
Olías del Rey (TO)
Guadalajara (capital)
Cobisa (TO)
Ruidera (CR)
Sigüenza (GU)
Ciudad Real (capital)
Albacete (capital)
Almagro (CR)
Cuenca (capital)
Toledo (capital)
Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
(89)
23
Figura 7. Localización de las plazas en apartamentos turísticos (marzo 2020)
Fuente: elaboración propia a partir de JCCM (2020)
Tabla 3. Municipios de Castilla-La Mancha con mayor número de plazas de AT
Municipio
Total plazas AT
Cuenca
461
Seseña (TO)
364
Guadalajara
324
Villalba de la Sierra (CU)
257
Villatoya (AB)
220
Toledo
207
Alcalá del Júcar (AB)
199
Lugar Nuevo (AB)
168
Las Majadas (CU)
155
Solán de Cabras (CU)
151
Almagro (CR)
116
Peralejos de las Truchas (GU)
106
Albacete
97
Ruidera (CR)
82
Buenache de la Sierra (CU)
78
Illescas (TO)
75
Cañete (CU)
74
Consuegra (TO)
73
Beteta (CU)
72
Orea (GU)
72
Fuente: elaboración propia a partir de JCCM (2020)
Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
(89)
24
Figura 8. Localización de las plazas en viviendas de uso turístico (marzo 2020)
Fuente: elaboración propia a partir de JCCM (2020)
Tabla 4. Municipios de Castilla-La Mancha con mayor número de plazas de VUT
Municipio
Total Plazas VUT
Toledo
1882
Cuenca
558
Almagro (CR)
136
Albacete
63
Cobisa (TO)
55
Sigüenza (GU)
49
Ciudad Real
46
Olías del Rey (TO)
46
Ruidera (CR)
44
El Casar (GU)
36
Guadalajara
32
Villaluenga de la Sagra (TO)
32
Albalate de Zorita (GU)
29
Madridejos (TO)
29
Tomelloso (CR)
21
Cardiel de los Montes (TO)
18
Yunclillos (TO)
18
Bogarra (AB)
16
Carranque (TO)
16
Alcabón (TO)
15
Fuente: elaboración propia a partir de JCCM (2020)
Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
(89)
25
Al cambiar de escala y considerar la distribución provincial, es en Albacete donde se concentra
el mayor número de apartamentos turísticos (41,32 %), seguido de Cuenca (28,80 %) y
Guadalajara (14,48 %), aunque el volumen de plazas en la primera (18,04 %) queda superado
en estas dos provincias con 37,59 % y 23,24 %, respectivamente, lo que indica la atomización
de los establecimientos en el primer caso (Tabla 5).
Tabla 5. Apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico
en Castilla-La Mancha (marzo 2020)
Establecimientos
Plazas
AT
%
VUT
%
AT
%
VUT
%
Albacete
274
41,3
18
2,6
1155
18,0
117
3,1
Ciudad Real
60
9,0
62
9,1
529
8,3
364
9,7
Cuenca
191
28,8
129
18,8
2407
37,6
678
18,1
Guadalajara
96
14,5
35
5,1
1488
23,2
249
6,6
Toledo
42
6,3
440
64,3
824
12,8
2339
62,4
TOTAL
663
100,0
684
100,0
6403
100,0
3747
100,0
%
49,22
50,78
63,08
36,91
Fuente: elaboración propia a partir de JCCM (2020)
Las viviendas de uso turístico se ubican predominantemente en la provincia de Toledo con el
64,32 % de los establecimientos y el 62,42 % de las plazas ofertadas, seguido muy de lejos por
Cuenca que con el 18,85 % de establecimientos y el 18,09 % de las plazas no llega a la tercera
parte de la oferta toledana.
7 Discusión de resultados
En los últimos años se han producido intensas transformaciones en el sector del turismo cultural y
rural en nuestro país y en nuestra región, con la aparición, desarrollo y proliferación de los
denominados apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico.
La oferta turística está íntimamente ligada a las condiciones geográficas de un territorio y a las
especificidades de sus recursos que son requeridos por la demanda tanto real como potencial
(López Olivares, 1998). El creciente tiempo libre destinado al ocio ha generado un progresivo y
permanente fortalecimiento de la actividad turística en general y, en particular, de cada uno de
los subsectores que la integran. En el caso particular de España se ha convertido en una de las
principales fuentes de sostenimiento para su economía (Del Busto, Ceballos & Pérez, 2019)
como promotor de los procesos de desarrollo regional y local (CFI, 2011, p. 8).
Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
(89)
26
La importancia de los recursos patrimoniales (naturales y culturales) en la demanda turística y en
la aparición, desarrollo y consolidación de destinos turísticos, ha sido reconocida en los distintos
planes sectoriales y territoriales. El Anteproyecto de Ley de Desarrollo Rural Territorial y contra la
Despoblación en Castilla-La Mancha tiene como objetivo promover políticas de desarrollo urbano
en armonía y complementariedad con los intereses rurales, integrando los valores del medio
rural en la vida urbana, y fomentando acciones de promoción dirigidas a la creciente demanda
de ocio en las zonas rurales y el medio natural.
El Pacto por el Desarrollo y la Competitividad en Castilla-La Mancha considera el sector turístico
como un sector estratégico por su alto valor añadido, y establece que la estrategia turística a
seguir en la región se realizará mediante la elaboración y puesta en marcha de Planes
Estratégicos: el modelo seguido por el Plan de Ordenación y Promoción del Turismo en Castilla-
La Mancha 2006–2009 se sustenta en la consideración del turismo como la mejor herramienta
para dar a conocer, mantener y conservar los recursos naturales y culturales del territorio; el Plan
Estratégico 2010–2014 incide en la importancia del patrimonio cultural y natural de la región, el
patrimonio tangible e intangible y los eventos capaces de atraer a miles de personas; el Plan
Estratégico de Turismo de Castilla-La Mancha 2015–2019 continúa potenciando el turismo
patrimonial, cultural y natural, y el turismo rural, e incide en la necesidad de fomentar la
promoción y comercialización por parte del sector privado directamente y online, respondiendo
a los hábitos de los turistas actuales; y por último, el Plan Estratégico de Turismo de Castilla-La
Mancha 2020–2023 incide en la necesidad de una utilización de los recursos turísticos
sostenible y accesible para su operatividad a largo plazo.
Acompañando el aumento del interés de las personas por viajar y en la medida en que ha ido
desarrollándose la actividad, se ha producido una intervención de carácter jurídico cada vez más
intensa de los poderes públicos para organizarla y canalizarla, dando como resultado una
creciente “administrativización” del fenómeno turístico (Del Busto, Ceballos & Pérez, 2019).
La extensión y el potencial de crecimiento de la oferta de alojamiento residencial en alquiler
supone hoy un extraordinario desafío para muchos destinos españoles que - incluso pudiendo
contar con alguna regulación parcial al respecto - aún no han reflexionado en profundidad sobre
los diversos efectos tanto turísticos como no turísticos que induce, y sobre el marco normativo
que idealmente debiera regirlos. Estamos ante una discusión global ya presente en los
principales destinos turísticos del mundo, muchos de los cuales disponen de legislaciones para
minimizar los impactos desfavorables de este fenómeno o incluso prohibir de facto este tipo de
Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
(89)
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alojamientos al considerarlos perjudiciales para el desarrollo de su modelo turístico y/o de
convivencia ciudadana. Es el caso de ciudades referentes como Nueva York y Miami en Estados
Unidos, y Barcelona y Madrid en España.3
La ocupación del suelo, los cambios en los ecosistemas y los paisajes, el importante consumo de
agua y energía, pero también la modificación de las estructuras y relaciones socioeconómicas y
la adopción de nuevos patrones culturales son algunos de los efectos directos que la actividad
turística genera en los lugares de acogida (Vera, 1997; 2014; Barrado, 2004; Vera & Baños,
2016).
Se ha confirmado que la generalización de apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico en
ciudades declaradas Patrimonio Mundial ha tenido una serie de efectos positivos, pero también
ha generado controversia entre los residentes. No obstante, se evidencia que los problemas no
afectan de la misma forma en todas las ciudades. La proliferación de alquileres vacacionales
muestra cierta correlación espacial con las áreas de una mayor proporción de vivienda vacía, y
la mayor cercanía de los puntos de atracción turística. En el caso de la ciudad de Cuenca, este
tipo de alojamiento, siempre que se regule, es aceptado por su contribución a una disminución
en el número de viviendas vacías y por los puestos de trabajo que genera. En Toledo, donde la
concentración es mayor, especialmente en su casco histórico, también se opta por la
regularización y la inspección de los mismos ofreciendo así las pertinentes garantías de calidad,
además de la elaboración de una normativa local al respecto sin llegar, como en otras ciudades,
a adoptar un plan radical contra los apartamentos de uso turístico y el cierre de muchos de ellos.
El desarrollo del turismo en las Ciudades Patrimonio Mundial ha contribuido a su recuperación y
revitalización funcional, pero ante una excesiva e incontrolada presión resulta urgente ordenarlo,
controlarlo y canalizarlo en función de las necesidades de la conservación, porque estas
ciudades han adquirido el compromiso de preservar un patrimonio de reconocido valor
universal excepcional (Troitiño, 2018) que no pueden poner en peligro. Resulta necesario un
nuevo marco teórico y metodológico de interpretación y gestión de las relaciones existentes
entre el turismo, el patrimonio y las políticas urbanas donde, de partida, se asuma la necesidad
3 EY Building a better working world; Tourism & Law abogados; Exceltur (2015). Alojamiento turístico en viviendas
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Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
(89)
28
de limitar, con las herramientas necesarias, un desmesurado crecimiento turístico en función de
la capacidad de acogida de los diferentes destinos.
8 Conclusiones
Los resultados obtenidos permiten corroborar la hipótesis inicial de nuestro estudio, constatando
que en Castilla-La Mancha la oferta de apartamentos y viviendas de uso turístico se ha
incrementado de forma muy significativa en los últimos años. Siguiendo la tendencia
experimentada en el resto de las comunidades autónomas, tras la irrupción de las grandes
plataformas digitales especializadas en el alquiler de corta duración, surgen y se generalizan
nuevas tipologías de alojamientos turísticos, el apartamento turístico y la vivienda de uso turístico.
Además, con el creciente protagonismo del enfoque territorial, cada vez más presente en las
instrucciones y directrices comunitarias, nacionales y regionales, Castilla-La Mancha se ha
convertido en un territorio mucho mejor comunicado mediante una red de infraestructuras que
permite la conexión de sus núcleos de población, sus potentes recursos artísticos, culturales y
naturales, y la atracción de un mayor número de visitantes.
Las inversiones realizadas en el sector, una oferta cada vez más amplia, de mayor calidad y
diversificada, centrada en las riquezas histórico-culturales y fundamentalmente naturales, han
contribuido al auge del sector turístico.
Con la puesta en marcha del programa A Plena Luz a finales de la década de los años 80 y la
generalización de las intervenciones llevadas a cabo en el marco del mismo, comenzaron a
proliferar hoteles y hostales fundamentalmente en los cascos históricos de las ciudades
Patrimonio Mundial, coadyuvando a una recuperación del patrimonio monumental de
contenedores vacíos o infrautilizados con la consiguiente concentración del mayor número de
plazas en esta zona. Esta iniciativa, junto con la distinción otorgada por la UNESCO a las
ciudades de Toledo y Cuenca, la entrada en vigor de la Ley de Turismo de Castilla-La Mancha y
la aparición de los Consorcios de las ciudades Patrimonio, han impulsado que sus cascos
históricos sean centros dinámicos en los que empiezan a surgir nuevos alojamientos turísticos
que desde finales de la primera década del siglo XXI se generalizan no solo en el casco sino por
el resto de la ciudad. Muchos de los alojamientos catalogados como turísticos han pasado a ser
viviendas de uso turístico en el casco histórico de Toledo, o apartamentos turísticos
compartiendo protagonismo con las viviendas de uso turístico en Cuenca. La consolidación de
estos destinos como importantes centros de turismo cultural y la revalorización de sus cascos
Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
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históricos como espacios lúdicos han propiciado la aparición, proliferación y consolidación de
nuevas modalidades de alojamiento.
Junto con la oferta tradicional de alojamientos en núcleos, en los últimos años la región viene
experimentando un cambio significativo al alza de los distintos formatos de establecimientos
relacionados con la importancia que va adquiriendo la práctica del turismo rural y de naturaleza.
De hecho,
buena parte de los apartamentos turísticos situados en zonas rurales del territorio
regional se localizan en espacios naturales protegidos o sus áreas de influencia (Serranía de
Cuenca, Alto Tajo, Sierra Norte de Guadalajara, Sierra del Segura, Lagunas de Ruidera). En
general, el mundo rural europeo se encuentra inmerso en un profundo proceso de cambio en el
que junto a su necesaria y tradicional función agraria, se imponen otras estrategias ligadas al
disfrute de sus recursos naturales y culturales, con la consiguiente diversificación y complemento
de las rentas económicas de estos municipios. El patrimonio se convierte en seña de identidad y
motor de desarrollo de estos espacios multifuncionales. La gestión del patrimonio natural y
cultural, a través de su conservación y su puesta en valor, son elementos dinamizadores de los
territorios rurales en la medida en que es un recurso, fruto del devenir histórico del hombre en
sociedad en relación con su entorno (Cejudo & Maroto, 2007).
En definitiva, a partir del afianzamiento en los últimos años de las nuevas tecnologías se han
producido intensas transformaciones en el sector del turismo cultural, rural y urbano, con el
surgimiento, el desarrollo y la multiplicación de los arrendamientos de los denominados
apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico, en consonancia con lo ocurrido a nivel
nacional e internacional.
Agradecimientos: Este artículo se inscribe en el plan de difusión de resultados del proyecto de
investigación “El paisaje en zonas de montaña media como elemento estratégico del Turismo
rural (comarcas de Sierras de Alcaraz y Campo de Montiel, y Sierra del Segura en Albacete;
Comarca de Campaña de Oropesa en Toledo; Comarca Serranía de Cuenca en Cuenca;
Comarca Sierra Norte de Guadalajara). Caracterización y propuestas para potenciar y organizar
su uso recreativo”. Acrónimo PAIMONTUR, financiado por la Consejería de Educación, Cultura
y Deportes y cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el período 2020-
2022 (Código SBPLY/19/180501/000184).
Declaración responsable: Las/os autoras/es declaran que no existe conflicto de intereses en
relación con la publicación de este artículo. Las tareas se han distribuido de la siguiente manera:
A. E. Aparicio ha coordinado la elaboración del artículo y se ha encargado de la revisión
Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
(89)
30
bibliográfica; Ó. Serrano ha elaborado la cartografía; y las/os cuatro autoras/es, A.E. Aparicio,
Ó. Serrano, J.S. García y M.C. Fernández, han participado en el análisis de la información, la
redacción y revisión del artículo.
Boletín de la Asociación de Geógrafos Españoles,
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... Se parte de una hipótesis ya contrastada en la última publicación de los autores (Aparicio et al., 2021): la ubicación de las nuevas modalidades de alojamientos turísticos en lugares con importantes recursos naturales y culturales, centrando la atención, en este caso, en las ciudades Patrimonio Mundial -también conocido como Patrimonio de la Humanidad-de Castilla-La Mancha. ...
Article
The aim of this article is to quantify, typify and locate tourist rental accommodation in the World Heritage Sites of Castilla-La Mancha. The methodology used has focused on the search of bibliography; the analysis and interpretation of data obtained from statistical and documentary sources; territorial analysis; fieldwork; and the use of the local press. The results obtained confirm the starting hypothesis that the offer of flats and dwellings for tourist use in the cities analysed has grown exponentially over the last decade. El objetivo de este artículo es cuantificar, tipificar y localizar los alojamientos turísticos de alquiler en los recintos declarados Patrimonio Mundial de Castilla-La Mancha. La metodología utilizada se ha centrado en la consulta de bibliografía; el análisis e interpretación de los datos obtenidos de fuentes estadísticas y documentales; el análisis territorial; el trabajo de campo; y la utilización de la prensa local. Los resultados obtenidos permiten corroborar la hipótesis de partida, constatando que la oferta de los apartamentos y viviendas de uso turístico en las ciudades analizadas ha crecido de forma exponencial en la última década.
Article
Full-text available
Las importantes restricciones que el planeamiento urbano ha impuesto a las viviendas de uso turístico en las ciudades de Madrid y Barcelona imponen un examen de estas medidas desde el punto de vista de los principios de buena regulación económica, la libre prestación de servicios y la protección de los derechos fundamentales de ciudadanos en general y de propietarios de viviendas en particular.
Article
Full-text available
Ten years after the housing bubble burst, Barcelona has experienced an increase in rental prices. This increase in prices is due to a combination of factors such as household debt, urban entrepreneurialism and the marketing of the city, evictions, investment by speculative capital, changes in tenancy and an increase in rental housing for tourists. Overcrowding from tourists is gaining ground as a concern in multifunctional cities. Through an analysis of statistics and in-depth interviews with qualified agents, it is possible to observe how social struggles and unsustainability have outraged citizens and pitted them against overcrowding from tourism and the commodification of the city. The local administration of Barcelona has tried to respond to the situation by initiating a process of regulation through urban and tourism planning. Our analysis shows that these actions are of great importance but are not enough to alleviate some of the drawbacks, such as the shortage of rental housing and an excess of hotel beds.
Article
Rural towns and villages are facing a continuous population decline which, together with other related problems, has called for different development policies in order to counter- act it. Different administrations have chosen to develop the tourist sector-even though in the case of Extremadura these projects did not reach the goals they sought to achieve. Towns under 10,000 inhabitants, where a relatively large number of tourist accommoda- tion businesses have been established, are still losing population despite their potential and tourist-related resources. This implies that the policies to expand tourism have failed, especially because they have focused on enlarging accommodation capacity instead of generating products that meet the demands of customers. This attests to the notion that different policies are necessary in order to stop population decline-rather than simply establishing accommodation businesses or offering unrealistic tourist products that are unlikely to have a noticeable impact on the area object of study.
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Resumen En este trabajo se aborda la evolución de la oferta turística en la ciudad de Cáceres, durante el periodo comprendido entre los años 2010 y 2019. Para ello se toma como punto de partida la hipótesis de que se ha concentrado en la figura de los apartamentos turísticos, con los consiguientes efectos sobre la rehabilitación de viviendas y refuncionalización del área comprendida dentro del Conjunto Histórico. Los resultados obtenidos permiten corroborar la hipótesis inicial, constatando que la oferta de los apartamentos turísticos ha crecido de forma exponencial en los últimos años, mientras ha disminuido la de los restantes alojamientos. Además, se ha confirmado que el aumento de los apartamentos ha tenido una serie de efectos positivos y generado una cierta controversia entre los residentes en la zona objeto de estudio. Abstract The tourist apartments in the city of Cáceres: Rehabilitation of the historical complex This work talks about the evolution of the tourism offer in the city of Cáceres in the period between 2010 and 2019. The point of departure for this is the hypothesis that it has concentrated on the figure of tourist apartments, with the consequent effects on the rehabilitation of housing and refunctionalization of the area within the historic centre. The results obtained corroborate the initial hypothesis, confirming how the figure of tourist apartments has grown exponentially in recent years, while the rest of accommodation has even decreased. In addition, it has been confirmed that the increase in apartments has had a series of positive effects and generated a strong controversy among residents in the area under study.
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Propósito El presente trabajo indaga acerca del estado actual de la legislación de alojamiento turístico bajo la modalidad de apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico en España. Diseño/metodología/enfoque Se trata de una investigación exploratoria centrada en el análisis de una tipología específica dentro del subsector hospedaje. Se basa en un trabajo de gabinete (recopilación bibliográfica y normativa). Recomendaciones Como resultado, se advierte que la legislación de alojamiento turístico bajo la modalidad de apartamentos y viviendas de uso turístico en España ha experimentado un creciente desarrollo en la última década y presenta un importante nivel de dispersión, un alto grado de heterogeneidad en los criterios de categorización, y en algunos casos falta de incorporación de aspectos claves como la accesibilidad, la calidad y la sostenibilidad. Originalidad/valor La originalidad del estudio se fundamenta en el análisis comparativo de la regulación que las Comunidades Autónomas realizan de esta modalidad de alojamiento turístico denominada en la mayoría de las normativas analizadas de apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico. El trabajo comprende un estudio actualizado de la legislación autonómica en la materia.
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En el presente artículo se realiza una aproximación a la problemática que plantea la reciente regulación de las viviendas de uso turístico, con especial referencia a la normativa andaluza. Se inicia con una breve referencia a la llamada economía colaborativa y las plataformas P2P para seguir con un análisis de la evolución histórica de la normativa turística en la que se inserta la regulación de las viviendas de uso turístico hasta su regulación actual, con especial referencia a los recientes pronunciamientos jurisprudenciales al respecto.