El análisis positivista tradicional de la Constitución ha centrado su atención en la norma, para decirlo en términos de Buchanan, conocemos la norma, pero no su razón (Brennan & Buchanan, 1997). Este olvido ocasiona que la norma aparezca como un producto de racionalidad pura desarraigado de consideraciones fácticas llevando al desarrollo de enfoques parciales que desvirtúan el carácter de pacto
... [Show full abstract] de la Constitución, que es un acuerdo normativo, ético y social fundamental que establece una ortodoxia y una ortopraxis para dar respuesta a las demandas dinámicas de la sociedad. La conexión economía-derecho, ética-derecho, supera el mero ejercicio exegético de subsunción lógica, para abrir el horizonte del abogado a lo social. La Constitución es producto del conflicto presente o potencial que se encausa racionalmente, donde un ingrediente fundamental son las relaciones económicas y sociales. El presente artículo rompe el paradigma de análisis positivista; propone integrar al análisis constitucional un enfoque económico y un aterrizaje en el desarrollo de nuestro constitucionalismo; en esta línea, el propósito es interpretar la evolución constitucional colombiana desde el siglo XIX y el influjo de las principales corrientes de pensamiento económico en Colombia y proponer un análisis para el fundamento y desarrollo de la Constitución Económica colombiana de 1991.