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Papeles de Geografía
, 41-42 (2005), 225-236
ISSN: 0213-1781
Fecha de recepción: 19 de mayo de 2005. Fecha de aceptación: 10 de noviembre de
2005.
* Departamento de Geografía. Facultad de Letras. Universidad de Murcia. Campus de La Merced. 30001
Murcia (España). E-mail: mltudela@um.es
** SUMA AMBIENTAL, S.L. (Auditorías Ambientales). Murcia. E-mail: jmolinar@um.es
Papeles de Geografía
2005, 41-42; pp. 225-236
2005, 41-42; pp. 225-236
ESTUDIO DE VIABILIDAD AMBIENTAL PARA LA
LOCALIZACIÓN DE PARQUES EÓLICOS EN UN
MUNICIPIO DE LA REGIÓN DE MURCIA
Mª Luz Tudela Serrano
*
y José Molina Ruiz
**
Universidad de Murcia
RESUMEN
Un Parque Eólico está constituido por un conjunto de Aerogeneradores que vierten la
energía que producen a la red eléctrica. En general, los Parques Eólicos pueden provocar
impactos sobre el medio natural, de ahí que haya que buscar emplazamientos donde se
garantice la compatibilidad entre la producción energética, la conservación de los valores
naturales y paisajísticos del entorno y las necesidades socioeconómicas de la zona.
Palabras clave:
Parque Eólico, energía, paisaje, ordenación territorial.
ABSTRACT
A Aeolian Park is constituted by a set of Aerogeneradores that spills the energy that
produces to the mains. In general, the Aeolian Parks can cause impacts on natural means,
treats thus, to look for locations where the compatibility between the power production, the
conservation of the natural and landscaping values of the surroundings and the economics
necessities of the zone is guaranteed.
Key words:
Aeolian Park, energy, landscape, territorial arrangement.
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Papeles de Geografía
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1. ANTECEDENTES
Uno de los actuales retos en la Unión Europea es impulsar y desarrollar las energías
alternativas, tal y como se refl eja en el Libro Blanco «Energía para el Futuro: Fuentes
de Energía Renovables», que recoge la estrategia para alcanzar el objetivo de duplicar la
generación de energía por este tipo de fuentes antes del año 2010. La Región de Murcia,
a través de su anterior Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua y la Consejería
de Industria, Trabajo y Turismo, adquiere el compromiso de promover la Energía Eólica
iniciando el desarrollo de un Plan de Energías Renovables elaborado por el Instituto para
la Diversifi cación y Ahorro de la Energía (IDAE) en el marco del programa europeo AL-
TENER. El presente trabajo forma parte de ese proyecto y tiene como fi nalidad establecer
las zonas viables, desde el punto de vista ambiental, para la instalación de Parques Eólicos
en el Término Municipal de Caravaca de la Cruz.
El objetivo principal es valorar la compatibilidad de zonas del territorio para la insta-
lación de estos parques, considerando apropiado valorar en primer lugar la sensibilidad
del mismo ante la citada actividad. Las áreas más sensibles serán las menos compatibles
y las menos sensibles serán las más apropiadas para la puesta en marcha de estas insta-
laciones.
2. METODOLOGÍA
El rigor científi co necesario en este tipo de trabajos lleva al análisis de diversas varia-
bles para determinar, desde el mayor número de puntos de vista posibles, la incidencia
real que sobre el medio puede causar la actividad. Para ello se procede a la elaboración
de un inventario ambiental del territorio, a escala 1:50000, a partir de una serie de fuentes
disponibles: topografía, pendientes, suelos, vegetación, fauna, patrimonio arqueológico y
geológico y paisaje.
Toda esta información pasará a ser digitalizadas con el programa AUTOCAD y las
distintas capas se exportan en formato .dxf a un Sistema de Información Geográfi ca donde
se generan los mapas vectoriales de cada una de ellas, tomando como base de resolución
un píxel de 30 m. Tras el proceso de interpolación se generan los mapas raster que nos
permiten analizar el comportamiento de las variables sobre el territorio: Modelos Digitales
de Elevaciones, Pendientes, Vegetación, Suelos, Lugares de Interés Comunitario (LIC`s) y
Bienes de Interés Cultural (BIC), así como las Cuencas Visuales para determinar la Fra-
gilidad Visual del Territorio y los Modelos Vectoriales de vías de comunicación, núcleos
de población, puntos de nidifi cación y Lugares de Interés Geológico (LIG).
Los análisis y la integración de datos nos permiten presentar los resultados en el
formato ArcGIS 9.0. El producto fi nal del análisis de toda la información geográfi ca se
recoge en el Modelo Digital de Capacidad de Acogida del Territorio para la instalación
de Parques Eólicos, donde se señalan las áreas con viabilidad ambiental para el desarrollo
de la actividad.
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3. RESULTADOS Y CONCLUSIONES
3.1. Pendientes
Este criterio puede resultar limitante para la implantación de numerosas actividades,
dependiendo en gran medida de la superfi cie afectada por las mismas y su repercusión
sobre el desencadenamiento de procesos erosivos.
Para valorar la incidencia de este criterio se precisa la elaboración del Modelo Digital
de Pendientes (Figura 1). Los resultados obtenidos se reclasifi can en tres intervalos y se
les asignan dos grados de capacidad de acogida (Tabla 1.1).
Figura
1
Modelo Digital de Pendientes
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Tabla
1.1
Capacidad de Acogida en función de la pendiente
Pendiente
Capacidad de Acogida
> 40 %
Baja
21-40 %
Moderada
< 20 %
Alta
Las zonas clasifi cadas con capacidad de acogida baja por motivos de pendiente deberán
quedar excluidas como ubicaciones para la instalación de Parques Eólicos, puesto que
las labores que serían necesarias para su acondicionamiento resultarían altamente impac-
tantes al desencadenar procesos erosivos intensos, pudiendo ser el origen de sinergias no
deseables. Estas áreas no presentan las mejores condiciones ambientales y técnicas para
la instalación de este tipo de actividades.
En las zonas clasifi cadas como de capacidad de acogida moderada (21-40 %), será
preciso establecer estudios de mayor detalle para conocer las características concretas de
las acciones de los proyectos a desarrollar, la amplitud de la zona afectada, la variabilidad
de la pendiente y las propuestas correctoras diseñadas para minimizar los efectos que en
cada caso se prevean. Estas zonas, en principio, se consideran compatibles con la actividad
considerada, aunque será preciso evaluar los casos concretos y tener en cuenta las sinergias
con otras variables ambientales.
Las zonas de capacidad de acogida alta serán las que reúnan las mejores condiciones
para la instalación de Parques Eólicos, debiendo rechazar el criterio de la pendiente.
3.2. Suelo
La instalación de Parques Eólicos supone un impacto limitado sobre el suelo, ya que la
superfi cie afectada se reduce a las zapatas de los aerogeneradores, plataformas de montaje
y mantenimiento, edifi cios auxiliares (subestación, etc.) y los caminos de acceso. Los
impactos ocasionados se consideran poco signifi cativos y en todo caso reversibles con las
adecuadas medidas de restauración.
Se realiza el Modelo Digital de Suelos, delimitando las seis unidades taxonómicas
principales presentes en el área de estudio (Cambisoles, Xerosoles, Litosoles, Regosoles,
Fluvisoles y Rendsinas) (Figura 2) a las que se les asigna diferentes grados de capacidad
de acogida en función de sus características edáfi cas (Tabla 1.2).
Tabla
1.2
Capacidad de Acogida según tipología de suelo
Suelos
Capacidad de Acogida
Suelos
Capacidad de Acogida
Cambisoles
Moderada
Rendsinas
Baja
Fluvisoles
Baja
Regosoles
Alta
Litosoles
Moderada
Xerosoles
Alta
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Figura
2
Modelo Digital de Suelos
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Figura
3
Modelo Digital de Vegetación
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Tabla
1.3
Capacidad de Acogida en distintas formaciones vegetales
Formaciones Vegetales
Capacidad de Acogida
Ramblas y márgenes de cauces, Carrascales, Pinares y áreas
periurbanas
Baja
Matorrales de zonas rocosas.
Moderada
Matorrales, Espartal, Cultivos de secano y Cultivos de regadío
Alta
3.3. Vegetación
En este caso se han seguido las recomendaciones que marca la Directiva 92/43/CEE,
relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y fl ora silvestre y las que
emanan de nuestro ordenamiento jurídico. Según los mismos se consideran cinco tipos de
hábitats, que abarcan desde los considerados muy raros hasta los no raros y prioritarios.
Por su valor ecológico y paisajístico (Figura 3) se consideran de mayor interés para
su conservación las formaciones de carrascales, pinares y ramblas y márgenes de cauces
por albergar especies protegidas y contribuir a la formación de una buena estructura del
suelo. Su desaparición supondría un impacto paisajístico considerable: Sierra de Mojantes,
Cuerda de la Serrata, Sierra del Gavilán, etc.
Las áreas menos sensibles son las dedicadas a cultivos de secano y regadío por ser
espacios altamente antropizados donde las comunidades vegetales han sido sustituidas por
cultivos de almendros, vid, olivo, en los distintos parajes de secano, y frutales de hueso
en las zonas regables. A estas formaciones se les asignan tres grados de capacidad de
acogida teniendo en cuenta el recubrimiento que, en términos generales, ofrecen al suelo
ante la erosión (Tabla 1.3).
3.4. Fauna y LIC`S
Se ha tenido en cuenta la normativa europea (Directiva 79/409/CEE y Directiva 92/43/
CEE), nacional (RD 439/1990) y autonómica (Ley 4/1989, Ley 4/1992 y Ley 7/1995).
Partiendo de la información suministrada por la Dirección General del Medio Natural
se establece la distribución espacial de las diferentes especies protegidas que pueblan el
área de estudio. Se han inventariado las siguientes: Águila Real, Águila Calzada, Ratonero,
Búho Real y Halcón Peregrino que tienen sus hábitats en la Sierra del Gavilán, Sierra de
Mojantes, Cuerda de la Serrata, Sierra de las Cabras, Sierra de Benamor y Sierra de La
Zarza. En la Sierra de Mojantes se tiene constancia de la presencia de parejas de Buitre
Leonado. De todas ellas, la Sierra de Mojantes, la Cuerda de la Serrata, Sierra de Benamor,
Sierra del Gavilán, Sierra de la Pinosa y Sierra de Melgoso presentan distintas fi guras de
protección ambiental.
Se han marcado áreas de exclusión en torno a los lugares de anidamiento y campeo
de las diferentes especies protegidas, según los criterios establecidos por la Dirección
General del Medio Natural.
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3.5. Patrimonio arqueológico y geológico
Caravaca de la Cruz dispone de la información necesaria para establecer la exclusión
de las áreas delimitadas como Bienes de Interés Cultural (Ley 16/1985 del Patrimonio
Histórico español y los Bienes de Interés Cultural).
Partiendo de la documentación obtenida en la Dirección General de Patrimonio, se han
establecido los lugares arqueológicos y sus áreas de protección, que han sido califi cados
con capacidad de acogida baja, quedando excluidos como áreas potenciales para la insta-
lación de Parques Eólicos.
No existe normativa específi ca que proteja los Lugares de Interés Geológico (LIG), pero
se considera necesaria su inclusión por su indudable interés cultural, científi co y educativo.
Por tanto, no se considera compatible la instalación de Parques Eólicos en estos puntos.
3.6. Paisaje
El impacto paisajístico pasa por ser uno de los principales impactos ambientales que
la implantación de esta actividad ocasiona en su entorno.
En este trabajo se han analizado y cuantifi cado las cuencas visuales desde los princi-
pales puntos de observación del territorio, teniendo en cuenta: el número de observadores
potenciales y la altitud de observación, en un radio de cuenca de 10 kilómetros (Molina
et al., 2001) (Tabla 1.4 y Figura 4).
Tabla
1.4
Puntos de Observación
Puntos de Observación
Coordenadas UTM
X
Y
Z (m)
1
.- Caravaca de la Cruz
599749
4219216
620
2
.- Barranda
590860
4211727
840
3
.- Archivel
587502
4214559
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Las zonas visibles desde los tres puntos de referencia, presentaran una fragilidad visual
alta, lo que en la mayoría de los casos desaconseja la implantación de Parques Eólicos.
Los lugares visibles desde dos de los tres puntos de vista de referencia tendrán una
fragilidad visual media. La implantación de Parques Eólicos estará en función de las me-
didas correctoras adoptadas y de la valoración de otros criterios ambientales.
Las áreas con fragilidad visual baja se consideran compatibles y en ellas la instalación
de Parques Eólicos puede ser admitida bajo este criterio.
La integración de los resultados obtenidos para las distintas variables consideradas en
el análisis del territorio: pendientes, suelo, vegetación, fauna y LIC`s, Patrimonio arqueo-
lógico y geológico y paisaje, nos ofrece la Capacidad de Acogida del Territorio para la
implantación de Parques Eólicos en el Municipio de Caravaca de la Cruz (Figura 5):
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Figura
4
Mapa de Fragilidad Visual
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Figura
5
Mapa de Capacidad de Acogida
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• Capacidad de Acogida Baja:
la presentan aquellos espacios incompatibles para la
instalación de la actividad por cumplir todos los criterios limitantes (Tabla 1.5).
Tabla
1.5
Capacidad de Acogida Baja
Espacio
Valoración
Sierra de Mojantes
Incompatible
Cuerda de la Serrata
Incompatible
Casa Alta Salinas
Incompatible
Sierra del Gavilán
Incompatible
• Capacidad de Acogida Media
: la presentan los espacios cuya limitación está en
función de la convergencia de los distintos factores limitantes (Tabla 1.6).
Tabla
1.6
Capacidad de Acogida Media
Espacio
Valoración
Sierra Áspera
Compatible condicionado
Vicario
Compatible condicionado
Sierra de las Cabras
Compatible condicionado
Sierra de la Zarza
Compatible condicionado
Cerro Gordo
Compatible condicionado
Cuerda de los Cuezos
Compatible condicionado
Argos
Compatible condicionado
• Capacidad de Acogida Alta:
la presentan los espacios que cumplen todos los
criterios de viabilidad ambiental para la implantación de la actividad (Tabla 1.7).
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Tabla
1.7
Capacidad de Acogida Alta
Espacio
Valoración
Llanos del Moral
Compatible
Los Alcores
Compatible
Llanos de Royos
Compatible
Cerro de la Fuente, Lomas de Gadea, Loma
de Pulpite y Cañada Carrasca
Compatible
Llanos de las Aguzaderas
Compatible
Bancal Alto
Compatible
Calar de Mancheño
Compatible
En todos los casos, como paso previo a la implantación de la actividad, el proyecto
se deberá someter a Evaluación de Impacto Ambiental, tal y como recoge la legislación
vigente.
Con los resultados obtenidos se alcanza el grado sufi ciente de detalle para realizar una
ordenación territorial de la actividad refl ejada en el Plan General Municipal de Ordenación
Urbana.
4. BIBLIOGRAFÍA
MOLINA, J. TUDELA, M.L.; CANO, Mª.P. Y BUENO, J.Mª. (2001): «Minimización
del impacto paisajístico en la actividad minera a cielo abierto. Demostración teórica y
práctica de los costes de restauración». Papeles de Geografía, 33, 123-131. Universidad
de Murcia.
DIRECTIVA79/409/CEE relativa a la conservación de las aves silvestres.
LEY 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español
LEY 4/89, de 27 de marzo, de conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y la
Fauna Silvestres.
REAL DECRETO 439/90 por el que se regula el Catálogo General de Especies Amena-
zadas.
LEY 4/92, de 30 de julio, de ordenación y protección del territorio de la Región de Mur-
cia.
DIRECTIVA 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación
de los hábitats naturales y de la fauna y fl ora silvestres
LEY 1/95, de 8 de marzo, de Protección del Medio Ambiente de la Región de Murcia.
LEY 7/95, de 21 de abril, de la Fauna Silvestre, Caza y Pesca Fluvial.