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LA CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD APLICADA A PEQUEÑA ESCALA:
LA RED VALENCIANA DE MICRORRESERVAS DE VEGETALES
Emilio Laguna Lumbreras
Generalitat Valenciana, Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda
Centro para la Investigación y Experimentación Forestal (CIEF)
Avinguda Comarques del País Valencià, 114. 46930 Quart de Poblet, Valencia.
laguna_emi@gva.es
Abstract
The conservation of biodiversity at low scale: the Valencian network of plant micro-reserves (Va-
lencian Community, Spain)
The establishment and evolution of the Plant Micro-reserves Network of the Valencian Community
(Spain) is explained. By mid 2008, the Valencian Community holds 273 PMRs legally declared, the most
dense network of small botanical reserves worldwide. Populations for ca. 70% of the Iberian endemic flora
living in the Valencian Community has been catched by this network. During the last years, the Valencian
model has been exported to other Spanish regions and European and Mediterranean countries.
Keywords: Micro-reserves, Endemic plants, Valencian Community
Resumen
Se explica el establecimiento y evolución de la red de microrreservas vegetales (MRF) de la Co-
munitat Valenciana (España). A mediados de 2008 la Comunidad Valenciana alberga 273 microrreservas
legalmente protegidas, constituyendo la red más densa de pequeñas reservas botánicas del planeta. La
red contiene poblaciones de en torno al 70% de la flora endémica ibérica presente en la Comunidad Valen-
ciana. A lo largo de los últimos años, el modelo valenciano ha sido exportado a otras regiones españolas y
países europeos y del Mediterráneo.
Palabras clave: Microrreservas, Flora endémica, Comunitat Valenciana
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Al Dr. Juan Peña Llopis (1976-2007),
colaborador de la red valenciana de
microrreservas vegetales y entusiasta
estudioso de la flora singular valenciana
Introducción. Marco conceptual
La palabra ‘microrreserva’ significa literalmente ‘pequeña reserva’. En términos de conservación
de la naturaleza, hace mención de modo genérico a reservas naturales de pequeña dimensión, con inde-
pendencia del nombre con el que se les exprese en términos normativos en función de la legislación de
cada territorio; así, muchas de las zonas de los diferentes países europeos que bien podrían considerarse
como microrreservas, están legalmente protegidas como reservas naturales, monumentos naturales, etc.
-v. Laguna, 2001a. Como contrapunto a esta visión técnica, se ha venido extendiendo el uso de la ‘micro-
rreserva’ como figura jurídica, con nombre propio en el ámbito legislativo. El ejemplo pionero que abrió la
puerta al empleo de esta figura legal es el de la red de microrreservas vegetales de la Comunitat Valencia-
na, al que se dedica el presente texto. Como se indica más adelante, este modelo han sido adaptado en
otros territorios en función de sus necesidades de protección, gestión y marcos normativos particulares,
hasta el punto que hoy podemos decir que las ‘microrreservas’ no son un concepto homogéneo, sino una
familia de tipos de espacios protegidos en continuo crecimiento y diversificación.
Las microrreservas responden a la necesidad de establecer una proporcionalidad entre el objeto
de protección y las normas que la regulan. La naturaleza no se expresa necesariamente a través de gran-
des unidades territoriales, como las que resultan protegidas mediante la mayoría de parques naturales o
nacionales; por el contrario, son muchos los ejemplos de unidades paisajísticas de dimensiones mínimas
-p.ej., islotes, lagunas temporales, etc.- o de ecosistemas que poseen suficiente grado de funcionalidad
y autorregulación con tamaños relativamente reducidos -lo que denominamos como ‘microhábitats’-, que
resultan merecedores de protección legal. Wilson (2002) ha indicado, por ejemplo, la opción de que en-
claves de dimensiones mínimas, incluso de escasos decímetros cuadrados, puedan ser objeto de formas
específicas de protección; de hecho debe considerarse que una parte sustancial de la biodiversidad del
planeta corresponde a pequeños organismos que se mueven en espacios muy reducidos o que son neta-
mente sésiles -como ocurre con la mayoría de vegetales y hongos- (Wilson, 1986), lo que parece afectar
muy especialmente a los táxones biológicos endémicos, de distribución natural muy restringida. Previa-
mente, Gómez-Campo (1981) ya había expresado la conveniencia de proteger pequeños enclaves para el
caso de la flora silvestre, proponiendo el término ‘minirreserva’, que constituye el antecedente sustancial
de las actuales microrreservas. Como ejemplo, dicho autor proponía el caso del paraje de ‘La Encantada’
(Villarrobledo, Albacete), cuyos valores han sido detallados por Gómez-Campo & Herranz (1993), y que a la
postre sería protegido de modo más reciente como microrreserva por el gobierno autonómico castellano-
manchego.
La conveniencia de dar especial prioridad a la protección de la flora endémica en territorios alta-
mente biodiversos y ‘hotspots’ de la diversidad vegetal ha sido señalada en trabajos como el de Cowling
& McDonald (1998); otro tanto debe indicarse para las especies raras o relícticas, no necesariamente en-
démicas (Domínguez & al., 2003). Sin embargo, la escasa coincidencia entre necesidades de protección de
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flora y redes de espacios protegidos -basados habitualmente en la declaración de pocos enclaves pero de
gran superficie- parece ser un problema generalizado, según han analizado Castro & al. (1996) en el caso
español; en parte, este problema ha venido derivando de las propias estructuras jurídicas, como puede
verse en las revisiones realizadas para Europa por Klemm (1997) y Klemm & Shine (1996), y quizá también
provenga de la importancia y prioridad que a nivel social, en todos los países, se ha dado a la conservación
de organismos que necesitan grandes extensiones territoriales para asegurar su supervivencia, tal y como
ocurre con muchas de las especies de aves o mamíferos más emblemáticos. En todo caso, a lo largo de
las últimas décadas se ha generado una importante profusión de trabajos que plantean a nivel mundial el
dilema de la elección entre grandes y pequeños espacios protegidos (Cabeza & Moilanen, 2001; Jarvinen,
1982; Lessica & Allendorf, 1992; Nantel & al., 1998; Reznicek, 1987), o su más que razonable compemen-
tariedad (Falkner & Stohlgren, 1997; Kati & al., 2004; Laguna & al., 2004a). La necesidad de ajustar la
citada proporcionalidad entre objetos de protección y esfuerzos técnicos y legales necesarios para ello (v.
Margules & Pressey, 2000; Margules & Usher, 1981) conlleva casi inequívocamente una solución mixta, en
la que las redes de grandes espacios se complementen con otras, más densas y numerosas, de reservas
naturales a pequeña escala (Laguna & al., 2004a).
La Comunitat Valenciana constituye un territorio particularmente rico en diversidad vegetal (La-
guna & al., 1998), siendo una de las pocas regiones españolas en las que converge más de un ‘hotspot’
mundial de biodiversidad (v. Davis & al., 1994), concretamente la cordillera Bética y el macizo de Javalam-
bre; igualmente, forma parte del núcleo de alta diversidad vegetal del Sur y Este de la Península Ibérica
destacado por Médail & Quézel (1997). Destaca su elevada proporción de plantas endémicas, con 355
táxones hasta grado de subespecie considerados como endemismos ibéricos e ibero-baleáricos (Laguna
& al., 1998), lo que constituye el 11,3% de la flora vascular del territorio autonómico listada por Mateo &
Crespo (2003); además, hasta 60 de los anteriores táxones son exclusivos de dicha Comunitat Valenciana,
lo cual confiere a la flora un papel relevante en la política regional de conservación biológica (v. Laguna,
1991). En el caso de la flora rara no endémica, la disposición de sus abundantes alineamientos montaño-
sos -de Oeste a Este- ha favorecido la existencia de numerosos refugios poblacionales para la flora del
Terciario e inicios del Cuaternario durante los periodos glaciares, tanto en lo relativo a plantas de óptimo
eurosiberiano como a los relictos paleosubtropicales y de las primitivas laurisilvas ibéricas (v. Laguna & al.,
1998). Esta riqueza, unida a otros elementos más abajo indicados, movieron a la formulación de una nueva
figura legal de conservación, la ‘microrreserva vegetal’, más popularmente conocida como ‘microrreserva
de flora’.
Génesis de la red de microrreservas
El término ‘microrreserva’ se propuso por primera vez, como figura susceptible de tener un signi-
ficado jurídico propio, en el documento programático ‘La Comunidad Valenciana en la Europa Unida’ (La-
guna, 1991), donde se planteaba la posibilidad de establecer a medio plazo una red de pequeñas reservas
biológicas temáticas, dedicadas en este caso a la flora silvestre, como opción para garantizar la conserva-
ción de una o más poblaciones de cada una de las plantas vasculares endémicas valencianas, así como de
una parte sustancial de su flora rara no endémica propia de hábitats naturales. La figura de protección a
desarrollar por el gobierno regional -Generalitat- se planteaba tras constatar a partir de numerosos estu-
dios previos que la mayoría de tales especies singulares, ya fueran endémicas, raras o amenazadas, ten-
dían a concentrarse selectivamente en determinados tipos de hábitats, de reducidas dimensiones (Laguna,
1994, 1999). Igualmente, se constataba que determinados microhábitats, como los roquedos verticales o
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los afloramientos yesíferos, llegaban a estar habitualmente dominados por especies endémicas, a menudo
amenazadas a escala macroterritorial (v. Laguna, 1996; Laguna & al., 2004b). En el diseño de esta futura
red de refugios genéticos de flora silvestre se intentaron canalizar además 4 planteamientos técnicos
importantes:
1) Que los terrenos naturales de dominio o utilidad públicas, gestionados por la Generalitat Valen-
ciana, eran suficientes por su extensión y diversidad para poder dar cabida a la protección de poblaciones
para todas o casi todas las especies elegidas (Laguna, 1991, 1995), por lo que el modelo de nuevo espacio
protegido podía diseñarse sobre la base de una red de terrenos mayoritaria o exclusivamente públicos.
2) Que desde la comunidad científica existía un interés notable en generar una red de seguimiento
a largo plazo de la flora silvestre, para analizar las tendencias poblacionales de las plantas singulares y los
cambios globales del paisaje (p.ej., los resultantes del abandono del territorio rural, del cambio climático,
etc.).
3) Que, desde el sector de los propietarios privados y de los ayuntamientos con terrenos no ges-
tionados por la Generalitat, existía un interés creciente por poder gestionar sus propios terrenos con fines
conservacionistas, en particular cuando los dueños de las tierras tenían una fuerte conciencia ambiental
(propietarios ecologistas, profesores de enseñanza de ciencias naturales, granjas-escuela, explotaciones
de agricultura ecológica, etc.). Este interés no podía ser fácilmente satisfecho, dada la falta de alternativas
fáciles desde el ámbito legislativo nacional y valenciano, coincidentes de hecho con la escasez de figuras
específicas de promoción en el resto de Europa (v. Shine, 1996); más bien al contrario, la legislación con-
centraba todo protagonismo y capacidad de decisión en las administraciones, y la capacidad expropiatoria
de la que las leyes las dotaban inhibía seriamente el interés de los propietarios para proponer la protección
de sus terrenos (Laguna, 2001c, 2005a,c).
4) Que la nueva figura de protección no fuera excesivamente restrictiva sobre las actividades
previas de aprovechamiento del medio natural, ya que estaba ampliamente constatado que su abandono
podía generar fácilmente la pérdida de biodiversidad o de las poblaciones que se pretendían conservar, si
estaban ligadas a etapas sucesionales bajas del ecosistema (v. Webb, 1997), como se había observado en
una parte significativa de la flora endémica valenciana (Laguna & al., 1998).
Considerando lo anterior, se diseñó una nueva figura singular de conservación, que en esencia
podríamos denominar como una ‘parcela protegida de seguimiento y gestión biológicas’, cuya finalidad
primaria, a diferencia del concepto tradicional de ‘reserva natural’, no era proteger a ultranza las pobla-
ciones de especies amenazadas -aun cuando su resultado práctico pudiera serlo en muchos casos-, sino
asegurar que esos sitios pudieran ser objeto de estudio y concentración de prácticas de conservación in
situ de forma permanente. Por decirlo de un modo más simple, no se pretendía preservar a las especies,
sino proteger su estudio y conservación activas (v. Laguna, 2002b, 2004a, 2005a,b,c), asegurando una
coordinación mucho más estrecha entre gestión e investigación, aspecto sustancial para el desarrollo de
cualquier política de conservación de la flora silvestre (v. Given, 1994).
Para abordar la selección de zonas e inicio del programa de protección se contó con el apoyo del
programa LIFE-Naturaleza de la Comisión Europea, que cofinanció el establecimiento de la red a través de
2 proyectos LIFE en los periodos 1993-98 y 1999-2003 (Silva & al., 2008), cuyos resultados fueron siendo
monitorizados y ejemplificados progresivamente por diversos grupos externos (v. Akeroyd, 1998; Raeymae-
kers, 2000; Padilla & Ramón, 1997), considerándolos de especial relieve en el panorama conservacionista
español (Domínguez & Sáinz, 2000).
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El paso sustancial para el desarrollo de la red fue la aprobación del Decreto 218/1994, de 17
de octubre, del Gobierno Valenciano, por el que se crea la figura de protección de especies denominada
microrreserva vegetal (DOGV núm. 2.379, de 03.11.1994, pp. 12.948-12.951), asentando un marco jurídico
novedoso a escala mundial para este tipo de reservas naturales. En esencia, las microrreservas pueden
definirse como enclaves de hasta 20 hectáreas (ha.) de extensión, ricas en flora singular, donde quedan
protegidas permanentemente las plantas y hongos y los sustratos naturales donde viven, pero permitien-
do la continuidad de la mayoría de actividades tradicionales previas; tales enclaves se establecen sobre
terrenos públicos de gestión de la Generalitat Valenciana, o sobre aquellos privados o municipales cuyos
propietarios las aportan de modo voluntario e irreversible, pero comprometiéndose a ser los responsables
y protagonistas de las acciones de conservación. La declaración legal se hace mediante Orden del departa-
mento de la Generalitat con competencias ambientales -en la actualidad Conselleria de Medio Ambiente,
Agua, Urbanismo y Vivienda-, e incluye el plan de gestión de la zona. Los aspectos básicos de esta figura
han sido resumidos en respuestas y reglas prácticas en el trabajo de Deltoro & al. (2006a), y sus diferencias
respecto de otros modelos de reservas naturales diseñadas para la flora silvestre han sido expuestas por
Laguna (2001a y 2002a).
Evolución y estado de la red de microrreservas vegetales
La evolución de la red de microrreservas ha sido tratada en muchos de los trabajos ya citados, y
otros más recientes como los de Laguna (2007), donde se detallan aspectos prácticos de interés: metodolo-
gías de elección de zonas (paneles de expertos, prospección por SIG, etc.), sistemas de señalización, etc.
Mapa nº 1.- Distribución de la red de microrreservas
en el territorio de la Comunitat Valenciana
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La declaración de las primeras microrreservas de flora se hizo a finales de 1998, y se ha sucedido
a lo largo de 18 órdenes publicadas en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana. A mediados de 2008,
el número total de microrreservas vegetales protegidas por la Generalitat Valenciana es de 273, de las que
48 (17,6%) corresponden al modelo de gestión/propiedad privada o municipal, 2 mixtas -municipal y de la
Generalitat- y 223 son directamente gestionadas por la Generalitat. El grupo de microrreservas privadas
constituye la red más significativa de reservas naturales no gestionadas por una administración autonó-
mica en España, y se ha acompañado de numerosas acciones ejemplarizantes promovidas por sus dueños,
como la existencia de una asociación de propietarios privados de microrreservas (‘Espacios para la Vida’),
la incorporación de algunas de estas zonas a iniciativas singulares de ecoturismo rural, etc. Las 48 zonas
protegidas de este grupo o subred pueden dividirse a su vez en 22 municipales -sobre terrenos no decla-
rados de Utilidad Pública, gestionados por los ayuntamientos sin intervención de la administración auto-
nómica-, 9 de ONG y 17 de propiedad privada individualizada. Las microrreservas de este tipo disponen de
un modelo de apoyo económico a través de subvenciones que huyen del concepto de subsidio (v. Laguna,
2001c); en este caso se concede una única subvención compensatoria simbólica -de valor muy inferior al
del terreno en coste de mercado-, pero se le facilita posteriormente un elevado apoyo económico para las
acciones de conservación que deseen realizar, en tanto tales actuaciones se diseñen por especialistas
cualificados o entidades científicas.
Globalmente, se trata de la red territorial más densa de reservas botánicas a escala mundial, y
sigue aumentando regularmente, aun cuando el ritmo de crecimiento ha descendido en los últimos años
a medida que se han ido incrementando los techos de número de especies singulares con poblaciones
incluidas en una o más microrreservas. La tabla nº 1 permite ver el ritmo de incremento en el número de
zonas declaradas.
Tabla nº 1.- Evolución de la declaración de microrreservas en las 3 provincias de la Comunitat Valenciana
(1998-2008)
Provincia
Nº de MR declaradas por año
SUMA
1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008
Castellón 14 0 22 0 0 25 0 0 0 0 14 75
Valencia 0 29 18 16 22 12 0 0 16 1 0 114
Alicante 0 33 23 0 11 5 0 11 1 0 0 84
TOTAL 14 62 63 16 33 42 0 11 17 1 14 273
Acumul. 14 76 139 155 188 230 230 241 258 259 273 273
La superficie protegida por la red es de 1.918,2 ha, lo cual rinde un promedio de 7,03 ha por
microrreserva, pero la mayoría de estos espacios se mueven en dimensiones más pequeñas, como puede
observarse en las tablas nº 2 y 3.
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Tabla nº 2.- Tamaño de las zonas declaradas hasta mediados de 2008
Tamaño (ha) Nº de microrreservas Superficie que ocupan (ha)
De 0,1 a 5,0 153 282,4
De 5,1 a 10,0 45 317,4
De 10,1 a 15,0 19 245,5
De 15,1 a 20,0 56 1.072,9
SUMA 273 1.918,2
Tabla nº 3.- Distribución por tamaños de las zonas de 0 a 5 ha (153 microrreservas) declaradas hasta
mediados de 2008
Tamaño (ha) Nº de microrreservas Superficie que ocupan (ha)
De 0,1 a 1,0 61 36,6
De 1,1 a 2,0 37 52,9
De 2,1 a 3,0 20 49,0
De 3,1 a 4,0 17 62,3
De 4,1 a 5,0 18 81,6
SUMA 153 282,4
En total la red se distribuye por 135 términos municipales -en torno a ¼ del total de municipios
valencianos-, guardando proporcionalidad con las zonas de mayor concentración de flora singular (Deltoro
& al., 2006b). Las microrreservas de menor dimensión corresponden a menudo a enclaves de fuentes, islo-
tes o secciones de acantilados costeros bajos; como ejemplos orientativos pueden aportarse los de Serra
de Serrella-Barranc Fort (0,061 ha), Fuente del Puntalejo (0,063 ha), Illot de la Mona (0,068 ha), Molino de
Papel de Castielfabib (0,098 ha), y los acantilados de Les Rotes-A (0,111 ha) o de la Cala Fustera (0,117
ha). La tabla nº 2 muestra la tendencia a un repunte de las zonas de mayor superficie (hasta 20 ha), debi-
do tanto a la conveniencia de extensiones mayores para las microrreservas con vegetaciones forestales
maduras -en especial las que requieren mayores zonas periféricas de amortiguación-, como al interés de
los propietarios privados, en tanto cobran compensaciones económicas algo superiores al aportar mayores
superficies a la red.
La normas de declaración de cada microrreserva establecen una lista de especies priorizadas
para el censo o seguimiento regular, así como para la recolección del germoplasma (semillas, esporas,
propágulos) a incorporar a bancos específicos de material vegetal de reproducción (Laguna, 2007). En total,
los planes de gestión de las 273 microrreservas priorizan 1.288 poblaciones correspondientes a 527 espe-
cies, de las que 227 (43%) corresponden a endemismos ibéricos; a su vez esos 227 táxones representan
el 64% del conjunto de especies endémicas peninsulares o íbero-baleáricas presentes en la Comunitat
Valenciana; estas cantidades se incrementan sustancialmente al hablar de los endemismos exclusivos o
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casi exclusivos valencianos, donde el porcentaje de representatividad captado por la red se sitúa en torno
al 90%. De las citadas 1.288 poblaciones, 9 corresponden a briófitos, 2 a líquenes, 1 a hongos y el resto a
flora vascular.
La representatividad real de la red es muy superior a la ya citada, pues se extiende además a un
amplio número de táxones no priorizados para seguimiento -incluyendo otras muchas especies endémicas
pero de amplia distribución peninsular-. Al menos 1.625 especies de flora vascular están presentes en una
o más microrreservas, lo que implica no menos del 51,6% del elenco de flora vascular valenciana recogido
por Mateo & Crespo (2003); obviamente la representatividad sería aún mayor si de dicho elenco (3.150
táxones) se extrae la flora alóctona (550 especies, 8,25% del total).
Junto al grado cuantitativo de representación de la diversidad vegetal regional, debe destacarse
especialmente el cualitativo, por cuanto la red ha ‘capturado’ muchas de las poblaciones más reseñables
a escala autonómica, nacional, europea o mundial para especies notables de flora silvestre valenciana.
Destaca así la inclusión en la red de la única población mundial de Limonium perplexum, y de todas las
poblaciones ibéricas -peninsulares o de islotes cercanos a la península Ibérica- nativas de Medicago citri-
na y Silene hifacensis, plantas todas ellas adscritas al Catálogo Nacional de Especies Amenazadas; son
significativas las especies para las cuales toda o gran parte de la población regional está incluida en la
red, como ocurre con Marsilea Astrigosa o Asplenium celtibericum, etc., y los endemismos estrictos o casi
exclusivamente valencianos que tienen protegida de este modo buena parte de su población conocida, o
al menos las mejores poblaciones viables a escala mundial (p.ej., Limonium dufourii, Silene diclinis). En el
caso de las especies de la Lista Roja de la Flora Vascular Española y el proyecto Atlas nacional de Flora
Amenazada, para el cual Laguna (2004b) apunta la presencia de 80 táxones en tierras valencianas, al me-
nos 55 (el 68,75% del total) tienen poblaciones en la red.
En relación con los hábitats, la red de microrreservas contiene representación, en distinto grado
de calidad, de todos los tipos de hábitats mayores de la Directiva 92/43/CEE presentes en la Comunitat
Valenciana (hasta 69 tipos diferentes). De ellos 53 (76,8% del total) están priorizados para acciones de
conservación en los planes de gestión de las microrreservas.
Además de lo anterior, se ha realizado un amplio número de actuaciones de restauración de hábi-
tats y refuerzo de poblaciones de especies singulares en el marco del proyecto ‘Conservación de Hábitats
Prioritarios de la Comunidad Valenciana’ (v. Laguna et al., 2003a y 2004c), cuyas 226 parcelas experi-
mentales se encuentran solapadas en más de un 45% con la red de microrreservas, y que ha conllevado
trabajos de conservación en 17 tipos de hábitats, con actuaciones sintetizadas por Laguna & al. (2003b).
Para obtener una idea global de estos resultados y algunos de sus ejemplos más sobresalientes, remitimos
al lector al último trabajo indicado, donde podrá apreciarse la elevada diversidad de técnicas utilizadas,
muchas de ellas novedosas para España.
Como complemento de todo lo anterior la red de microrreservas es objeto de un amplio número
de proyectos de custodia territorial y participación local (Basora & Sabaté, 2006), así como de programas
educativos y exposiciones didácticas, y sus actividades tienden a coordinarse con las de tipo académico
(p.ej., existe la asignatura de libre elección ‘Microrreservas de Flora’, ofertada a diversas titulaciones y
licenciaturas en la Universidad Politécnica de Valencia).
Extensión del concepto de red de microrreservas
El modelo valenciano se popularizó en el ámbito conservacionista español a raíz de la publicación
de sus fundamentos en la revista Quercus (Laguna, 1995), iniciándose desde ese momento una amplia
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difusión técnica a través de numerosos medios, y traspasando rápidamente las fronteras para colaborar
en iniciativas para su adaptación en regiones concretas de Italia, Chipre, Egipto, Rusia (Turuta & al., 2003),
Eslovenia (Laguna & al., 2005 y 2006) o Grecia (Thanos & al., 2006, 2007). Se han propuesto redes de gran
envergadura siguiendo el modelo valenciano en países como Rumanía (Sarbu, 2001) o Croacia (Radulovic,
2000), pero los avances más significativos se han desarrollado sin duda en Letonia, donde la Ley de Pro-
tección de Especies y Hábitats formalizó en el año 2000 la figura de ‘microrreserva’, que posee especial
trascendencia en la planificación forestal y la gestión de especies amenazadas de flora, fauna y hongos
(v. Bara, 2003; Denina, 1999; Ek & al., 2002; LFSF, 2005; Moitiekaititiè, 2006). En España, la figura de mi-
crorreserva de flora está establecida en Castilla y León mediante decreto desde 2007, y tanto Castilla-La
Mancha como Illes Balears tienen reconocida la de ‘microrreserva’ en sentido más amplio, para todo tipo
de organismos biológicos, mediante normas con rango de Ley, respectivamente desde 1998 y 2005. En el
caso balear existe además un amplio trabajo técnico en la isla de Menorca, cuyo resultado se resume en
la propuesta de zonas a proteger coordinada por Fraga (2005).
El proyecto de la red valenciana de microrreservas de flora está priorizado o recomendado por
diversas iniciativas y entidades supranacionales como Planta Europa, el Consejo de Europa, el programa
LIFE-Naturaleza de la Comisión Europea, el programa español MAB-UNESCO, Eurosite y Europarc. Para-
lelamente, la figura de microrreserva ha sido específicamente recomendada en la Estrategia Europea de
Conservación de Flora-ESPC 2001-2007 (Smart & al., 2002) y en la Resolución 2.68 del Congreso Mundial
de Conservación de la UICN del año 2000 (UICN 2000), y constituye uno de los elementos fundamentales
de apoyo del modelo de Áreas Importantes para la Flora (Important Plant Areas, IPA) en la nueva ESPC
2008-2014 (Planta Europa, 2008).
Proyección de futuro
Aunque el modelo de la red se diseñó para priorizar el estudio y conservación de la flora vascular
endémica (Laguna, 2001b; Laguna & al., 2001), y por extensión la de las plantas relícticas (Serra & al.,
2003), son numerosas las propuestas que apuestan por su validez para otros grupos taxonómicos de in-
terés botánico como los líquenes (Atienza & al. 2001) o los briófitos (Gimeno & al., 2001), o para grupos
temáticos completos como los ‘Crop Wild Relatives’, parientes silvestres de las plantas cultivadas (Laguna,
2004a; Dulloo & al., 2008; Kell & al., 2008); igualmente su utilidad se ha propuesto para la protección en
bloque de comunidades vegetales singulares o muy ricas en flora amenazada (p.ej. Cerrillo & al. 2002,
para la vegetación gipsícola). A estas cuestiones debe añadirse la creciente recomendación internacional
de su empleo, identificando el carácter pionero y ejemplificador de la experiencia valenciana (Hamilton &
Hamilton, 2006; Heywood, 2004; Heywood & Dulloo, 2005; Estrelles & al., 2004), que ayudan a incrementar
el interés internacional por el conocimiento de esta iniciativa. En consecuencia cabe prever un incremento
en la expansión del modelo, al tiempo que se empiezan a plantear nuevos horizontes en la propia Comu-
nitat Valenciana, como los ya citados de la aplicación a plantas criptógamas y hongos, o la del desarrollo
experimental de microrreservas marinas.
Agradecimientos
A los programas LIFE y FEOGA de la Comisión Europea, por el apoyo en el desarrollo de activi-
dades de la red de microrreservas de flora. Al amplio equipo de técnicos gestores de flora silvestre de la
Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda y cuantos vienen colaborando en el diseño,
aprobación, vigilancia y funcionamiento de la red de microrreservas.
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Referencias
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