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Ediciones UACh
Colección Aural Universitaria de Ciencias Sociales, Artes y Humanidades
J. Escaida, J. C. Miranda y H. Peredo (Comps.)
Avances y Perspeivas para el
Desarrollo Territorial
Efeos de la competencia en la
Educación Superior en Chile. Una
mirada transdisciplinaria desde la
economía y el derecho
Félix Fuders, Pablo Arellano y Víor Jacques
Resumen
La Conitución chilena vigente garantiza el derecho de cada ciuda-
dano a crear inituciones de educación, deniendo implícitamente a
ea como un servicio o produo. Mucho se ha debatido sobre si se tra-
ta o no de un bien de consumo y, por lo tanto, si se debe someter a las
reglas de la libre competencia como cualquier otro bien. El presente ar-
tículo explica que el hecho que la educación en Chile sea un produo o
bien de consumo no es un problema en sí, sino que ee radica en que la
competencia entre las diferentes inituciones de educación superior en
el país no lleva a mejorar la calidad del «produo» educación, sino que
la empeora. Eo se debe a una falta de regulación en el mercado, la cual
es posible subsanar. En ee artículo se resaltará que ea propuea no
conituye una infracción al principio del libre mercado. Se concluye
con opiniones sobre la cueión del lucro en la educación y la demanda
sobre su gratuidad desde el punto de via de la competencia.
Felix Fuders: académico del Inituto de Economía de la Facultad de Ciencias Económicas y
Adminirativas UACh. Pablo A rellano: académico del Departamento de Derecho de la Empre-
sa de la Universidad Católica de Valparaíso. Víor Jacques: académico del Inituto de Econo-
mía de la Facu ltad de Ciencias Económicas y Adm inirativas UACh.
Introducción
Es ampliamente conocido que Milton Friedman, siendo el padre
académico de los «Chicago Boys», tenía influencia en la política de
Chile. En su obra Capitalismo y Libertad de , Friedman describe
su visión de un mercado de educación y la función del Estado en ese
mercado según su punto de vista. En esta visión, una multitud de
universidades compiten dejando al cliente, es decir al estudiante,
elegir la casa de estudios que más le conviene según sus preferen-
cias. El sistema educativo actual en Chile se orienta desde esta vi-
sión. No obstante, a las autoridades chilenas al emplear ese mode-
lo parece que se les escapó que Friedman asigna un rol importante
al Estado, haciendo referencia expresa a un capítulo anterior de la
misma obra en la introducción al tema (Friedman , ). Dicho
capítulo anterior describe la función del Estado en la sociedad libre,
que actúa como árbitro que define y vela por el cumplimiento de re-
glas del juego (Friedman , -; Stiglitz , ).
Competencia que disminuye la calidad de la educación
Análisis de la situación en Chile
La Conitución chilena de , en su artículo , garantiza el dere-
cho de cada ciudadano de crear inituciones de educación. Mientras
tanto, en su numeral eablece:
«Chicago Boys» es un término que apareció en la década de para denominar a los eco-
nomias liberales educados en la Universidad de Chicago bajo la dirección del profesor ea-
dounidense Milton Friedman. Eo gracias a un acuerdo que permitió el intercambio de alum-
nos entre la Ponticia Universidad Católica de Chile y la citada Universidad de Chicago que se
inició en el año . Los Chicago Boys tuv ieron inuencia decisiva durante el régimen militar
en Chile, siendo los articies de reformas económicas y sociales que llevaron a la creación de
una política económica referenciada en la economía de mercado de orientación neoclásica y
monetaria.
Conitución Política de la República de Chile (Decreto Supremo Nº ., de Minierio
del Interior, publicado en el Diario Ocia l de de oubre de ).
La libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener
eablecimientos educacionales.
La libertad de enseñanza no tiene otras limitaciones que las impueas por la
moral, las buenas coumbres, el orden público y la seguridad nacional (…).
En el conjunto normativo chileno no se encuentra limitación alguna
al derecho consagrado en la Conitución de fundar inituciones edu-
cacionales, aparte de la «moral» y la «buena coumbre», límites que
en la misma aparecen y que son baante vagos y, por lo tanto, sin efec-
to direo. Es decir, la normativa chilena no eablece las condiciones
ni los requisitos formales que tiene que cumplir un letrado para poder
trabajar en la educación superior en Chile, respeo a su formación aca-
démica mínima ni tampoco a las horas que tiene que dedicar el acadé-
mico a su labor. Asimismo, La Ley . sobre el «Aseguramiento de
la Calidad de la Educación Superior» en su art. , eablece que a la
Comisión Nacional de Acreditación le corresponde jar y revisar perió-
dicamente las pautas de evaluación para el desarrollo de los procesos
de acreditación. Para tales efeos, la Comisión debe garantizar que la
initución cuenta «con personal debidamente calicado y con dedica-
ción académica suciente» (art. , nro. ). En el universo de las normas
chilenas no exie una precisión de lo que signica en concreto «per-
sonal debidamente calicado y con dedicación académica suciente».
Se deja entonces la denición de eos criterios a cada initución de
educación superior.
Ea insuciencia ha producido la situación que tenemos hoy en Chi-
le: algunas universidades son comparables con inituciones extranje-
ras, donde exie una planta de académicos que, en su mayoría, tienen
títulos de grado de door y que publican los resultados de su inves-
tigación cientíca en revias internacionalmente reconocidas. Eas
universidades emplean a sus profesores, en la mayoría de los casos, en
jornada completa, pudiendo ellos de ea forma dedicarse a la
ciencia y a la enseñanza. Por otro lado, hay casas de eudios en Chile
que hoy en día se autodenominan universidades, pero que son más bien
initutos profesionales que emplean académicos mayormente sin títu-
lo de posgrado, mucho de ellos contratados a honorarios. Los profesores
que aceptan eas condiciones normalmente trabajan en otros rubros
y enseñan para obtener un ingreso extra, vale decir, no se dedican jornada
completa a la enseñanza y no se orientan a la inveigación. Eas ini-
tuciones, a pesar de entregar a sus alumnos una formación meramente
técnica en lugar de cientíca con un caráer integral, entregan el mis-
mo título que las universidades que se dedican a la inveigación.
Como los títulos no se diinguen por tipo de initución, es de espe-
rar que las diferencias en la formación académica entre un graduado
de una universidad de vocación cientíca y un graduado de una uni-
versidad que en realidad es más bien un inituto profesional no sean
suciente conocidas por los alumnos y los futuros empleadores. Para
poder competir con las inituciones que ahorran coos empleando
académicos sin posgrados y que no se dedican a la inveigación, las
universidades con vocación cientíca, a largo plazo, tendrán que copiar
eas práicas de ahorrar coos o, de lo contrario, serán expulsadas
del mercado en la medida que el mercado de empleadores no discri-
mine entre las universidades con diinta calidad. Se forma entonces
una competencia hacia abajo, es decir, que lleva a un empobrecimiento
de calidad de la educación en vez de a un mejoramiento. Uno podría
preguntarse cómo puede pasar eo: ¿No se supone que la competencia
hace que los produos y servicios ofrecidos en un mercado mejoren?
¿Aquí no entraría el juego de las acreditaciones para presionar hacia la
contratación de profesionales altamente calicados?
El problema de la competencia desleal
Es cierto que la teoría económica nos enseña que la competencia
perfea lleva conantemente a aumentar la calidad de los produos
al menor precio posible, entregando de esa forma —como a través de
una mano coordinadora invisible— el mejor eándar de vida para to-
dos (Frank , -; Smith , ). Es así porque si un fabricante
El término «formación técnica» no se reere a carreras de tecnología (como por ejemplo las
ingenierías civiles), sino que hace referencia a una enseñanza menos teórica, menos cientíca
y con menor formación integral; más orientada a la práica, ta l como la suelen entregar ini-
tutos profesiona les.
logra mejorar su produo, los competidores earán obligados a seguir
el paso si no quieren ser expulsados del mercado. No obante, ee efec-
to positivo y ampliamente reconocido de la competencia solamente
se da cuando hay información perfecta, es decir, cuando los consu-
midores están informados sobre la calidad de los productos y los
fabricantes lo están de las preferencias de los consumidores. La in-
formación perfecta es uno de los varios supuestos para que pueda
existir la llamada «competencia perfecta». Es sabido que la infor-
mación perfecta no existe, e incluso puede ser tan imperfecta que se
hable de una falla del mercado, la que se puede justificar en la teoría
económica la intervención del Estado (Stiglitz , ; Fernández,
Parejo y Rodríguez , ; Larroulet y Mochón , ). Esta
intervención no necesariamente tiene que ser de tal forma que el Es-
tado mismo provea el producto. Pero, en caso de que deje al mercado
suministrarlo, entonces el Estado tiene la obligación de vigilar con
estricto rigor que la competencia entre las diferentes instituciones
educacionales no sea desleal.
A modo de ejemplo, si un produor de aceite de oliva proclama en la
etiqueta del envase que se trata de un aceite de superior calidad, extra
virgen y extraído sin aplicar altas temperaturas ni químicos, pero en
realidad se trata de un aceite indurial barato, entonces, eo es una
forma de publicidad engañosa y prohibida por la ley (Ley del Consumi-
dor, art. ). La prohibición de publicidad engañosa, al igual que la de
conduas desleales (Ley de Defensa de los Derechos del Consumidor),
no solamente persigue una idea de juicia para que uno no engañe al
otro, sino también se juica económicamente, ya que, si se permite la
competencia desleal, los competidores que no recurran a eas prái-
cas tienen una desventaja y luego desaparecen del mercado quedando
ee solamente con produores desleales. El problema no radica en que
exian produos de menor calidad, más bien es incluso deseable que
haya una variedad de los mismos, unos con mayores y otros con meno-
res eándares, dejando al consumidor elegir cuál preferir. La diferencia
Ley . del .., últimamente modicado .. por Ley ..
Ley . del .., últimamente modi cado .. por Ley ..
en la calidad debe manifearse en la etiqueta y la propaganda del pro-
duo, así como lo impone el art. de la Ley del Consumidor de Chile.
Volviendo al «produo» educación, es una situación insoenible
que exian casas de eudio en el país que se autodenominan «univer-
sidades» aunque se trate más bien de initutos profesionales que entre-
gan una formación meramente técnica y de dudosa calidad. Pese a que
las universidades con vocación cientíca (principalmente las tradicio-
nales y algunas privadas), en muchos casos gozan todavía de un mejor
preigio, probablemente no todos los alumnos y futuros empleadores
son realmente conscientes de las diferencias entre eas universidades
verdaderas (es decir, con una vocación cientíca) y las «universidades»
que, en muchos casos, no son inituciones de educación superior com-
parables con las de otras partes del mundo en cuanto a la formación de
sus académicos y, por lo tanto, a la enseñanza que entregan. No obs-
tante, eas últimas resaltan en su publicidad que son universidades
acreditadas, pero omiten mencionar que la acreditación se reere, a
menudo, solamente a dos de las cinco áreas. Algunas «universidades»,
incluso, eán acreditadas solamente en las áreas de «docencia en pre-
grado» y en la «geión initucional». Ea publicidad le podría dejar
la ilusión al alumno y futuro empleador de que no hay diferencias en
la enseñanza con otras casas de eudios acreditadas en varias o todas
las áreas. En consecuencia, probablemente no todos los alumnos y fu-
turos empleadores son conscientes de la diferencia de la calidad de los
académicos entre las universidades verdaderamente cientícas y aque-
llas inituciones que son más bien initutos profesionales. Entonces,
la acreditación se posiciona como un mecanismo que necesita ser revi-
sado, ya que la información que proporciona no permite a los deinata-
rios saber si se eá o no ante una educación de calidad.
Art. Ley del Consumidor de Chile: «La información que se consigne en los produos, eti-
quetas, envases, empaques o en la publicidad y difusión de los bienes y servicios deberá ser
susceptible de comprobación y no contendrá expresiones que induzcan a error o engaño al
consumidor».
Las cinco áreas son: docencia en pregrado, geión initucional, inveigación, docencia en
posgrado y vinculación con el medio. Todas las universidades en Chile tienen la obligación de
acreditarse en las primeras dos áreas, mientras la acreditación en las demás áreas es volunta-
ria. Cf. Reglamento sobre la acreditación acorde al artículo de la Ley . del ...
Ea asimetría de información tendrá un efeo sobre las universi-
dades que sí se dedican a la inveigación cientíca, a la vinculación
con el medio y al posgrado, y que emplean académicos con títulos
de posgrado a jornada completa, consecuencia que corresponde a una
grave desventaja en comparación con inituciones que no incurren en
eos gaos, pero que sí eán autorizadas a otorgar los mismos títulos
académicos. A largo plazo, con asimetría de información, las universi-
dades con vocación cientíca, para poder competir con las otras ini-
tuciones que entregan los mismos títulos sin asumir los mismos coos,
se verán obligadas a copiar eás práicas si no quieren ser expulsadas
del mercado. Eo produce una competencia «hacia abajo», que no me-
jora la calidad del produo educación, sino que lo empeora. A mediano
o largo plazo, exie el riesgo de que queden solamente casas de eudio
que emplean académicos a honorarios y sin títulos de posgrado, con el
efeo que la calidad en la educación no exhiba el nivel deseado.
Una propuea de solución
Para evitar ea confusión por parte del consumidor entre universi-
dades verdaderas y las de menor calidad, se debe eablecer una clara
diinción entre casas de eudio que entregan una formación cientí-
ca, e initutos profesionales, que entregan una formación técnica. Una
universidad, al menos en lo que respea a su denición a nivel inter-
nacional, se caraeriza por la inveigación cientíca cuyos resultados
se publican en libros o en revias indexadas de preigio nacional o
internacional. Una initución de educación superior que no se dedica a
la inveigación y a eudios de posgrado no debería denominarse uni-
versidad. Los efeos adversos descritos arriba no se producen por la
competencia en sí, sino por la falta de regulación en el mercado y se po-
drían evitar si el Eado regulase el mercado de la educación superior.
Especícamente, el Eado debería:
. Denir en una ley qué es una universidad. Una universidad
solamente debería entonces llamarse como tal cuando cumpla
con los requisitos que eablece la ley. Entre eos se podría en-
contrar la obligación de mantener una planta académica jorna-
da completa que cuente con un cierto porcentaje mínimo de los
profesores con títulos de posgrado, o que cuenten con una cierta
cantidad de publicaciones en libros y revias cientícas en los
últimos diez años. Además, debería promover el conocimiento y
una carrera académica para los docentes que ingresen y que se
encuentren en la universidad. Esa ley también debería eablecer
objetivos de aprendizaje claros a seguir, ya que en una universi-
dad se debe tender a una educación mucho más completa y com-
pleja, que incluya una visión más transdisciplinaria, crítica y való-
rica que un inituto profesional. Ea propuea no signica que
no deberían exiir eos últimos al lado de las universidades, sino
que la diferencia en la calidad de la educación entre una verdadera
universidad y un inituto profesional tiene que manifearse en la
«etiqueta», es decir, en el nombre de la initución y, sobre todo, en
los títulos que entrega, dejando claro para el alumno y futuro em-
pleador de qué tipo de educación se trata (de tipo cientíca o de for-
mación técnica). Por ejemplo, solamente una universidad entrega el
título de «ingeniero comercial». Un inituto profesional entrega el
título «técnico en adminiración de empresas». Cabe deacar que
ambos profesionales son necesarios.
. Inalar una entidad eatal que vele por el cumplimiento de
los requisitos eablecidos. La Superintendencia de Educación Su-
perior podría asumir ea función. Una acreditación de universida-
des y carreras no sería necesaria en el caso que la ley eableciera
los requisitos con los que tiene que cumplir una universidad para
iniciar sus funciones siendo el Eado quien vigilará el cumplimento
de esa ley. Una universidad privada que no cumple con los requisitos
no obtendrá el permiso de iniciar sus aividades.
. Impedir publicidad engañosa. En Chile ea se encuentra pro-
hibida por la Ley del Consumidor en su artículo . Es necesario
que el Eado vigile con erio rigor que se cumpla ea ley en
el seor de la educación. Especialmente cuando inituciones
educacionales proclaman ear acreditadas (en caso de que siga
habiendo un siema de acreditación) es meneer que el Eado
exija que se especique en la publicidad a qué áreas se reere y
por cuántos años se acreditó la casa de eudio.
En resumen, el problema no es que exian initutos profesionales que
entregan una formación meramente técnica. Es incluso deseable que haya
una diversidad en la oferta de la educación superior, habiendo, tal como es
el caso en países europeos, inituciones que ofrecen una enseñanza más
cientíca y otras más técnica. No obante, la diferencia entre una uni-
versidad y un inituto profesional debe manifearse en el nombre de la
initución y, sobre todo, en los títulos que entrega. Al no diferenciarse los
títulos entre verdaderas universidades e initutos profesionales, se forma
una competencia que, a largo plazo, empeora la calidad de la educación
superior. Casi la mitad de las inituciones de educación superior en Chi-
le exien desde hace cerca de veinte años. Pese a que eo es un lapso de
tiempo breve, son visibles las implicaciones en la calidad de la educación.
Hay un número cada vez más grande de graduados con títulos cuyo valor
es difícil de evaluar pero que no se diinguen de los títulos que entregan las
universidades con vocación cientíca. A eo se suma que la calidad de la
educación se ve afeada negativamente, ea situación tampoco puede ser
considerada como jua e incluso reringe nuera libertad, ya que engaña
tanto a los alumnos como a los futuros empleadores que confían en que el
título que reciben los empleados certica un cierto nivel de conocimiento.
Regular el mercado de educación no infringe el principio
del libre mercado
Uno podría sentirse tentado a preguntar: ¿no contradice una regula-
ción más densa del mercado de educación al principio de libre compe-
tencia? Para responder a ea pregunta es necesario expresar algunas
reflexiones generales acerca de la regulación de los mercados, no
solo con respecto al de la educación. Se trata más bien de un tema
que reviste particular importancia también en relación con otros ám-
bitos de la economía. Frecuentemente, sobre todo en Chile, que al pare-
cer es una de las economías con la menor cantidad de regulaciones en
el mundo, prevalece la opinión de que mientras menos exian, mejor
será para cumplir con el concepto del libre mercado. Ea idea se basa
en una interpretación diorsionada de la teoría económica, la que nos
enseña que mientras más nos acerquemos a la «competencia perfea»
o el «libre mercado», mejor será eo para la eciencia y el bienear de
todos (Stiglitz , ; Frank , -).
En realidad, la expresión «mercado libre» no signica que no haya
regulación alguna, todo lo contrario (Fuders , -; , -).
Para que funcione la competencia y para que realmente se trate de un
mercado que se pueda llamar «libre», en la medida que no se cumplen
las condiciones o supueos de la libre competencia, se requiere una
regulación por parte del Eado que evite, por un lado, concentracio-
nes económicas (monopolios) y acciones concertadas (carteles) y, por el
otro, el fraude y la competencia desleal. Que un mercado libre requiere
de regulación y que la exiencia de un mercado libre no «elimina la ne-
cesidad de tener un gobierno» para determinar «las reglas del juego»,
incluso fue reconocido por el propio Milton Friedman (, ; Stiglitz
, ), economia que no solo tuvo una fuerte inuencia en el dise-
ño del mercado de educación chileno, sino que también es frecuente-
mente citado cuando se trata de juicar la desregulación. La necesi-
dad de un «árbitro» que vele por el cumplimiento de las reglas del juego
(Friedman , , , ) no solamente se reere a evitar monopolios
o carteles, sino también a evitar el fraude o la competencia desleal, o
lo que Friedman llamó los «efeos de vecindad» (). El hecho que un
monopolio o carteles entre agentes económicos disminuyan la libertad
empresarial, es decir, la libre competencia, es intuitivamente entendi-
ble. Pero también el fraude y la publicidad engañosa reringen la liber-
tad. Un mercado en el que cada agente económico trata de aprovecharse
del otro usando métodos engañosos no puede considerarse como libre.
Es particularmente interesante lo que podemos aprender al respec-
to de la losofía del derecho. La losofía del derecho enseña que la ley,
aunque rerinja la libertad a primera via, en realidad sirve para dar-
nos libertad. El derecho, expresado en leyes, es la voluntad general de
los ciudadanos, la volontée générale de acuerdo con Jean-Jacques Rousseau
(), y los ciudadanos realizan la libertad, que nace con el ser humano,
por las leyes que protegen a cada uno de la arbitrariedad de los demás,
como lo formuló el lósofo Immanuel Kant (, ; Schachtschneider
; ; ). Los ciudadanos, entonces, somos libres por ley. Una ley
que prohíbe, por ejemplo, el homicidio, aunque rerinja la autonomía
de acción nos da la libertad, ya que si cada uno temiera ser asesinado
por su vecino no podríamos considerarnos libres, o para decirlo en pa-
labras de Milton Friedman: «Mi libertad de mover el puño tiene que
ear limitada por la proximidad de tu barbilla» (, ). La anarquía,
agrega Friedman, es un eado no deseable en un mundo de hombres
imperfeos (, ). Lo que vale para leyes que prohíben el homicidio
también vale para las que prohíben el fraude.
Prohibir el fraude, el engaño y la competencia desleal es, por lo tanto, ne-
cesario para el funcionamiento de un mercado verdaderamente «libre». En
resumen, la prohibición del fraude no es una rericción de la libertad, sino
más bien un requisito para que exia, ya que si todos nos engañáramos los
unos a los otros no seríamos realmente libres. Por ende, no se trata de una
rericción del mercado libre cuando el legislador eablece reglas que bus-
can evitar la publicidad engañosa o conduas desleales. Eas reglas, más
bien, hacen que el mercado sea realmente libre y que produzca los efeos
esperados y descritos en la teoría económica en cuanto a la mejora de los
produos, eciencia y, en consecuencia, el bienear de todos.
En resumen, denir reglas y denir qué es una universidad no con-
tradice ni siquiera en la visión de Milton Friedman lo que es un merca-
do libre. En el marco de eas reglas exie libertad de eablecer ins-
tituciones educativas y los eudiantes tienen libertad de elegir entre
ellas. Cabe hacer hincapié que, en . ., para muchos todavía un país
modelo en cuanto a su siema universitario, por supueo que sí eá
denido qué requisitos debe cumplir una universidad.
Code § - General denition of initution of higher education. Párrafo a) numeral
de dicha ley e ablece que in ituciones de educación s uperior tienen que ea r acreditad as por
una agencia reconocida por el gobierno de . . Todo académico de una universidad en .
. tiene que poseer el grado de door.
En cuanto al lucro y a la demanda de una educación
gratuita
El lucro es un síntoma de un mercado imperfeo
En el discurso público a menudo se culpa al lucro escondido como res-
ponsable de la mala calidad de la educación superior. Se dio a conocer que,
a través de diintas práicas, diversas inituciones de educación supe-
rior, aunque eá prohibido, buscan el lucro (Donoso y Alarcón , -;
Nahas, Rodríguez y Herrera ). Cabe recordar que el lucro excesivo es un
síntoma de una imperfección del mercado. En el modelo teórico del merca-
do perfeo la competencia entre los aores económicos obliga sucesiva-
mente a bajar los precios haa que nalmente ningún produor gana más
que el coe de oportunidad de sus faores produivos invertidos (Frank
, ; Larroulet y Mochón , ; Mankiw , ). Es decir, en la
competencia perfea no exien utilidades que van más allá que una mera
remuneración de los faores produivos empleados que también se po-
dría ganar invirtiendo los mismos recursos en cualquier otro ocio. La idea
de la competencia perfea es un concepto teórico cuyos presupueos en
la realidad nunca se cumplen. No obante, el hecho que exia un excesivo
lucro disfrazado en el mercado de la educación en Chile demuera que ese
mercado, al igual que muchos otros mercados en el país, eá lejos de ser
perfeo. Un mercado imperfeo requiere, de acuerdo con la teoría econó-
mica, de regularización.
Una educación superior gratuita no es cueión de ser
pública o privada
Se ha argumentado que el acceso a la educación superior es un dere-
cho fundamental (Nogueira ) del cual se deriva la obligación
Dentro de ea categoría de derechos se le considera como un derecho social de preación
(Bronfma n, Martínez y Nú ñez ).
por parte del Estado de adoptar medidas concretas para implantar
progresivamente la enseñanza superior gratuita, una demanda con la
cual simpatizamos. El n de eablecer un siema de educación supe-
rior gratuita se escucha frecuentemente como argumento a favor de
una educación eatal. Sin embargo, la cueión de que la formación debe
o no ser gratuita no es un tema de educación pública o privada. Si la edu-
cación fuese eatal tampoco necesariamente sería gratis, ya que el Eado
también tiene que pagar a los académicos y proveer la infraeruura y
ee automáticamente no ofrecerá ee servicio a coo cero como sucede,
por ejemplo, en el caso de la Universidad de Chile. Si las universidades es-
tatales ofrecieran educación gratis, el Eado cobraría los gaos por im-
pueos y también de esa forma, al n y al cabo, el contribuyente pagaría la
educación. Al revés, también en el siema privado el Eado podría, teóri-
camente, conceder becas nanciadas por impueos a cada alumno, inde-
pendiente de la situación económica en la que se encuentre, procurando
de ea forma una educación «gratuita». En resumen, la educación eatal
podría ser nanciada por aranceles o por impueos, al igual que la priva-
da. Como sea, es el contribuyente quien nalmente la paga. Lo interesante,
entonces, es poder disminuir los coos de la educación superior en Chile,
ya que entre los miembros de la Chile es uno de los países con la edu-
cación superior más coosa ( ).
Una educación superior gratuita no signica que todos
tendrán acceso
Sin desmedro de que el arancel podría signicar un obáculo grave
para ingresar a la educación superior, no hay que olvidar que si fuera
gratuita no signicaría automáticamente que todo el mundo tendría
acceso a ella, pese a que el discurso retórico de algunos hace creer eo.
Es así porque la cantidad de alumnos que puedan acceder es rerin-
gida por la capacidad de los eablecimientos. Eo signica que la se-
lección se hará entonces, como es por ejemplo en el caso de Alemania,
exclusivamente a través del puntaje de la prueba de selección (). Hay
que subrayar que, por supuesto, una selección por el rendimiento del
eudiante es preferible a una selección por el «bolsillo», ya que sería
más juo y aumentaría la competencia entre los alumnos, procurando
así una condición favorable para una mejora de la calidad de la educa-
ción, aspeo que se considerará en el próximo punto. Hay que notar,
además, que no se puede promover un siema para que toda la pobla-
ción sea profesional universitaria. Como ya señalamos, deben exiir
técnicos profesionales.
La educación superior gratuita es deseable porque
aumenta la competencia entre alumnos
Sin perjuicio de que, al n y al cabo, es el contribuyente el que soporta
el coo de la educación, una educación pagada de forma generalizada
por el mismo es una alternativa preferible. Eo, no solamente porque
el acceso libre a la educación puede ser considerado como un derecho
fundamental y porque al obaculizar el acceso a la misma cimienta
la desigualdad, argumentos frecuentemente escuchados, sino también
porque una formación gratuita tiene ventajas desde el punto de via
de la competencia. Una educación superior «gratuita» signicaría que
una mayor cantidad de alumnos querría acceder a la educación. La se-
lección de eos en los eablecimientos educacionales se hará, como se
advirtió más arriba, por el rendimiento académico y no por la capaci-
dad económica de los padres. Eo no es ventajoso solamente desde el
punto de via de la juicia, sino también porque los eudiantes deben
esforzarse. Exie, por tanto, un incentivo a rendir buenos exámenes
en la . Ea competencia entre los educandos no terminará una vez
que eos sean aceptados en la universidad, sino que continuará. Vol-
veremos al ejemplo de Alemania, donde la enseñanza básica, media y
Sin embargo, es necesario deacar que aualmente en Chile, dada las diferencias de cali-
dad de los colegios que favorece a los eratos socioeconómicos altos, la discrimina a los
seores de menores recursos. El criterio del ranking es una medida que permite en el corto
plazo disminuir ea diorsión.
superior es prácticamente gratuita. Debido a que las vacantes en
las universidades son reringidas, exien tres tipos de colegios de en-
señanza media: los Hauptschulen, los Realschulen y los Gymnasiums.
Solamente alumnos de los colegios tipo Gymnasium tienen el derecho
de acceder a las universidades, mientras que alumnos de los otros dos
tipos de colegios deben acceder a una educación técnica, eudiando en
initutos profesionales mientras permanecen trabajando (y recibiendo
salarios) en empresas.
Ea separación del alumnado en la enseñanza media tiene el efeo
de un incentivo importante de esfuerzo por parte de los eudiantes,
ya que en promedio los salarios futuros de aquellos que logran obte-
ner un grado académico universitario son mayores que los de aquellos
que eudian carreras técnicas. Eo produce que el nivel de enseñan-
za sea muy exigente incluso en la educación media, por lo menos en lo
que respea a colegios tipo Gymnasium. Los alumnos que entran a la
universidad poseen un alto grado de conocimiento general y se trata
de personas esforzadas. Ea competencia entre ellos no se detiene en
la universidad, ya que eas últimas aceptan más alumnos que los que
permiten sus cupos, sabiendo que muchos dejarán la carrera dentro de
los primeros dos años debido al alto nivel de exigencia. En la carrera de
ingeniería comercial, aproximadamente un deserta dentro de los
primeros dos años.
Aumentar la competencia entre alumnos no solamente
requiere una educación gratuita
Eá claro que, si queremos que ea competencia entre los alumnos
se dé en Chile, no solamente sería necesario que fuese gratuito el acceso
Algunos eados federales en Alemania cobran un tipo de arancel para las universidades.
No obante, es tan bajo en relación con los ingresos y los demá s coos de la vida que se puede
considerar como irrelevante.
A lguien pod ría decir que A lemania no sal ió en los eudios que mide los conocim ientos
de los alum nos en la enseñanza me dia entre los primero s países en el mundo. Pero e o se debe
al hecho que en esa prueba participan alumnos de los tres tipos de colegios y el ranking es una
expresión del conocimiento obtenido en promedio del alumnado alemán.
a la educación superior, sino también que el Eado limitara la cantidad de
eablecimientos para ee n. Eo, por su parte, requeriría un cambio
en la Conitución y tendría la grave desventaja de disminuir la libertad
consagrada de eablecerse en el mercado de la educación, aumentando
aún más la oligopolización del mismo en la medida que el Eado no je
un número óptimo de universidades. Alternativamente, para asegurar
que exia competencia entre el alumnado y el consecuente deber de
esforzarse por parte de los eudiantes, el Eado podría sancionar una
ley que mandate que en cada curso universitario un cierto porcentaje
de eudiantes debiera reprobar. A modo de ejemplo, la ley podría jar
que un de cada curso en cualquier initución de educación supe-
rior repruebe. De ea forma no solo se aumentaría la competencia entre
educandos que se esforzarían por no ser parte de ese , sino también
podría contribuir a combatir de manera eciente la inación de notas,
la cual es un gran problema no solo en Chile, sino también en otros paí-
ses (Read y Raghunandan ; Yunker y Yunker ; Wongsurawat
; Galbraith, Merrill y Kline ; Jacques y Saona ). Ea última
idea no se ha propueo haa ahora y requiere una profundización en
la academia y el discurso público.
Reexión nal
De acuerdo con lo expresado, el mercado chileno de la educación su-
perior es imperfeo por múltiples razones. Sin embargo, una que nos
llama la atención en particular es, al lado de la exiencia de oligopo-
lios, la falta de regulación deniendo claramente las inituciones que
cumplen el rol de universidad y cuáles asumen la función de inituto
técnico o profesional. Ea falta de regulación, en presencia de imper-
fea información, impide que se desarrolle una competencia verdade-
ramente libre.
Aualmente, lo que se discute, como señalamos, es el lucro y la gra-
tuidad. Sin embargo, lo que se debe pretender es realizar, como n últi-
mo, una universidad de verdad donde se entregue educación de calidad.
Ee aspeo no ha sido aún completamente desarrollado en el discurso
público. En efeo, la eliminación del lucro y el eablecimiento de la
gratuidad en el seor de educación superior, sin duda, conituyen ele-
mentos necesarios para implantar un nuevo marco initucional, pues
ello permite generar las condiciones necesarias para que el siema fun-
cione bien. Sin embargo, no eablecen elementos sucientes. Simultá-
neamente, es necesario inaurar y garantizar educación de calidad y,
para ello, se requiere aplicar un conjunto de medidas que acompañen al
proceso educativo. Ea tarea no es fácil, pues necesariamente implica
abordar un conjunto de variables que son complejas y de diintos nive-
les de especicidad.
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A
más de diez años de la creación de «Los
Ríos» como nueva región, el desarrollo
del territorio en ea parte del sur del país
se ha vio expueo a positivos cambios, tales
como un mayor acceso a recursos y al control
de la geión. No obante, se aprecian también
eancamientos en diversas materias que
demandan un conante seguimiento y mejoras
a la planicación territorial. En la búsqueda
de un desarrollo suentable que permita una
alianza virtuosa entre el seor público, privado
y la ciudadanía —en armonía con los recursos
naturales y el cuidado del medioambiente—,
la Universidad Aural de Chile ha jugado un
rol preponderante al favorecer la generación de
bienes públicos, formando personas altamente
cali cadas y contribuyendo a la descentraliz ación
del conocimiento, la ciencia, la cultura y la
tecnología. Ee libro presenta diversos artículos,
escritos en su mayoría por académicos de la
UACh y profesionales vinculados a la casa de
eudios, que dan cuenta de ee aporte en los
ámbitos del desarrollo suentable, educación,
descentralización y geión, pero más aún,
abordan profundos análisis del ca mino recorrido,
proyeando asimismo propueas para un mejor
andar en relación con el progreso del territorio y
de su gente.