El compliance o "programa de cumplimiento" es una figura que se encuadra dentro de las denominadas "medidas de autocorrección". A partir de las mismas, el poder público impulsa el autocontrol por parte de las empresas privadas y su funcionamiento con pleno respeto a la legalidad. Pese a la larga tradición que existe en relación al compliance y los programas de clemencia tanto en Estados Unidos como en la Unión Europea, cuenta con poco desarrollo en el ordenamiento español. La transposición de las últimas directivas europeas en materia de contratación pública, supone una oportunidad para regular la figura con mayor detalle. En el presente artículo estudiamos su incidencia en el ámbito de la regulación urbanística a partir de su incorporación a la normativa estatal en materia de contratación pública.